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Visto el expediente instruido con fecha 12 de Septiembre de 1984, a instancia de don Pedro Guillermo Delgado Tremps, en nombre y representación de «Viajes Mencey, S.L.», en solicitud de concesión del oportuno título - licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A», y
Resultando, que a la solicitud de dicha Empresa se acompañó la documentación que previene el artículo 9º y concordantes del Reglamento aprobado por Orden Ministerial de 9 de Agosto de 1974, que regula el ejercicio de la actividad profesional que compete a las Agencias de viajes y en el que se especifican los documentos que habrán de ser aprobados juntamente con la solicitud de otorgamiento del título - licencia.
Resultando, que tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Turismo, aparecen cumplidas las formalidades y justificados los extremos que se previenen en los artículos 10, 12 y 15 del expresado Reglamento.
Considerando, que en la Empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 1.524/1973, de 7 de Junio y Orden de 9 de Agosto de 1974, para la obtención del título ~ licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A».
Esta Consejería de Turismo y Transportes, en uso de las competencias que le confiere el artículo 7º del Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas aprobado por Decreto 231/1965, de 14 de Enero, el Real Decreto 2.807/1983, de 5 de Octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Turismo, el artículo 32, c) de la Ley l/1983, de 14 de Abril del Gobierno y de la Administración Pública del Gobiemo de Canarias y Decreto 26/1984, de 27 de Enero, sobre distribución de competencias en materia de turismo, he tenido a bien resolver:
Se concede el título - licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A» a «Viajes Mencey, S.L.» con el número 1.233 de orden y Casa Central en C/ Verdugo y Massieu n' 17, La Cuesta del Término Municipal de La Laguna, provincia de Santa Cruz de Tenerife, pudiendo ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, con sujeción a los preceptos del Decreto 1.524/1973, de 7 de Junio, Reglamento d@ 9 de Agosto de 1974 y demás disposiciones aplicables.
Santa Cruz de Tenerife, 13 de Febrero de 1985.
LA CONSEJERA DE TURISMO y TRANSPORTES, Mª Dolores Palliser Díaz.
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