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BOC Nº 059. Miércoles 15 de Mayo de 1996 - 704

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

704 - ORDEN de 9 de mayo de 1996, por la que se establece el sistema para la adscripción del profesorado del Cuerpo de Maestros a puestos de trabajo de Educación Infantil, Primaria y primer ciclo de Secundaria Obligatoria.

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La Disposición Transitoria Cuarta, apartado 2, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece que durante los diez primeros años de vigencia de la misma, las vacantes de primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria se ofrecerán a los funcionarios del Cuerpo de Maestros con los requisitos de especialización que se determinen.

Por su parte, el artículo 1 de la Ley 24/1994, de 12 de julio, por la que se establecen normas sobre concursos de provisión de puestos de trabajo para funcionarios docentes, dispone que las Administraciones educativas competentes podrán en cualquier momento realizar los procesos de redistribución o recolocación de sus efectivos. En ese mismo sentido, el Real Decreto 1.774/1994, de 5 de agosto, por el que se regulan los concursos de traslado de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los Cuerpos docentes que imparten las enseñanzas establecidas en la LOGSE, autoriza a las Comunidades Autónomas para que, en el uso de las competencias que ostenten, establezcan criterios y procedimientos para la redistribución del profesorado por la implantación del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Próximo a establecerse con carácter general en esta Comunidad el referido primer ciclo, resulta oportuno proceder a definir la estructura del proceso de readscripción del profesorado del Cuerpo de Maestros que, como consecuencia del ejercicio del derecho que le reconoce la Ley Orgánica citada, opte por ocupar plazas en los centros que impartan las enseñanzas del ciclo mencionado.

Los principios esenciales sobre los que se pretende basar el procedimiento son, por una parte, el de facilitar al máximo a quienes lo deseen la posibilidad de ocupar puestos de Educación Secundaria Obligatoria y, por otra, que la movilidad que ello implica tenga la mínima incidencia en los actuales destinos de los maestros que opten por permanecer en la Educación Infantil o Primaria. Todo ello respetando estrictamente los derechos adquiridos por los participantes en el proceso.

La decisión de cumplir, combinándolos, estos dos principios ha dado lugar a que el desarrollo del procedimiento pueda parecer, a primera vista, de una excesiva complejidad que, sin embargo, es más aparente que real. En todo caso, es consecuencia inevitable de la variada casuística que confluye en este proceso y a la que se ha pretendido dar soluciones concretas, aunque, por otro lado, no pueda llegar a contemplarse la multiplicidad de situaciones que la realidad ofrece.

Finalmente, el debate constante y sostenido con la representación sindical del sector docente, sus aportaciones al texto inicial y el acuerdo conseguido sobre el método adoptado han configurado un procedimiento al que cabe augurar la máxima eficacia, junto con la más amplia aceptación por quienes en él deben participar.

En su virtud, al amparo de la autorización contenida en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 1.774/1994, de 5 de agosto, con el acuerdo sindical y en uso de las competencias que me confiere el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

1. Objeto del procedimiento.

Es objeto del presente procedimiento la redistribución de los efectivos del Cuerpo de Maestros, como consecuencia de la aplicación de lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 1.774/1994, de 5 de agosto.

2. Participantes.

2.1. Participarán obligatoriamente:

a) Los maestros que tengan destino definitivo.

b) Los maestros que hayan obtenido destino definitivo por concurso al que hubieran acudido obligatoriamente por habérseles suprimido su puesto de trabajo. c) Los maestros provisionales por habérseles suprimido el puesto que venían desempeñando con carácter definitivo, así como los desplazados de la localidad de San Cristóbal de La Laguna en cumplimiento de la sentencia nº 292/93, de 28 de abril, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y quienes, en general, hayan sido desplazados de sus destinos definitivos como resultado de sentencia estimatoria de recurso o resolución administrativa, según lo previsto en el artículo 37 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, y demás normas concordantes.

Los participantes contemplados en el apartado b) pueden optar por el distrito donde tienen su destino definitivo actual, o hacerlo por el distrito del centro donde les fue suprimido su puesto siempre que conserven su derecho preferente. En caso de haber obtenido ese destino por el apartado de derecho preferente a localidad/zona pero en distinta especialidad, podrán optar por la participación en la especialidad obtenida o por aquella en que fueron suprimidos en sus distritos respectivos.

Quienes se encuentren en las condiciones del apartado c) lo harán en el distrito al que pertenece el centro donde fueron suprimidos o desplazados en las mismas condiciones en que se encontraban antes de la última supresión o desplazamiento.

2.2. Podrán participar voluntariamente en las condiciones establecidas en el apartado 9 de la presente Orden:

a) Los maestros de escuelas unitarias o incompletas (centros que actualmente no imparten la segunda etapa de E.G.B.).

b) Los maestros de centros específicos de Pedagogía Terapéutica.

c) Los maestros de Educación Infantil.

d) Los maestros que hayan de regresar a la función docente desde la Inspección Educativa, una vez transcurridos los tres o seis años de adscripción a la misma.

e) Los maestros que hayan de regresar desde puestos docentes del extranjero por acabar su periodo máximo de estancia en el mismo.

No obstante, los maestros de Educación Infantil a los que se refiere el apartado c) anterior, que obtuvieron la adscripción en virtud de la Orden de 1 de junio de 1990, por la que se establecía el procedimiento de adscripción previsto en la Disposición Final Segunda del Real Decreto 895/1989 (B.O.C. de 15 de junio), y llegaron al centro por concurso general de traslados no específico con anterioridad a esa fecha, podrán participar en las mismas condiciones del profesorado contemplado en el apartado 2.1 de la presente Orden.

En los casos d) y e) anteriores, los interesados, que participarían por el distrito al que pertenece el centro donde tenían su anterior destino definitivo, recabarán la información oportuna en los mismos centros desde donde deba procederse a su adscripción. 2.3. Se incluirán en este proceso los maestros que a la entrada en vigor de la presente Orden se encuentren en las siguientes situaciones:

a) Servicios especiales. b) Suspensión de funciones que no haya implicado la pérdida del puesto de trabajo. c) Excedencia para el cuidado de hijos prevista en el artº. 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo en la Ley 3/1989, de 3 de marzo, en el supuesto de que tengan reserva del puesto de trabajo por hallarse en el primer año de tal situación.

En los casos anteriores, los interesados recabarán la información oportuna en los centros desde donde deba procederse a su adscripción.

2.4. Los maestros que hayan obtenido destino en el último concurso de traslados anterior a la realización de este proceso, solicitarán la adscripción en el distrito del centro alcanzado en el mismo.

2.5. Quedan excluidos de participar en el presente procedimiento:

a) Los maestros que tengan su destino definitivo en puestos de carácter singular, o se encuentren en situación de provisionalidad por haber sido suprimidos o desplazados de esos mismos puestos.

b) Los maestros que hayan de jubilarse, tanto forzosa como voluntariamente, en fecha anterior a 1 de septiembre de 1996.

3. Puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo que pueden solicitarse para la adscripción serán los correspondientes a las siguientes especialidades:

3.1. Puestos de Educación Infantil y Primaria:

- Educación Infantil.

- Educación Especial, Audición y Lenguaje. - Educación Especial, Pedagogía Terapéutica.

- Música.

- Educación Física.

- Lengua extranjera, Inglés.

- Lengua extranjera, Francés.

- Educación Primaria. 3.2. Puestos de primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO):

- Educación Especial, Audición y Lenguaje.

- Educación Especial, Pedagogía Terapéutica.

- Música.

- Educación Física.

- Lengua extranjera, Inglés.

- Lengua extranjera, Francés.

- Lengua Castellana.

- Matemáticas.

- Ciencias de la Naturaleza.

- Ciencias Sociales, Geografía e Historia.

3.3. La correspondencia de las áreas de primer ciclo de ESO con las actuales habilitaciones de los maestros se relacionan en el anexo I.

4. Criterios de adscripción.

4.1. La adscripción a los puestos de trabajo docentes relacionados en el apartado 3 anterior se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

4.1.1. La posesión de la correspondiente habilitación.

4.1.2. La puntuación obtenida por aplicación del baremo del anexo II a la presente Orden.

4.2. No será requisito la habilitación correspondiente para acceder, en el propio centro, a la vacante de Educación Musical en aquellos colegios de menos de 18 unidades que no la tengan cubierta a la finalización de la segunda ronda.

4.3. Los maestros que actualmente están mal adscritos en las especialidades de Filología; Lengua Castellana, Matemáticas y Ciencias Naturales y Ciencias Sociales, podrán optar por continuar en la misma situación, solicitando estas vacantes de primer ciclo de la ESO (1ª vuelta), dentro de la adscripción en distrito (1ª fase), en el tercer momento de participación o ronda. No obstante, harán constar una opción preferida de las especialidades para la que estén habilitados, en el caso de que quieran participar en la 1ª ronda de la misma vuelta y fase.

4.4. Quienes obtengan destino conforme a los apartados 4.2 y 4.3 anteriores quedarán sujetos a las condiciones establecidas en el apartado 11 de la presente Orden.

5. Órganos de adscripción.

5.1. Comisiones de Distrito. Estarán compuestas por el director de mayor edad y el de menor edad de los centros de Educación Primaria que componen cada distrito, y que actuarán, respectivamente, como presidente y secretario de las mismas. En los casos en que el distrito esté conformado por un solo centro actuará como secretario de la Comisión el del centro correspondiente.

La función de dichas comisiones será estrictamente la de ordenar el procedimiento y velar por el cumplimiento de las normas que lo regulan respecto a la primera fase, excepto la segunda vuelta. Actuarán, no en el propio distrito, sino en aquel que se determine en la Resolución de la Dirección General de Personal por la que se fijen la fecha y lugar de celebración del proceso de readscripción.

5.2. Comisiones de Centro. Estarán constituidas por el director, que la presidirá, y el secretario del mismo, que actuará en calidad de tal. Sus funciones serán las mismas de las Comisiones de Distrito en relación con la segunda vuelta de la primera fase y su ámbito de actuación será determinado del mismo modo que el de las Comisiones de Distrito.

5.3. Comisiones de Zona. Las constituirán el director de mayor edad y el de menor edad de los directores de los centros de Educación Primaria de la zona. Asumirán las mismas funciones de las Comisiones anteriores con respecto a la segunda fase del procedimiento. Del mismo modo, su ámbito de actuación se fijará en la Resolución de la Dirección General a la que hace referencia el apartado 5.1 anterior.

5.4. Comisiones Territoriales. Se constituirán de forma permanente desde el principio del proceso en el ámbito de cada Dirección Territorial, su composición será determinada por cada Director Territorial, y tendrán las siguientes funciones:

5.4.1. Otorgar la puntuación que corresponda en aplicación del baremo del anexo II, así como ordenar las solicitudes de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7 de la presente Orden. 5.4.2. Resolver las dificultades que excedan el marco de actuación de las Comisiones anteriores. 5.4.3. Solucionar las posibles dudas en la aplicación de esta norma.

5.5. En todas las Comisiones descritas en este apartado se garantiza la participación sindical mediante la presencia de un miembro por cada uno de los sindicatos representativos del sector.

6. Solicitudes y documentación.

6.1. Los participantes cumplimentarán el modelo de solicitud del anexo III (Hoja 1). Los maestros adscritos a la especialidad de ciclos inicial y medio, los mal adscritos, los que por su habilitación tienen una doble opción de adscripción y los suprimidos en la especialidad de ciclos inicial y medio harán constar en su solicitud la opción que prefieren para la petición de vacantes de primer ciclo de la ESO (1ª vuelta) de la adscripción en distrito (1ª fase).

Igualmente, los maestros adscritos a las especialidades de Filología; Lengua Castellana, Matemáticas y Ciencias Naturales y Ciencias Sociales, así como los mal adscritos, harán constar en su solicitud la opción que prefieren para la elección de vacantes de Educación Primaria en el propio centro (2ª vuelta) de la adscripción en distrito (1ª fase).

A los efectos de este apartado se considerarán como mal adscritos los maestros que se adscribieron por los apartados b) y c) de la citada Orden 1 de junio de 1990.

6.2. A la referida solicitud acompañarán con carácter voluntario, debidamente cumplimentadas, las hojas 2 y 3 del referido anexo III, en el caso de que el participante no pudiera estar presente en el acto público al que se refiere el apartado 9 siguiente.

En todo caso, en el desarrollo de las diferentes fases del proceso, quienes hubieran presentado dichas hojas, podrán modificar su contenido en el propio acto público.

6.3. La citada solicitud la harán llegar al director del centro desde donde deba procederse a su adscripción, bien directamente o por correo certificado, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden.

6.4. Los maestros que no hubieran presentado en tiempo y forma la solicitud señalada, y que no acudan al acto público previsto en el apartado 9 siguiente, serán adscritos de oficio por la Comisión correspondiente a puestos para los que estén habilitados y en el siguiente orden: - Para la misma especialidad que venían desempeñando, si existe vacante.

- Para el resto de sus habilitaciones, en el orden establecido en el apartado 3 de la presente Orden.

7. Ordenación de las solicitudes.

7.1. Las Comisiones Territoriales ordenarán las solicitudes de acuerdo con los criterios del apartado 4.1 de esta Orden, publicando en el tablón de anuncios de cada uno de los centros del distrito la relación ordenada, según su derecho de petición, de los participantes, en la que constarán su actual adscripción, las habilitaciones que poseen y sus opciones preferidas, en su caso. Contra la citada relación podrán los participantes formular reclamaciones en los cinco días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación.

7.2. Los empates se dirimirán atendiendo, en primer lugar, a la puntuación alcanzada en los apartados a), b), c) y d) del baremo del anexo II, por este orden. De persistir la igualdad, decidirá el número de registro de personal más bajo y, en último término, la mayor edad.

7.3. Si examinadas las solicitudes, se detectara error u omisión, las Comisiones Territoriales requerirán por escrito a los maestros para que, en el plazo de cinco días naturales, lo subsanen.

8. Orden de participación.

8.1. La participación para la adscripción en el propio centro se regirá por el orden resultante de aplicar el apartado a) del baremo del anexo II. Los empates por este apartado se resolverán atendiendo sucesivamente al tiempo de servicio activo como funcionario de carrera, al número de registro de personal más bajo y a la mayor edad.

8.2. En el resto de los casos se atenderá al orden establecido en el apartado 7 de la presente Orden.

9. Desarrollo del procedimiento.

El procedimiento constará de dos fases, correspondientes, respectivamente, a la adscripción en distrito y en zona, estructuradas, a su vez, en tipos de vacantes o vueltas y en momentos de participación o rondas. La tercera vuelta de la adscripción en distrito (1ª fase) y la adscripción en zona (2ª fase) se realizarán en caso de que existan vacantes, no celebrándose en caso contrario. Todas ellas se llevarán a cabo en acto público, cuya fecha y lugar de celebración se determinarán mediante Resolución de la Dirección General de Personal.

9.1. Adscripción en Distrito (primera fase). En esta fase se establecerán tres tipos de vacantes o vueltas:

9.1.1. Petición de vacantes de primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (primera vuelta).

Podrán participar en esta vuelta los maestros adscritos, en centros completos, a Filología; Lengua Castellana, Filología; Lengua Castellana e Inglés, Filología; Lengua Castellana y Francés, Ciencias Sociales, Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza, Educación Física, Música, Ciclos Inicial y Medio, los mal adscritos, los suprimidos y los adscritos a Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje.

Dentro de esta vuelta se establecen tres momentos de participación o rondas:

a) En la primera ronda, los participantes realizarán sus peticiones a vacantes de igual especialidad a la de su adscripción actual o la que consignaron como opción preferida en su solicitud, en su caso.

No se tendrán en cuenta las posibles adscripciones provisionales o supresiones derivadas de la aplicación de la Resolución de 19 de julio de 1995, de las Direcciones Generales de Personal y Centros, sobre desplazamiento de Maestros en centros públicos de Educación Infantil/Preescolar, Educación Primaria/E.G.B. y centros específicos de Pedagogía Terapéutica, como consecuencia de la aplicación progresiva de la LOGSE (B.O.C. de 25 de agosto). Si en el momento de pedir no existiese vacante de estas características, podrá elegir entre el resto de vacantes, con el único requisito de estar habilitado para su desempeño.

b) En la segunda ronda, una vez excluidos los que ya obtuvieron plaza en la ronda anterior, podrán participar quienes voluntariamente opten por cambiar de especialidad.

c) En la tercera ronda pueden optar por vacantes de Filología; Lengua Castellana, Matemáticas y Ciencias Naturales y Ciencias Sociales aquellos maestros que en la actualidad se encuentran mal adscritos a esas mismas especialidades.

9.1.2. Petición de vacantes de la etapa de Educación Primaria en el propio centro (segunda vuelta).

Participarán en esta vuelta, en el orden previsto en el apartado 8.1 de la presente Orden, los maestros que optaron por no participar en la vuelta anterior o que, habiéndolo hecho, no obtuvieron vacante.

Los maestros que carezcan de centro propio, porque el suyo se haya reconvertido en centro de Secundaria, podrán optar a las plazas que al efecto se reservarán en el resto de los centros de Primaria del distrito correspondiente. En el caso de los maestros de Educación Infantil que se encuentren en las mismas circunstancias se adscribirán a las vacantes de la misma especialidad, reservadas para ellos en otros centros del distrito.

Se establecen también tres momentos de participación o rondas:

a) En primera ronda los maestros solicitarán plazas de Primaria de la especialidad a la que estuvieran adscritos en su propio centro o de la que consignaron como opción preferida.

No se tendrán en cuenta las posibles adscripciones provisionales o supresiones derivadas de la aplicación de la Resolución de 19 de julio de 1995, de las Direcciones Generales de Personal y Centros, sobre desplazamiento de Maestros en centros públicos de Educación Infantil/Preescolar, Educación Primaria/E.G.B. y centros específicos de Pedagogía Terapéutica, como consecuencia de la aplicación progresiva de la LOGSE (B.O.C. de 25 de agosto).

De no existir el puesto de trabajo que antes ocupaban podrán solicitar cualquier otro para el que estén habilitados. b) En segunda ronda optarán por cualquier vacante existente con el único requisito de poseer la habilitación correspondiente.

c) Se podrá realizar una tercera ronda en los centros de menos de 18 unidades en los que aún permanezca vacante el puesto de Música, al que podrá optar, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4.2 de esta Orden, cualquier maestro del centro que no haya alcanzado destino hasta ese momento sin requisito de habilitación y en las condiciones que se establecen en el apartado 11.

9.1.3. Petición de vacantes restantes del Distrito (tercera vuelta).

Para esta vuelta se establecen dos rondas o momentos de participación:

a) En la primera de ellas, los maestros que no se adscribieron en las vueltas anteriores optarán a cualquiera de las plazas de Primaria o Secundaria siempre que estén habilitados para ellas.

b) En la segunda ronda se sumarán a quienes no hubiesen obtenido destino en la ronda anterior y en su orden de derecho los colectivos de Educación Infantil, los maestros de centros específicos de Pedagogía Terapéutica, los maestros que tienen su adscripción en escuelas unitarias pertenecientes al distrito, los maestros regresados de Inspección y de centros del extranjero, añadiéndose como vacantes, en esta ronda, las posibles resultas procedentes de dicha participación. 9.2. Adscripción en Zona (segunda fase).

Esta fase constará de tres vueltas, en cada una de las cuales se podrá optar por cualquier vacante ofertada.

9.2.1. Participación de los no adscritos en Distrito (1ª vuelta).

Participarán en esta vuelta los maestros que no obtuvieron vacante de primer ciclo de la ESO ni de Educación Primaria en el Distrito (1ª y 2ª vueltas de la fase anterior).

9.2.2. Participación de otros colectivos (2ª vuelta).

A quienes no se adscribieron en la vuelta anterior se sumarán en ésta, y en su orden de derecho, los maestros adscritos a Educación Infantil, maestros de centros específicos de Pedagogía Terapéutica, escuelas unitarias pertenecientes a la zona y los regresados de Inspección y centros del extranjero, añadiéndose las vacantes que por resultas pudiera producir su participación.

9.2.3. Participación del resto de maestros no adscritos hasta el momento (3ª vuelta).

Participarán en esta vuelta exclusivamente aquellos maestros que, habiendo participado en todas las vueltas de la primera fase y en las anteriores de la presente, no tuvieron posibilidad de obtener vacante de cualquiera de las habilitaciones que poseen. Quienes se adscriban en esta vuelta quedarán sujetos a las condiciones establecidas en el apartado 11 de la presente Orden. 10. Relación de distritos y zonas de adscripción.

La relación de distritos y zonas para las diferentes fases se relacionan en el anexo V.

11. Condiciones particulares de adscripción.

11.1. Los maestros que obtengan su adscripción en virtud de los apartados 4.2 y 4.3, así como en la tercera vuelta prevista en el apartado 9.2 de esta Orden, quedarán sujetos a las siguientes condiciones:

a) Su adscripción tendrá carácter provisional por un periodo de tres años, contados a partir del 1 de septiembre de 1996. b) Durante el periodo citado, la adscripción se convertirá en definitiva desde el momento en que se haya obtenido la habilitación correspondiente al puesto.

c) Transcurrido dicho periodo sin que se haya adquirido la habilitación correspondiente, quedarán en situación de propietarios provisionales. 11.2. La Administración educativa facilitará a los maestros contemplados en el apartado anterior el acceso a los cursos y actividades de formación conducentes a la obtención de las habilitaciones que les sean precisas para su adscripción definitiva.

12. Efectos de la adscripción.

12.1. El destino obtenido en cualquiera de las fases del presente procedimiento será irrenunciable.

12.2. La adscripción obtenida en este procedimiento tendrá efectos administrativos de 1 de septiembre de 1996, aun cuando la incorporación efectiva a la plaza adjudicada se produzca con posterioridad.

12.3. Los maestros que hayan accedido por este procedimiento a uno de los puestos ofertados, permanecerán en situación de adscripción provisional en sus actuales centros de destino y en las mismas plazas que vienen desempeñando, hasta la definitiva implantación de las diferentes etapas educativas en los centros correspondientes.

Las fechas en que deba producirse la incorporación efectiva a la plaza obtenida quedarán reflejadas en las disposiciones que se dicten sobre las condiciones de la referida implantación en cada uno de los distritos.

12.4. En cualquier caso, los cambios de maestros de un centro a otro a través de este procedimiento no producirán efectos de pérdida de ninguno de los derechos que ostentan referidos al cómputo de su permanencia ininterrumpida en el centro, de cara a posteriores supresiones o participación en concursos de traslados.

13. Desarrollo y ejecución de esta Orden.

Se faculta al Director General de Personal para la interpretación, desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa la comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 1996.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O I

Correspondencia entre las Áreas del Primer Ciclo de ESO con las actuales habilitaciones del Cuerpo de Maestros

Maestros con habilitación en: Área de Educación Secundaria:

- Filología; Lengua Castellana e Inglés: - Lengua Castellana y Literatura. - Lengua Extranjera Inglés. - Filología: Lengua Castellana y Francés: - Lengua Castellana y Literatura. - Lengua Extranjera Francés.

- Filología; Lengua Castellana: - Lengua Castellana y Literatura.

- Matemáticas y Ciencias Naturales: - Matemáticas. - Ciencias de la Naturaleza.

- Ciencias Sociales: - Ciencias Sociales, Geografía e Historia.

- Educación Física: - Educación Física.

- Música: - Música.

- Ed. Especial, Audición y Lenguaje: - Ed. Especial, Audición y Lenguaje.

- Ed. Especial, Pedagogía Terapéutica: - Ed. Especial, Pedagogía Terapéutica.

A N E X O I I

BAREMO

a) Por la permanencia ininterrumpida en el centro desde el que se participa 1 punto por año

b) Por la permanencia en el Cuerpo como funcionario de carrera en ser- vicio activo 1 punto por año

c) Por la permanencia ininterrumpida en el centro a partir de 1990 1 punto por año

d) Otros méritos: 2 puntos máximo - Doctorado 1,5 puntos - Licenciatura 1 punto - Otras diplomaturas 0,5 puntos - Cursos: por cada 10 horas 0,1 puntos - Experiencia en la especialidad a la que se opta, por cada curso 0,3 puntos

Ver anexos - páginas 3983-3985

A N E X O I V

D. ...................................................................................................................................................................................., Director Territorial de Educación de ...........................................................................................................................................

CERTIFICA:

Que D./Dña. .................................................................................................., con D.N.I. .................................................... y destino (1) en el C. E.G.B. ................................................................................................., tiene acreditada, a efectos de la participación en las fases 1ª y 2ª del proceso de adscripción a centros de Educación Infantil, Primaria y primer ciclo de Secundaria Obligatoria, la siguiente puntuación:

Ver anexos - página 3986

(1) Para los suprimidos del centro, y a los efectos de la adscripción regulada en esta normativa, se les considerará centro de destino aquel desde donde deba procederse a su adscripción. (2) Los méritos correspondientes al apartado d) del baremo los acreditará documentalmente el interesado mediante certificaciones o fotocopias compulsadas.

................................................., a ....... de ................................................ de 1996.

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE EDUCACIÓN,

Fdo.: ........................................................................

A N E X O V

ZONAS Y DISTRITOS

GRAN CANARIA

ZONA: GC-1

Distrito 1

- Playa de Tasarte - Las Tabladas - Tasartico - Virgen del Carmen - Hoyo y Tocodoman - San Nicolás de Tolentino - Molino de Agua - La Cardonera - Tasarte - Cuermeja - I.B. San Nicolás - I.F.P. San Nicolás

ZONA: GC-2 Distrito 1

- Ana Betancor - El Risco - José Sánchez - Nuevo I.E.S. Agaete

Distrito 2

- Antonio Padrón - Alcalde Diego Trujillo - Fernando Guanarteme - I.B. Saulo Torón

Distrito 3

- San Isidro - Barrial - Sardina del Norte - Los Quintana - Caideros - Fagagesto - Saucillo - Barranco Hondo de Arriba - Hoya de Pineda - I.F.P. El Roque

Distrito 4 - Piedra de Molino - Santa Cristina - Tres Cruces - El Palmital - Luján Pérez Distrito 5

- CEPT Marente - Ingenio Blanco - Preescolar/Inf. Guía - Juan Arencibia Sosa - Nicolás Aguiar - San Juan - Luis Cortí - Miguel Santiago - I.F.P. Santa María de Guía - I.B. Santa María de Guía

ZONA: GC-3

Distrito 1

- Agustín Hernández Díaz - Lomo Blanco - Cabo Verde - Barranco Laurel - Carretería - El Tablero - Frontón - La Jurada - San Bartolomé de Fontanales - San Fernando - Trujillo - I.E.S. Doramas

Distrito 2

- San Felipe - Costa - San Andrés - Trapiche - Bañaderos - Cruz de Pineda Distrito 3

- La Goleta - Los Portales - Visvique - Carmen Pérez Montesdeoca - Juan Zamora Sánchez - Eduardo Rivero Ramos - Altabacales - Generalísimo Franco - I.F.P. Arucas - I.B. Domingo Rivero Distrito 4 - Santidad - I.B. Santiago Santana

Distrito 5

- Cambalud - Casa Blanca - Buen Lugar - Padilla - Martín Cobos

ZONA: GC-4

Distrito 1

- Artenara

Distrito 2

- Lanzarote - Zumacal - Juan Carlos I

Distrito 3

- Huertas del Palmar - Miraflor - El Hornillo - Espartero - Ojero - Sagrado Corazón de Jesús - San Isidro - Monseñor Socorro Lantigua - I.B. Teror - I.F.P. Santiago Rivero

ZONA: GC-5

Distrito 1

- Tejeda

Distrito 2

- Utiaca-Solana - Cueva Grande - La Biguedilla - La Lechucilla - Aríñez - El Piquillo - La Lechuza - Las Lagunetas - Utiaca-Piquillo - Rafael Gómez Santos - I.E.S. Vega de San Mateo

Distrito 3

- Las Goteras - Illera de la Mora

Distrito 4

- Pino Santo Alto - Pino Santo Bajo - Juan del Río Ayala - La Angostura - Josefa Hernández Guerra - Vega de Enmedio-Paraiso - Vega de Enmedio-Madroñal - El Gamonal - Nuevo Sec. Santa Brígida

ZONA: GC-6

Distrito 1

- Canteras - Franchy y Roca

Distrito 2

- León y Castillo - I.B. La Isleta Distrito 3

- Las Coloradas - Galicia - I.E.S. Nueva Isleta

Distrito 4

- Alcaravaneras - Santa Catalina Distrito 5

- Asturias - Tinoca - Fernando Guanarteme - I.E.S. El Rincón

Distrito 6

- Mesa y López - I.F.P. Mesa y López

Distrito 7

- Aragón - San Roque - Tamarán - Batán Distrito 8

- CEPT Salvador Rueda - Aguadulce - Ramón y Cajal - I.B. Pérez Galdós Distrito 9

- Giner de los Ríos - I.B. Isabel de España Distrito 10

- Iberia - I.B. Santa Teresa de Jesús Distrito 11

- Guiniguada - Suárez Naranjo - I.B. Tomás Morales

Distrito 12

- Dr. Juan Negrín - Manolo Millares - León - Menéndez Pidal

Distrito 13

- Islas Baleares - Carlos Navarro Ruiz - Preescolar/Infantil Zárate - Salto del Negro - 24 de Junio - S. Sáenz Tejera - Canarias

Distrito 14

- Pr./Infant. Almirante Antequera - Gutiérrez de Rubalcava - Doramas - Castilla - I.B. San Cristóbal

Distrito 15 - Cervantes - Batería de San Juan - I.F.P. San Cristóbal

Distrito 16

- Drago - Laurisilva - Hernández Monzón Distrito 17

- CEPT San Francisco de Sales - Teobaldo Power - Néstor de la Torre - Bentayga Distrito 18 - José Calvo Sotelo - I.F.P. Cruz de Piedra Distrito 19

- Ramírez Bethencourt - Navarra

Distrito 20

- Cataluña - Atlántida - I.B. Alonso Quesada

Distrito 21

- César Manrique - Las Torres - Nuevo Primaria La Feria - Preescolar/Infantil Boliche - Feria del Atlántico - I.F.P. Feria del Atlántico - Extremadura - Nuevo Sec. Schamann Distrito 22

- García Lorca - García Escámez - Reyes Católicos - 29 de Abril - I.B. Schamann

Distrito 23

- Santa Bárbara - I.B. Guanarteme Distrito 24

- Pintor Néstor - I.F.P. Lomo Apolinario

Distrito 25

- Buenavista I - I.F.P. Pablo Montesinos

Distrito 26

- Buenavista II - Isabel la Católica - Nuev. Sec. La Minilla

Distrito 27

- San Lorenzo - Los Altos de La Milagrosa - Los Tarahales - Prees./Infantil Hoya Andrea - Andalucía - Nuevo Sec. Los Tarahales ZONA: GC-7 Distrito 1

- El Toscón - Ciudad del Campo - Cortijo de San Gregorio - Los Giles - Las Mesas - I.E.S. Cairasco de Figueroa Distrito 2

- Lomo Los Frailes - Valencia - Adán del Castillo - Vascongadas - Nuevo Sec. Tamaraceite

ZONA: GC-8

Distrito 1

- CEPT Monte Coello - Siete Puertas - La Calzada - Adela Santana - Camilo José Cela - Salvador Manrique de Lara - Hoya del Parrado - Los Hoyos - Las Dunas - La Montañeta - I.B. Tafira Distrito 2

- CEPT Lomo Blanco - San José Artesano - CEI Licinio de la Fuente

ZONA: GC-9

Distrito 1

- Los Llanetes - Valsequillo - El Rincón - Tenteniguada - Era de Mota - Las Vegas - Correa - I.E.S. Valsequillo ZONA: GC-10

Distrito 1

- El Goro - Gregorio Chil - I.E.S. Las Huesas Distrito 2

- María Suárez Fiol - Guillermina Brito - Juan Negrín - I.F.P. Antonio Cabrera Pérez

Distrito 3

- Nuevo Prim. La Garita - Marpequeña - Príncipe de Asturias - I.B. Casas Nuevas

Distrito 4

- Esteban Navarro Sánchez - Mª Jesús Ramírez Díaz - Lucía Jiménez Oliva - Nuevo Sec. El Calero

ZONA: GC-11

Distrito 1

- Padre Collado - Cazadores - Las Breñas - Maestro Félix Santana - Ntra. Señora del Pilar

Distrito 2

- Dr. Hernández Benítez - Poeta Francisco Tarajano - Montaña Las Palmas - Tecén - Nuevo Sec. Lomo la Herradura

Distrito 3

- CEPT Petra Lorenzo - Saulo Torón - Amelia Vega Monzón - I.B. La Rocha

Distrito 4 - San Antonio - Plácido Fleitas - San Juan - Caserones - La Gavia - Valle de Casares - Valle de San Roque - Higuera Canaria - Manrique de Lara - I.B. José Arencibia Gil Distrito 5

- Preesc./Infantil Santa Rosalía - Fernando León y Castillo - Poeta Fernando González - Nuevo Sec. Arnao

ZONA: GC-12

Distrito 1

- Preescolar/Infantil La Loma - Hilda Zudán - Pedro Lezcano - Agustín Millares Sall

Distrito 2

- Preescolar/Infantil Murcia - Omaira Sánchez

Distrito 3 - Eucaliptus II - Montiano Placeres - Fase V - Nuevo Sec. Jinámar

Distrito 4

- Europa - José Tejera - I.B. Jinámar

Distrito 5

- El Palmeral - Néstor Álamo - Rafael Alberti - I.F.P. Jinámar

ZONA: GC-13 Distrito 1 - La Banda - Claudio de la Torre - Barrio Costa - Antonio Morales - Poeta Tomás Morales - I.B. Ingenio Distrito 2

- Aguatona - Dr. Espino Sánchez - Roque Pasadilla - A. Millares Carló - José Sánchez Sánchez - Benito Pérez Galdós - I.F.P. Ingenio Distrito 3

- Roque Aguayro - Temisas - Guayadeque - La Viñuela - I.B. Joaquín Artiles

Distrito 4

- Doramas - Piletas - Los Corralillos - Preescolar/Infantil José Melián - I.F.P. Cruce de Arinaga

Distrito 5

- Antonio Morales - María Muñoz Mayor - Atis Tirma

Distrito 6

- Residencia de Arinaga - 20 de Enero

ZONA: GC-14

Distrito 1

- El Matorral - Juan Grande - Pancho Guerra

Distrito 2 - Ansite - Aldea Blanca - La Cerruda

Distrito 3

- El Cruce - Barranco Balos - El Canario - Tajinaste - Nuevo Sec. El Canario

Distrito 4

- Policarpo Báez - Camino de la Madera - Tamogante

Distrito 5 - El Cardón - Tagoror - Tamarán - I.B. Vecindario Distrito 6

- Tinguaro - I.F.P. José Zerpa

Distrito 7

- Casa Pastores - La Paredilla - I.F.P. Vecindario

Distrito 8

- Santa Lucía - César Manrique - Tunte

ZONA: GC-15

Distrito 1

- CEPT Maspalomas - Lomo Perera - Lomo Gordo - El Pedrazo - Montaña La Data - Pepe Monagas - Aguañac

Distrito 2 - Las Dunas - San Fernando - Oasis - Alcalde Marcial Franco - Nuevo Sec. Maspalomas - I.B. Maspalomas - I.F.P. Maspalomas

ZONA: GC-16

Distrito 1

- Casas de Veneguera - Playa Mogán - Mogán

Distrito 2

- Cuesta de Arena - Santa Águeda - Playa de Arguineguín - Barranquillo Andrés - Playa Tauro - Puerto Rico - Cercados de Espino - Las Crucitas - Artemi Semidán - Ext. Bachillerato FUERTEVENTURA

ZONA: F-1

Distrito 1

- Tostón (El Cotillo) - Tindaya - Vallebrón - Lajares - Villaverde - La Oliva

Distrito 2

- Bernabé Figueroa Umpierrez - María Castrillo García - Nuev. Sec. La Oliva

ZONA: F-2

Distrito 1

- Los Llanos de La Concepción - Ampuyenta - Triquivijate - Valles de Ortega - Durazno - Gumersindo Martell - La Corte - Esteban Silvera Fajardo - Agua de Bueyes - Alcaldesa Amparo Torres - Antigua

ZONA: F-3

Distrito 1

- La Asomada - La Matilla - Tefía - Los Estancos - Domingo J. Manrique - San José de Calasanz - Agustín Millares Carló - Tesjuate - El Matorral - General Cullen Verdugo - Pablo Neruda - Pto. del Rosario - I.F.P. Pto. del Rosario - I.B. San Diego de Alcalá - I.B. Santo Tomás de Aquino

ZONA: F-4

Distrito 1 - Morro del Jable - El Ciervo Distrito 2

- Cardón - Cristóbal García Blairzy - Las Playitas - Tesejerague - Gran Tarajal - La Pared - Tarajalejo - La Lajita - Toto - Pájara - Tiscamanita - Tuineje - I.E.S. Gran Tarajal

LANZAROTE

ZONA: L-1

Distrito 1

- Ignacio Aldecoa

ZONA: L-2

Distrito 1

- La Garita - Santa Rosa - Las Mercedes - San Juan - Santa Bárbara - Guenia - I.E.S. Haría Distrito 2

- César Manrique Cabrera - La Caleta de Famara - Teseguite - Nazaret - Los Valles - Doctor Afonso Espínola - I.E.S. Teguise

ZONA: L-3

Distrito 1

- Benito Méndez Tarajano - Los Geranios - Mercedes Medina Díaz - San Jurjo Maneje - Nuev. Sec. Arrecife

Distrito 2

- Adolfo Tophan - Nieves Toledo - I.E.S. Blas Cabrera Felipe Distrito 3

- Capellanía del Yagabo - I.E.S. César Manrique

Distrito 4

- Argana Alta - I.F.P. Zonzamas

Distrito 5

- Genaralísimo Franco - Antonio Zerolo - Las Salinas - I.B. Agustín Espinosa

ZONA: L-4

Distrito 1

- Mozaga - María Auxiliadora - Güime - Ajei - Playa Honda - I.B. San Bartolomé

Distrito 2

- Tao - Tiagua - Muñique - Liria - El Cuchillo - Soo - Guiguán - Virgen de los Volcanes

ZONA: L-5

Distrito 1

- Mácher - La Asomada - Alcalde Rafael Cedrés - Concepción Rodríguez Artiles - Nuevo Sec. Tías

Distrito 2

- Playa Blanca - Las Breñas - Femés - Uga - Yaiza - I.B. Yaiza LA GOMERA

ZONA: G-1

Distrito 1

- Arure - El Retamal - Nereida Díaz Abreu

ZONA: G-2

Distrito 1

- Temocodá - La Dama - Alojera - Vallehermoso - Ext. I.E.S. Vallehermoso

ZONA: G-3

Distrito 1

- Las Rosas - Áurea Miranda González - Mario Lhemet Vallier

Distrito 2

- Alajeró - Imada - Santiago Apóstol

Distrito 3

- La Lomada - Ruiz de Padrón - I.E.S. San Sebastián

EL HIERRO

ZONA: H-1

Distrito 1

- Tigaday Distrito 2

- Guarazoca - Isora - Puerto de la Estaca - San Andrés - Mocanal - Valverde - La Restinga - Taibique - I.E.S. Garoé LA PALMA

ZONA: LP-1

Distrito 1

- Las Cabezadas - Gallegos - La Cuesta - San Vicente Ferrer - Barlovento

Distrito 2

- Los Galguitos - San Andrés - Verada de Las Lomadas - José Luis Albendea y Gómez - I.E.S. Los Sauces

ZONA: LP-2

Distrito 1

- Las Nieves - San Vicente - Anselmo Pérez Brito - Pérez Andreu - I.B. Alonso Pérez Díaz

Distrito 2

- Benahoare - Gabriel Duque Acosta - Pres./Inf. Régulo Arocena Díaz - José Pérez Vidal - I.B. Luis Cobiellas

Distrito 3

- Sagrado Corazón de Jesús - Rita Rodríguez Álvarez - La Galga - Puntallana - Tagoja - I.F.P. Virgen de las Nieves

Distrito 4

- Breña - Botazo - Buenavista de Abajo - Miranda - Manuel Galván de las Casas - San José - Las Ledas - El Fuerte - Buracas - San Antonio - Nuevo Sec. Breña Baja ZONA: LP-3

Distrito 1

- Los Quemados - Las Caletas - Las Indias - Los Canarios - Pre./Inf. Santa Rosalía - Montes de Luna - Tiguerorte - Lodero - Monte Breña - La Sabina - Tigalate - Princesa Arecida - I.F.P. Villa de Mazo

ZONA: LP-4

Distrito 1

- Roque de los Pinos - Doroteo Montesino - XXV Años de Paz (Garafía) - Rodríguez Brito - Santo Domingo - Virgen del Carmen - Punta Gorda - Sec. F.P. Punta Gorda

Distrito 2 - Casa Hacienda - Juan del Valle - Tijarafe

ZONA: LP-5

Distrito 1

- El Puerto - Juan XXIII Distrito 2

- Arco Iris - Las Manchas - El Roque - XXV Años de Paz (Los Llanos) - I.B. Eusebio Barreto Lorenzo Distrito 3

- Triana - Puerto Naos - Todoque - Tajuya - Mayantigo - I.F.P. José María Pérez Pulido Distrito 4

- Tacande - Los Campitos - Taburiente - Cajita de Agua - Jedey - La Rosa-Camino Viejo - Tanausú - Adamancasis

TENERIFE

ZONA: TF-1

Distrito 1

- Tarucho - Las Portelas - El Palmar - La Cuesta - Nicolás Díaz Dorta

Distrito 2

- San José - San Bernardo - Aregume - Las Salinas - I.B. Daute de los Silos

ZONA: TF-2

Distrito 1

- Erjos - Pablo Díaz Martín - San Juan del Reparo - La Cuna - Tierra del Trigo - Victorino Alayón - Genovés - Miguel de Cervantes

Distrito 2

- El Guincho - Las Cruces - Antonio del Valle Menéndez - I.F.P. Garachico

Distrito 3

- Pre./Inf. Icod - Llanito Perera - Las Canalitas - Julio Delgado Delgado - Cueva de Viento - Emeterio Gutiérrez Albelo - Nicolás Estévez Borges - I.F.P. San Marcos Distrito 4 - El Amparo - Las Abiertas - San Francisco de la Montañeta - La Vega-El Molledo - Campino

Distrito 5

- La Florida - Buen Paso I - Buen Paso II - Baldomero Bethencourt - Enrique González Martín - La Mancha - I.B. Lucas Martín

ZONA: TF-3

Distrito 1

- Pre./Inf. La Vera - Pre./Inf. Las Rosas - Ángel Guimerá - Francisco Afonso Carrillo - Nuevo Sec. San Juan

Distrito 2

- Santo Domingo - Santa Catalina - Plus Ultra - I.F.P. La Guancha

ZONA: TF-4

Distrito 1

- La Montañeta - Cruz Santa - Mencey Bentor - Ferruja Llanadas - Palo Blanco Distrito 2

- Agustín Espinosa - El Toscal-Longueras - Pre./Inf. Virgen del Carmen - San Sebastián - Pérez Zamora - I.F.P. Los Realejos - I.B. Los Realejos

Distrito 3

- Pre./Inf. El Lance - Andén Chavocos - La Pared ZONA: TF-5

Distrito 1

- Las Dehesas - Pre./Inf. Aguamansa - César Manrique - Punta Brava - I.B. Agustín de Bethencourt

Distrito 2

- San Antonio - Tomás de Iriarte - I.F.P. Puerto de la Cruz

Distrito 3

- Clara Marrero - La Vera - Nuevo Sec. La Vera

ZONA: TF-6

Distrito 1

- Pinoleris - Aguamansa - Benijos - Camino de Chasna - Manuel de Falla Distrito 2

- Leoncio Estévez Luis - Ramón y Cajal - Santo Tomás de Aquino - I.B. Rafael Arozarena

Distrito 3

- Nuestra Sra. de la Concepción - Domínguez Afonso - San Agustín - I.B. Villalba Hervás

Distrito 4

- Infanta Elena - Inocencio Sosa Hernández - Pino Alto - Santa Teresa de Jesús - I.F.P. La Orotava

Distrito 5

- La Luz - I.F.P. Mayorazgo ZONA: TF-7

Distrito 1

- La Corujera - Mencey Bencomo - Tosca de Ana María - El Farrobillo - Santa Úrsula - San Fernando - I.F.P. Santa Úrsula

Distrito 2

- La Vera - Príncipe Felipe Distrito 3

- Bajos y Tagoro - La Resbala - Santo Domingo - I.B. La Victoria

Distrito 4

- Cruz del Camino - San Antonio - Acentejo - Atalaya - I.B. La Matanza

ZONA: TF-8

Distrito 1

- Nuestra Sra. de los Ángeles - I.F.T.P. Sabino Berthelot

Distrito 2

- Barranco de las Lajas - Aguagarcía Distrito 3

- Samoga - San Nicolás

Distrito 4

- El Pris - Guayonge - María Rosa Alonso - San Juan Perales - I.E.S. Tacoronte Distrito 5

- Pre./Inf. El Hornillo - Ernesto Castro Fariñas - Maximiliano Gil Melián - I.E.S. Los Naranjeros

ZONA: TF- 9

Distrito 1

- El Portezuelo - Francisca Santos Melián - Mª Carmen Fernández Melián - Melchor Núñez Tejera - Teófilo Pérez - Nuevo Sec. Tegueste

Distrito 2

- Pre./Inf. El Consumo - Pre./Inf. La Hondura - Atlántida - Ayatimas - Lope de Guerra - I.E.S. Valle Guerra

Distrito 3

- Pre./Inf. Bajamar - Princesa Tejina - Punta del Hidalgo - San Bartolomé - I.B. Antonio González

ZONA: TF-10

Distrito 1

- Camino Erillas - Lomo Pelado - Matías Llabrés Verdún - Leoncio Rodríguez

Distrito 2

- CEPT Acamán - Alonso Nava y Grimón - Pre./Inf. San Miguel de Geneto - I.F.P. de Geneto Laguna ZONA: TF-11 Distrito 1

- Aguere - La Verdellada - Las Chumberas - Montaña Pacho - Práct. Aneja EU Profesorado - CEI La Laguna - José de Anchieta - I.B. Viera y Clavijo

Distrito 2

- San Benito - Camino de la Villa - El Ortigal - Pre./Inf. Garimba - Santa Rosa de Lima - I.B. San Benito - I.F.P. San Benito

Distrito 3

- Camino Largo - Manuel Borguño - Sor Florent. y Agustín Cabrera - Las Carboneras - Cumbres de Taganana - Marcela Díaz Méndez - Las Mercedes - I.B. Canarias Cabrera Pinto

ZONA: TF-12

Distrito 1

- CEPT El Drago - Las Palmeras - Clorinda Salazar - Ofra Barrio Nuevo - I.B. Domingo Pérez Minik

Distrito 2

- Fernando III El Santo - Narciso Brito - I.B. San Hermenegildo

Distrito 3

- Los Arcángeles - Ángeles Bermejo - I.F.P. Barrio de La Salud

ZONA: TF-13

Distrito 1

- Dolores Álvarez - Julián Rojas de Vera - Pre./Inf. Cueva Bermeja - Rafael Gaviño del Bosque - José Pérez Rodríguez - República Argentina - Ricardo Hodgson - I.F.P. San Andrés ZONA: TF-14

Distrito 1

- Alonso Espínola - María Isabel Sarmiento - Miguel Pintor González - I.B. Anaga

Distrito 2

- Pre./Inf. Bentenuya - Hnos. Tabares Bartlett - Rodríguez Galván - Veinticinco de Julio - Hnos. Estévanez Murphy

Distrito 3 - Generalísimo Franco - San Fernando - I.B. Poeta Viana

Distrito 4

- Tagoror - García Escámez - Valle Jiménez - Susana Villavicencio - I.B. Andrés Bello

Distrito 5

- José Antonio - Villa Ascensión - Pre./Inf. Anaga - I.B. Teobaldo Power

Distrito 6

- Los Dragos - Los Verodes - I.B. Benito Pérez Armas

Distrito 7

- Pre./Inf. Asunción - El Chapatal - I.E.S. El Chapatal

Distrito 8

- CEPT Elisa Glez. de Chávez - CEPT Aspronte - Fray Albino - Isabel La Católica - Onésimo Redondo - Nuevo Sec. San Sebastián ZONA: TF-15

Distrito 1

- Ofra San Pío - Ofra Vistabella - Hnos. García Cabrera

Distrito 2

- Las Delicias - Las Retamas - I.F.P. Virgen de Candelaria

Distrito 3

- Buenaventura Bonnet - Chimisay - I.F.P. Ofra

Distrito 4

- Pre./Inf. Virgen del Pilar - Ofra Santa Clara - I.B. Ofra

Distrito 5

- CEPT Hermano Pedro - Pre./Inf. Casa Cuna - Tena Artigas - I.B. Tomás de Iriarte

ZONA: TF-16

Distrito 1

- El Draguillo - Bethencourt y Molina

Distrito 2

- Santa Cruz de California - IFTP El Sobradillo

Distrito 3

- El Tablero - Machado-San Isidro - Tíncer - Nuevo Sec. Barranco Grande

Distrito 4

- Pre./Inf. Añaza - Nuevo Primaria Añaza - Secundino Delgado - I.E.S. Añaza Distrito 5

- Pre./Inf. Niño Jesús - San Luis Gonzaga - Marina Cebrián

Distrito 6

- Pre./Inf. Benito Pérez Soto - Cardonal I - Antigua Filial - Los Andenes de Taco - I.B. Padre Anchieta

Distrito 7

- San Matías - Santa María del Mar - Nuevo Sec. San Matías

ZONA: TF-17

Distrito 1

- Carmen Álvarez de la Rosa - Igueste de Candelaria - Malpaís - Las Cuevecitas - Araya - Príncipe Felipe - Punta Larga - I.B. Candelaria

ZONA: TF-18 Distrito 1 - Andrés Orozco

Distrito 2

- Pilar Gómez García - Mª Dolores Rodríguez Pérez - Agache - San Francisco Javier - Hernández Melque - El Puertito de Güímar - Alfonso X El Sabio - I.B. Mencey Acaymo

Distrito 3

- La Zarza - Guajara

Distrito 4

- Julián Zafra Moreno - I.F.P. Güímar Distrito 5

- Virgen de Fátima - Ntra. Señora de La Luz - Pre./Inf. Clotilde Hdez. Marrero - El Río - Villa de Arico

ZONA: TF-19 Distrito 1

- Pre./Inf. Aguilillas - San Benito - Nuestra Sra. del Buen Viaje - Charco del Pino - Virgen del Pilar - Granadilla de Abona - Juan Bethencourt Afonso - La Pasada - Aldea Blanca - El Roque - San Miguel - I.E.S. Adelantado Fernández de Lugo

Distrito 2

- La Escalona - Hermano Pedro

Distrito 3

- El Desierto - El Salto - Abona - El Médano - Juan García Pérez - Los Abrigos - I.E.S. Magallanes

ZONA: TF-20

Distrito 1

- El Monte - Guargacho - El Fraile - Luis Álvarez Cruz - Nuevo Sec. El Fraile

Distrito 2

- Arona - Buzanada - Valle de San Lorenzo - Cabo Blanco - Chayofa Distrito 3

- Los Cristianos - Pérez Valero - Playa de las Américas - I.B. Los Cristianos

Distrito 4

- Adeje - Armeñime - Fañabé - Las Cancelas - Los Olivos - Tijoco Bajo - I.F.P. Adeje

ZONA: TF-21

Distrito 1

- Adoración Rodríguez Alonso - Aponte - José Esquivel - La Cumbrita - Teobaldo Power - I.B. Guía de Isora

Distrito 2

- El Molledo - Santiago del Teide - Arguayo - Las Manchas - Valle de Arriba - Tamaimo

Distrito 3

- Pre./Inf. Los Volcanes - Chiguergue - La Montaña - Vera de Erques - Chirche - Almácigo - Chigora - La Era - I.F.P. Manuel Martín González

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