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BOC Nº 030. Viernes 8 de Marzo de 1996 - 356

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

356 - ORDEN de 14 de febrero de 1996, de aprobación de la documentación necesaria para la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados, a realizar a 31 de diciembre de 1995, relativos al Plan Cuatrienal de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, relativo a la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados reseñados en el epígrafe.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1. La Ley 3/1994, de 3 de febrero, de Cooperación al Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias, dispone en el párrafo primero de su artículo 10 que a partir de la entrada en vigor de la misma, y con referencia al 31 de diciembre, se verificará para cada Corporación adherida al Plan Cuatrienal por dicha Ley aprobado, una revisión del diagnóstico financiero y del plan de actuación individualizado, a efectos de determinar si se han ejecutado las medidas convenidas y alcanzado o mantenido los indicadores previstos en la misma. 2. Mediante Decreto 8/1995, de 27 de enero, se determina la documentación necesaria para la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados relativos al Plan Cuatrienal de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias, habiéndose desarrollado su contenido, para la realización de la mencionada documentación a 31 de diciembre de 1994, mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Turismo de 1 de febrero de 1995.

3. La efectividad del Plan Cuatrienal requiere la adopción de las medidas que se contemplan en los planes de actuación individualizados con el tiempo suficiente para que cumplan con eficacia el objetivo deseado en el ejercicio económico a que se refieren, lo que exige una pronta realización de los diagnósticos financieros y planes de actuación mencionados, siendo necesario la fijación de un plazo a las Corporaciones interesadas para la presentación de la documentación que permita su realización.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- La Disposición Final Primera del Decreto 8/1995, de 27 de enero, autoriza al Consejero del Departamento para dictar las Órdenes Departamentales oportunas que requiera el desarrollo del citado Decreto, así como su actualización a futuros ejercicios.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Concretar como documentación necesaria para la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados, a realizar a 31 de diciembre de 1995, relativos al Plan Cuatrienal de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias, la contenida en el anexo a la presente Orden.

Artículo 2º.- La Dirección General de Administración Territorial y Gobernación remitirá a las Corporaciones locales interesadas los Modelos de seguimiento 1996 del Plan de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias a que deberán ajustarse la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados.

Artículo 3º.- Una vez cumplimentados dichos modelos, serán remitidos por el Alcalde-Presidente, junto con la solicitud contenida en la citada documentación, a la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.

Artículo 4º.- El plazo para presentar la documentación necesaria para la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados relativos al Plan Cuatrienal de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias a que se refiere la presente Orden, se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, permaneciendo abierto hasta el 30 de abril de 1996.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de febrero de 1996.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Antonio Ángel Castro Cordobez.

A N E X O

Relación de la documentación necesaria para la revisión y adaptación de los diagnósticos financieros y planes de actuación individualizados, a realizar a 31 de diciembre de 1995, relativos al Plan Cuatrienal de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias.

1. Liquidación definitiva del Presupuesto de Ingresos de 1995, incluyendo, como mínimo, derechos reconocidos netos y recaudación líquida, desglosada a nivel de subconcepto, con resumen a nivel de capítulo.

2. Liquidación definitiva del Presupuesto de Gastos de 1995, clasificación económica, incluyendo, al menos, obligaciones reconocidas netas y pagos líquidos, desglosada a nivel de partida, con resumen a nivel de capítulo.

3. Liquidación de Presupuestos cerrados de Ingresos a 31 de diciembre de 1995, desglosada a nivel de concepto, indicando el ejercicio presupuestario en el que se han generado los derechos. En el caso de que no se disponga de ese nivel de detalle, deberá diferenciarse entre los derechos pendientes de cobro procedentes de operaciones de capital y de operaciones corrientes y, dentro de estos últimos, clasificar los de origen tributario (Capítulos I, II y III de Ingresos) y los correspondientes al Capítulo IV.

4. Liquidación de Presupuestos cerrados de Gastos a 31 de diciembre de 1995, clasificación económica, desglosada a nivel partida, indicando el ejercicio en el que se han generado las obligaciones, diferenciando claramente si se trata de deuda pendiente con proveedores o corresponde a inversiones sin ejecutar o en fase de ejecución.

5. Resultado presupuestario del ejercicio de 1995, según modelo a que se refiere el artículo 2º de la presente Orden. 6. Estado de Remanente de Tesorería del ejercicio de 1995, según modelo a que se refiere el artículo 2º de la presente Orden.

7. Acta de Arqueo a 31 de diciembre de 1995, y estado de tesorería a dicha fecha en el que se ponga de manifiesto su situación y las operaciones realizadas durante el ejercicio de 1995.

8. Estado de situación y movimientos de las operaciones no presupuestarias de tesorería referidos al ejercicio 1995, con indicación del saldo inicial a 31 de diciembre de 1994, movimientos durante el ejercicio de 1995 y saldo a 31 de diciembre de 1995.

9. Presupuesto definitivo de Ingresos del ejercicio 1996, desglosado a nivel de conceptos, incluyendo las modificaciones al mismo aprobadas hasta la fecha de remisión de la documentación, con resumen a nivel de capítulo.

10. Presupuesto definitivo de Gastos del ejercicio 1996, clasificación económica, a nivel de partida, incluyendo las modificaciones al mismo aprobadas hasta la fecha de remisión de la documentación, con resumen a nivel de capítulo.

11. Cuadros de amortización de las operaciones de crédito vigentes a largo plazo, diferenciando entre cuotas de amortización anual e intereses anuales, referidos a los ejercicios 1994, 1995 y 1996.

12. Estado de ejecución, a la fecha de remisión de la documentación, del Presupuesto de Ingresos y Gastos del ejercicio 1996, incluyendo los cobros y los pagos líquidos del ejercicio, y los correspondientes a la liquidación de presupuestos de ejercicios cerrados (Resultas de Ingresos y de Gastos).

13. Estudios relativos al coste económico y análisis de viabilidad de la prestación de los servicios de recogida de basura y abastecimiento de agua para 1995 y 1996.

14. Copia de las ordenanzas fiscales vigentes para los ejercicios 1995 y 1996.

15. En su caso, expediente de incorporación de deuda extrapresupuestaria o extrajudicial a los Presupuestos de Gastos de 1995 y 1996, especificando el importe y los capítulos a los que se ha incorporado.

16. Relación nominal de facturas correspondientes a las deudas extrapresupuestarias o extrajudiciales generadas durante el ejercicio 1995.

17. Desglose por partidas de las cuentas de VIAP, correspondientes a los ejercicios de 1994 y 1995, en el caso de que la Corporación las siga manteniendo.

18. Copia del último informe emitido por la Audiencia de Cuentas.

19. Balance de Situación y Cuenta de Pérdidas y Ganancias correspondientes a los ejercicios 1994 y 1995, así como informes de auditoría de las empresas cuyo capital social esté participado de forma total, o en un porcentaje igual o superior al 50%, por el Ayuntamiento.

20. Liquidación del Presupuesto de 1995 y Presupuesto aprobado para 1996 de los Organismos Autónomos, Patronatos u otros organismos dependientes del Ayuntamiento.

21. Certificaciones expedidas por el Secretario de la Corporación relativas al destino del Fondo de Saneamiento y Mejora de las Haciendas Municipales Canarias correspondientes al ejercicio de 1995; baja definitiva, durante el ejercicio de 1995, de derechos pendientes de cobro de ejercicios anteriores; y baja definitiva, durante el ejercicio de 1995, de obligaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores, según los modelos a que se refiere el artículo 2º de la presente Orden.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de febrero de 1996.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Antonio Ángel Castro Cordobez.

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