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D. Manuel Barrios Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arona (Santa Cruz de Tenerife).
Hace saber: que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 2 de diciembre de 1991, acordó:
Delegar en el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife, al amparo de lo previsto en el artículo 7.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre Actividades Económicas que se concretan en las siguientes: - Concesión y denegación de exenciones y bonificaciones.
- Realización de liquidaciones para determinar las deudas tributarias.
- Elaboración y emisión de listados y documentos cobratorios.
- Práctica de notificaciones colectivas en valores-recibo y, en su caso, individuales en las liquidaciones por ingresos directos.
- Dictar la providencia de apremio y expedir certificación de descubierto.
- Recaudación de las deudas, tanto en periodo voluntario como ejecutivo.
- Liquidación de intereses de demora.
- Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.
- Realizacion de funciones de colaboración con la Inspección Tributaria del Estado en la comprobación del Impuesto.
Que el Consorcio de Tributos en la isla de Tenerife, por acuerdo del Pleno en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 1991, acordó aceptar dicha Delegación.
Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 7 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre de 1988.
En Arona, a 26 de diciembre de 1991.- El Alcalde, Manuel Barrios Rodríguez.
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