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Advertidos errores materiales en el texto del anexo del Decreto 7/1995, de 27 de enero, por el que se aprueba definitivamente el Plan Insular de Ordenación de la isla de Gran Canaria (B.O.C. nº 27, de 3.3.95) consistentes en la omisión en su artículo 77.2.a) de la reclasificación como suelo rústico de protección de los sectores Cortadores (S.A.U. Polígono 26 N.S. Mogán) y Veneguera (S.A.U. Polígono 33 N.S. Mogán), y en la omisión del correspondiente pie de recurso en el acuerdo publicado.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial, tras deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 10 de marzo de 1995,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Uno. En la parte dispositiva del Decreto, el Artículo único pasa a ser Artículo 1.-.
Dos. Se añade un nuevo artículo 2 del siguiente tenor:
Artículo 2.- Contra el presente Decreto podrá interponerse en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Tres. Sustituir el apartado 2.a) del artículo 77 del anexo del Decreto 7/1995, de 29 de enero, en el sentido que se indica a continuación: donde dice: a) Se reclasifican como suelos rústicos de protección lo sectores de Tauritos II (S.A.U. Polígono 32, N.S. Mogán), Montaña Alta de Tauro (S.A.U. Polígono 14, N.S. Mogán) y las zonas correspondientes de Costa Tauritos (Área con planeamiento turístico vigente, N.S. Mogán), de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Territorial 1/1987, en relación con la Ley Territorial 5/1987, sobre la Ordenación Urbanística del Suelo Rústico, debe decir: a) Se reclasifican como suelos rústicos de protección los sectores de Tauritos II (S.A.U. Polígono 32, N.S. Mogán), Montaña Alta de Tauro (S.A.U. Polígono 14, N.S. Mogán), Cortadores (S.A.U. Polígono 26, N.S. Mogán), Veneguera (S.A.U. Polígono 33, N.S. Mogán) y las zonas correspondientes de Costa Tauritos (Área con planeamiento turístico vigente, N.S. Mogán), de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Territorial 1/1987 en relación con la Ley Territorial 5/1987, sobre la Ordenación Urbanística del Suelo Rústico.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de marzo de 1995.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Fernando Redondo Rodríguez.
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