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BOC Nº 079. Miércoles 27 de Junio de 1990 - 782

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

782 - RESOLUCION de 11 de junio de 1990, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 18 de mayo de 1990, que aprueba definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Pájara, en el ámbito de Barranco del Ciervo, promovido por el Ayuntamiento de Pájara (Fuerteventura).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 18 de mayo de 1990, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Pájara, en el ámbito de Barranco del Ciervo, promovido por el Iltre. Ayuntamiento de Pájara, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 1990.- El Director General de Urbanismo, Francisco Montesdeoca Santana.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 18 de mayo de 1990, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

"Aprobar definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Pájara, en el ámbito de Barranco del Ciervo, de acuerdo con el artículo 132 del Reglamento de Planeamiento, debiendo efectuarse las siguientes correcciones:

1º. Deberá corregirse la superficie de la actuación, pues no se ha tenido en cuenta la franja de protección de la carretera general GC-640, de Tarajalejo a Morro Jable, en su límite este.

2º. Deberán mantenerse las superficies destinadas a reserva de suelo para sistemas generales 10.000 m2 para estación de autobuses; 15.000 m2 para mercado municipal y 8.658 m2 para clínica básica, debiéndose grafiar además en los Planos de Información y Ordenación, a fin de que sean extraídos del total de la superficie del sector.

3º. Se deberá mantener la zona que en el proyecto aparece con Ordenanza A-3 como Ordenanza A-2, manteniéndose, por tanto, la densidad de viviendas de 47,40 viv./ha del Documento de Revisión del Plan General."

Una vez subsanadas estas deficiencias, se remitirá un Texto Refundido para toma de conocimiento de esta Consejería.

Contra este Acuerdo cabe interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, recurso de reposición ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso, si ésta fuera por silencio administrativo negativo, en virtud del artículo 59 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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