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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de la sesión de 27 de febrero de 1991, por el que se aprueba definitivamente el Plan Parcial Chabú, término municipal de Adeje, y cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 1991.- El Director General de Urbanismo, Francisco Montesdeoca Santana.
A N E X O
La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 27 de febrero de 1991, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
"Visto nuevamente el Plan Parcial Chabú, término municipal de Adeje, la Comisión, una vez subsanados los reparos que determinaron la suspensión de la aprobación, acuerda aprobar definitivamente el Plan Parcial Chabú, al que es de aplicación la Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo, por lo que el aprovechamiento medio correspondiente al Ayuntamiento es del quince por ciento." Contra la aprobación definitiva del Plan Parcial podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante la propia Comisión.
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