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Habiéndose aprobado previamente el expediente de construcción de un Edificio con destino a Centro Ecológico, sito en camino San Francisco de Paula. La Laguna. Promovido por el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza; en virtud de lo previsto en los artículos 85.2 y 43.3 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y artículo 44 del Reglamento de Gestión Urbanística y en virtud de las competencias que este Consejero vienen atribuidas por el artículo 6 número 4 del Reglamento Especial de Distribución de competencias en materia de Urbanismo entre los Organos de la junta de Canarias, en relación con el R, D. 2.843/79 de 7 de Diciembre sobre transferencias de la Administración del Estado a la Junta de Canarias en materia de Urbanismo tengo a bien
DISPONER:
Se de paso al período de información pública de QUINCE días, a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la junta de Canarias. conforme a lo previsto en los artículos 43.3 de la vigente Ley del Suelo y 44 del Reglamento de Gestión Urbanística, transcurrido el cual, se adoptará la resolución definitiva que proceda.
Santa Cruz de Tenerife, 6 de Abril de 1981. -El Consejero de Agua, Obras Públicas y Urbanismo, Carlos Bencomo Mendoza.
JUNTA DE CANARIAS
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