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BOC Nº 138. Lunes 5 de Noviembre de 1990 - 1336

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

1336 - ORDEN de 4 de octubre de 1990, por la que se resuelven recursos de reposición relativos a las parcelas nos 211 y 307 del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria.

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Resultando que, contra la Orden Departamental de 7 de marzo de 1989, aprobatoria del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, se interpusieron recursos por Dña. Numelise Court como Presidente de la Comunidad Casablanca II, por Dña. Pilar Betancor y Dña. Lola Márquez Postigo como Presidente de la Comunidad del Edificio Alférez Provisional, y en nombre de un grupo de vecinos.

Resultando que, interpuesto el recurso, se solicitó según lo previsto en el artº. 117 de la Ley de Procedimiento Administrativo informe al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, con fecha 30 de abril de 1990, sin que haya emitido formalmente el informe solicitado si bien este órgano conoce el convenio urbanístico pretendido por el Ayuntamiento, con el que indudablemente se obtiene una mejor solución urbanística para dichas parcelas, armonizando los distintos intereses, así como lograr la inserción en una zona de alta densidad, un equipamiento sanitario que reviste un evidente interés público.

Vistos los recursos presentados, el Texto Refundido de la Ley del Suelo y los Reglamentos que la desarrollan, la Ley de Procedimiento Administrativo y el Decreto 16/1986, de 24 de enero, por el que se distribuyen las competencias entre los distintos órganos de la Consejería de Política Territorial, y demás normas de general y pertinente aplicación,

D I S P O N G O:

Estimar en parte los recursos presentados por Dña. Numelise Court como Presidente de la Comunidad Casablanca II, por Dña. Pilar Betancor y Dña. Lola Márquez Postigo como Presidente de la Comunidad del Edificio Alférez Provisional, y en nombre de un grupo de vecinos, y en consecuencia establecer en la zona de las parcelas 211 y 307 del Plan Parcial de la Avenida Marítima las siguientes determinaciones: 1º) Parcela 211:

- Superficie parcela: 2.548 m2 (33,50 x 76,00 m2).

- Altura: 2 plantas máximo con sótano y semisótano (8,50 metros sobre rasante, incluido el semisótano) al último forjado.

- Ocupación: 2.548,00 m2 en sótano, 2.242,00 m2 en semisótano, 1.938,00 m2 en cada una de las plantas bajas (1ª) y alta (2ª).

- Retranqueos: 4 m junto a los linderos norte y sur.

- Usos: aparcamientos en sótanos y semisótanos, comercial en planta baja y oficinas en planta alta.

2º) Parcela 307:

- Superficie parcela: 342,27 m2 (42,36 x 8,08 m2).

- Altura: 7 plantas máximo y semisótano (23,80 metros sobre rasante, incluido el semisótano).

- Ocupación: 202 m2 en todas las plantas incluido el semisótano.

- Usos: almacenes en semisótano, comercial en planta baja y oficinas el resto.

- Aparcamientos: dada la configuración física de la parcela y la existencia de un edificio de aparcamientos en las inmediaciones, no se prevé dotación de aparcamientos en la misma. Ello no obstante la dotación de aparcamientos deberá llevarse a cabo a través de los procedimientos previstos por la normativa del vigente Plan General, con los parámetros previstos en dicho Plan para la P-211.

- Observaciones: las alineaciones son las que le asigna el Plan Parcial de la Avenida Marítima del Norte.

3º) Parcela junto al colegio "Iberia":

1) Subparcela sur:

- Superficie parcela: 1.241,4 m2 (30,00 x 41,38 m2).

- Altura: 8 plantas máximo y semisótano (23,90 metros sobre rasante, incluido el semisótano) al último forjado.

- Ocupación: 100% en todas las plantas.

- Usos: aparcamientos en sótano, semisótano y plantas 2ª y 6ª, inclusive, comercial en planta baja y oficinas en plantas 7ª y 8ª.

- Observaciones: las alineaciones son las recogidas en el nuevo Plan General revisado.

- Medianera subparcela norte: obligatoria para todas las plantas, igual tratamiento resto fachadas (composición y calidad materiales).

La presente Resolución agota la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir de su notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de octubre de 1990.

EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Augusto Menvielle Laccourreye.

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