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BOC-A-2015-246-5640.
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Visto el oficio de la Letrada del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera de Santa Cruz de Tenerife, sobre impugnación del Decreto 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, firmado el 10 de noviembre de 2015, Procedimiento nº 000087/2013, seguido a instancias de Limousines Turísticas Canarias, S.L., Servicios Turísticos GC, S.L., Transportes Turísticos Islas Canarias, S.L., Business Club Traslados de Lujo, S.L. y Eladio Pérez Sánchez, contra la Consejería de Obras Públicas y Transportes, que acuerda ordenar la publicación del fallo de la sentencia en el Diario Oficial que corresponda.
Visto el contenido de la sentencia,
R E S U E L V O:
Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, al Fallo de la Sentencia dictada el 14 de octubre de 2015, por la Sección Primera de Santa Cruz de Tenerife de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en los siguientes términos:
"1º.- Estimar parcialmente el recurso anulando lo establecido en el artículo 106.2 en relación a la antigüedad de los vehículos; 108.2.a) relativo al valor de los vehículos y c) en relación al número de conductores.
2º.- Desestimar el resto de las impugnaciones efectuadas."
Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de diciembre de 2015.- El Director General de Transportes, Elías Castro Feliciano.
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