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Ayudas y Subvenciones

Subvenciones para el 2008, para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética.

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Plazo:

Inicio 15/11/2008 Fin 15/02/2009

Objeto:

la concesión de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética, en el marco de la Orden de 10 de noviembre de 2006, por la que se aprobaban las bases que han de regir la concesión de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro el ahorro y la eficiencia energética.

Las actuaciones objeto de subvención, en el presente ejercicio, serán los siguientes:

1. Mejora de la eficiencia energética en el sector industrial.

2. Auditorías energéticas en los diferentes sectores industriales.

3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones actuales de potabilización, abastecimiento, depuración de aguas residuales y desalación.

4. Auditorías energéticas en edificios.

5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.

6. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.

7. Planes de Movilidad Urbana.

8. Gestión de flotas de transporte por carretera.

9. Mayor participación de los medios colectivos en el transporte por carretera.

10. Mejora del ahorro y la eficiencia energética en el sector pesquero.

11. Auditorías energéticas y planes de actuación de mejora en comunidades regantes.

Sujetos beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta Orden, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, Comunidades de Propietarios y Corporaciones locales, que sean propietarios o titulares de edificios o actividades consumidoras de energía, según lo indicado, para cada tipo de actuación, en el apéndice de la Orden de 4 de noviembre de 2008, por la que se efectúa convocatoria, para el año 2008, de concesión de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética. (B.O.C. nº 229 de 14 de noviembre de 2008).

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantía:

Las cuantías subvencionables para cada una de las actuaciones subvencionables se especifican en el apéndice de la Orden de 4 de noviembre de 2008, por la que se efectúa convocatoria, para el año 2008, de concesión de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética. (B.O.C. nº 229 de 14 de noviembre de 2008.)

Órgano al que se dirige:

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

Solicitudes:

Solicitud y previsión de ingresos y gastos - ANEXOIII_08.pdf (53 Kb)

Plazo de presentación:

tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Documentación a aportar:

1. Solicitud y Previsión de Ingresos y Gastos, según modelo que figura como anexo III de esta Orden, de la actividad a desarrollar en la que se hará constar que el solicitante reúne los siguientes requisitos:

a) Que se halla al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social.

b) Que no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.

c) Que no ha recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas.

d) Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 de este Decreto.

e) Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

2. Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante, y en su caso de la representación de quien actúa en su nombre.

3. C.I.F. o N.I.F. del solicitante.

4. Relación de dependencias e instalaciones objeto de la actuación.

5.- Memoria Resumen de la actuación, incluyendo presupuesto desglosado, según modelo que figura como anexo IV de la presente Orden. En las auditorías se presentará el documento técnico.

6.- Documentación acreditativa del consumo anual de energía, correspondiente al año anterior al que se efectúa la Convocatoria, desglosado por meses, acompañado de la documentación que se pueda especificar como complementaria en cada una de las actuaciones.

Modelos:

Memoria resumen del proyecto de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes - ANEXOIVIlum.pdf (299 Kb)

Memoria resumen del proyecto de mejora de la eficiencia energética en instalaciones térmicas en edificios - ANEXOIVTerm.pdf (298 Kb)

Presupuesto económico y ubicación del proyecto - ANEXOIVPresu.pdf (654 Kb)

Solicitud de comprobación de la inversión - ANEXOV.pdf (573 Kb)

Lugar de presentación:

Registro/s de Instituto Tecnológico de Canarias, S.A.

Así como en los demás registros regulados en el Decreto 164/1994, de 29 de julio.

Órgano que resuelve:

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

Criterios de valoración y baremación:

Las criterios de valoración para cada una de las actuaciones subvencionables se especifican en el apéndice de la Orden de 4 de noviembre de 2008, por la que se efectúa convocatoria, para el año 2008, de concesión de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética. (B.O.C. nº 229 de 14 de noviembre de 2008.)

Plazo de resolución:

6 meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria anual

Efecto del silencio administrativo:

desestimatorio

Forma de abono:

Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios previa justificación de haber realizado la actividad que le sirve de fundamento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 28 y 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, modificado por el Decreto 103/2000, de 12 de junio.

Se podrá tramitar el abono anticipado de la subvención, siempre que por parte del beneficiario, se proceda a la presentación ante la Dirección General de Energía de la acreditación de no poder desarrollar la actividad sin la entrega de fondos públicos, acompañada de certificación expedida por los órganos competentes, de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 29 y, en su caso, en el artículo 30 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 103/2000, de 12 de junio.

Concesión:

- Resolución de 1 de octubre de 2009 (BOC Nº 203, de 16.10.2009), por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de distintas actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética, para el ejercicio 2008

Marco legal específico:

Marco legal general:

    Enlaces relacionados:

    I.T.C.

    Observaciones:

    Los impresos y documentos previos a adjuntar con la solicitud se podrán descargar en la siguiente página web.:

    http://www.renovae.org

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