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BOC Nº 7. Miércoles 10 de Enero de 2018 - 172

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V. ANUNCIOS - Consejería de Obras Públicas y Transportes

172 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 29 de diciembre de 2017, por la que se hace pública la Orden de 23 de noviembre de 2017, que aprueba el proyecto del "Tercer Carril de la TF-1. Tramo San Isidro-Las Américas. Enlace Oroteanda-Enlace Las Chafiras", declara la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del mismo y los relaciona.

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BOC-A-2018-007-172. Firma electrónica - Descargar

El Consejero de Obras Públicas y Transportes ha dictado la siguiente Orden nº 158, de 23 de noviembre de 2017:

"Examinado el expediente instruido por la Dirección General de Infraestructura Viaria, relativo al asunto arriba indicado.

Vista la Propuesta formulada por el Director General de Infraestructura Viaria.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Que ha sido elaborado el Proyecto de construcción del "Tercer Carril de la TF-1. Tramo San Isidro-Las Américas. Enlace Oroteanda-Enlace Las Chafiras", bajo la dirección del personal técnico del Área de Carreteras de la Dirección General de Infraestructura Viaria.

2º) Que se ha emitido informe técnico de supervisión favorable de 20 de octubre de 2017, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 125 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en concordancia con el artículo 136.3 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que el citado proyecto de construcción reúne cuantos requisitos son exigidos por la Ley y por este reglamento.

3º) Que de acuerdo con el citado Informe de Supervisión, dicho proyecto reúne cuantos requisitos son exigidos en el artículo 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

4º) Que el 3 de octubre de 2017, la Dirección General de Protección de la Naturaleza remite a la Dirección General de Infraestructura Viaria (DGIV), un informe sobre el documento "análisis ambiental", considerando que los ajustes pretendidos tienen cobertura en la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente.

5º) Que mediante informe de fecha 10 de octubre de 2017 del Jefe de Proyectos y Obras, se motiva la necesidad de la urgente expropiación de bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, basándose en las siguientes circunstancias:

"La urgencia, se basa en la necesidad de ejecutar cuanto antes las obras contempladas en el citado proyecto, para dar solución a los graves problemas de seguridad vial y a la pérdida de capacidad de servicio de esta vía, que incide directamente sobre las posibilidades de desenvolvimiento del sur de Tenerife, ante la situación actual en la que se encuentra dicho tramo, y que se describe a continuación:.

La TF-1 es una autopista AP-120 diseñada conforme a la antigua norma de trazado 3.1-IC de 1964. La sección en el tramo de estudio consta de 2 calzadas con 2 carriles de 3,5 m cada una, arcenes interiores de 1,5 m y exteriores de 2,5 m, mediana de 1 m y bermas exteriores. La TF-1 une Santa Cruz de Tenerife con Armeñime, bordeando el litoral sudoeste de la isla con casi 81 km de recorrido. Forma parte del futuro anillo insular, principal infraestructura viaria de Tenerife, actualmente en ejecución.

El enlace de Las Chafiras se encuentra en el P.K. 62+200 de la autopista. Está formado por dos glorietas, una a cada lado del tronco, unidas por un paso superior, con una tipología tipo pesas. Las glorietas son de distinto tamaño, de 35 m (glorieta norte) y 50 m (glorieta sur) de diámetro. Esta última presenta hasta 6 ramales de conexión.

Los ramales de conexión con el tronco se realizan a través de una vía colectora separada mediante cebreado. Hay cuatro ramales directos y dos ramales tipo lazo.

En el mismo enlace, en la vía colectora, hay una pareja de paradas de guaguas interurbanas, con conexión a la trama urbana mediante senderos peatonales.

En el ámbito de actuación hay una serie de carreteras y caminos que se ven afectadas por el proyecto.

* La carretera insular TF-65, de San Miguel a Los Abrigos, cruza la TF-1 perpendicularmente a través de las dos glorietas del Enlace de Las Chafiras. El tramo del enlace es una zona bastante urbanizada con edificaciones a ambos lados y aceras, aunque no existe ningún paso de peatones.

* La carretera insular TF-655, de Las Chafiras a Los Cristianos, parte desde la glorieta sur de Las Chafiras en dirección oeste, sensiblemente paralela a la TF-1. Cruza el polígono de Las Chafiras en un tramo bastante urbano de unos 1.200 m, con pasos de peatones, aceras y paradas de guaguas. A continuación la carretera pasa a terrenos rústicos, siempre paralela a la TF-1.

* La TF-652 de Las Chafiras a Las Galletas, comienza en la intersección tipo T con la TF-655, perpendicular a la TF-1 y hacia el mar. La intersección tiene los movimientos canalizados y carriles centrales de espera para los giros a la izquierda.

* El camino de Oroteanda Alta es una vía municipal, inicia su recorrido desde una intersección en T sin canalizar en la TF-652 muy cerca del cruce con la TF-655 y cruza la TF-1 por el pontón de drenaje del Barranco de Archile. El camino se corta en época de avenidas.

Por ello, toda esta interacción entre la autopista TF-1 y las vías locales para el tráfico de agitación, ocasiona, desde hace ya unos años, numerosas colas y retenciones, que producen:

- Numerosos accidentes: solo en el año 2014 la estadística de puntos negros para toda España de la Dirección General de Tráfico señalaba en la TF-1, entre el P.K. 61+900 y el P.K. 70+900 20 accidentes de trafico con 43 victimas de diversa consideración, mayoritariamente por alcance.

Entre el 17 de marzo y el 11 de septiembre de este año y según estadísticas de accidentes del Servicio de carreteras del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, se han producido, entre el P.K. 61+000 y 63+000, 30 accidentes.

En la memoria anual que publica la Dirección General de Trafico, en las vías interurbanas del municipio de San Miguel de Abona, donde se ubica la obra de Chafiras-Oroteanda, P.K. 62+040 al P.K. 64+540, se produjeron en el año 2013 82 heridos leves, 11 hospitalizados y un fallecido; en el año 2014 79 heridos leves y 3 hospitalizados y en 2015 73 heridos leves y 7 hospitalizados.

- Pérdida de capacidad de la vía: la citada autopista TF-1, une la capital de la isla con los municipios turísticos del sur (Arona, Adeje y Guía de Isora) y con uno de los aeropuertos con más tráfico de España, el Reina Sofía, produciéndose niveles de servicio E y F a ciertas horas del día, con el grave problema que supone en los trayectos hacia dicho aeropuerto, con la consiguiente pérdida de vuelos entre los usuarios y numerosos turistas que visitan la isla de Tenerife. Asimismo, esta vía pasa por la zona industrial de San Miguel y conecta con el muelle de Los Cristianos, donde se ubica el puerto, que conecta con la isla de La Gomera.

A la vista de lo expuesto, esta vía tiene una importancia transcendental en la economía y el desarrollo de Tenerife y de las Islas Canarias, en general, resultando necesario que los niveles de servicio de esta autopista sean lo suficientemente elevados (A, B o incluso C), para permitir una circulación fluida y segura, todo lo contrario a lo que sucede en estos momentos.

Con el proyecto de referencia, se pretende dar solución a los graves problemas referidos de seguridad vial, ralentización del tráfico, con fuertes incrementos en los tiempos de recorrido, pérdida de capacidad de la vía y de su nivel de servicio. De tal forma, procede la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, incluidos en el correspondiente Anejo, para la inmediata ejecución de las obras "Tercer carril de la TF-1, Tramo: San Isidro-Las Américas. Chafiras-Oroteanda", de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y, por tanto, la declaración de urgente ocupación en la Orden del Titular del Departamento que apruebe este proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias."

6º) Existe crédito adecuado y suficiente, según se acredita en el documento contable de retención de crédito (nº 346002), con cargo a la aplicación presupuestaria 1104 453D 600 00 proyecto de inversión 15600069-Expropiaciones de Carreteras (Convenio Ministerio Fomento).

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 134 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, establece respecto a la aprobación del proyecto:

«Realizada, en su caso, la correspondiente información pública, supervisado el proyecto, cumplidos los trámites establecidos y solicitados los informes que sean preceptivos o se estime conveniente solicitar para un mayor conocimiento de cuantos factores puedan incidir en la ejecución o explotación de las obras, el órgano de contratación resolverá sobre la aprobación del proyecto».

Segunda.- El artículo 5.5 del Decreto 45/2016, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, asigna al Consejero de Obras Públicas y Transportes la aprobación de los estudios y proyectos de obras relativos a actuaciones en las materias propia de la consejería.

Tercera.- El artº. 13.1 de la Ley 9/1991 de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias, modificado por la Disposición final primera de la Ley 14/2014, 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de los Recursos Naturales que indica:

«La aprobación de los proyectos de carreteras implicará la declaración de utilidad pública y, en su caso y motivadamente la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de la expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres».

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

1. Aprobar el Proyecto de "Tercer carril de la TF-1. Tramo: San Isidro-Las Américas. Enlace Oroteanda-Enlace Las Chafiras", con un presupuesto de licitación de 32.795.596,55 euros, IGIC incluido.

2. Declarar la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, que aparecen en el Anejo nº 20 del citado proyecto que se incorpora a la presente Orden.

Contra la presente orden declarando la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o bien, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que corresponda, en el plazo de dos (2) meses a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso potestativo de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse."

Se adjunta extracto del Anejo nº 20 del citado Proyecto.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 2017.- La Secretaría General Técnica, Rosa Amalia Déniz Santana.

Ver anexo en las páginas 1420-1420 del documento Descargar

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