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Por resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, de 25 de noviembre c pasado, se ha autorizado la práctica del deslinde solicitado por la Sociedad Cooperativa Limitada del Campo, del barranco de Fataga, en un tramo comprendido entre las confluencias de los barrancos. de Fataga con el de los Vicentes y un punto situado a unos 800 metros aguas abajo, aproximadamente en t.m. de San Bartolome de Tirajana.
Este Servicio Hidráulico, hace saber, po- medio del presente anuncio, que se va a proceder a las opericiones del deslinde solicitado, concediendo un plazo de treinta días (30), contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias para que, durante el mismo, puedan presentar por escrito- todas aquellas personas que,se consideren perjudicadas, en especial los dueños de los terrenos colindantes y fronteros, Ias reclamaciones que estimen pertinentes en su derecho y todos los datos o aclaraciones que juzguen oportunas para el esclarecimiento del deslinde que se anuncia, principalmente en lo que se refiere al terreno que invaden las máximas crecidas ordinarias de los barrancos, en el tramo indicado. Las Palmas de Gran canaria, a 2 de diciembre de 1988.- El Jefe del Servicio, Juan C.Ibrahin Perera
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