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BOC Nº 028. Miércoles 4 de Marzo de 1998 - 270

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

270 - Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Corrección de errores de la Resolución de 4 de febrero de 1998, del Director, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de 29 de enero de 1998, del Consejo de Administración, que aprueba el baremo de indemnizaciones y contraprestaciones a percibir por la colaboración en las actividades de formación realizadas por este Instituto (B.O.C. nº 20, de 13.2.98).

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Advertido error en la Resolución de 4 de febrero de 1998, del Director del Instituto Canario de Administración Pública, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de 29 de enero de 1998, del Consejo de Administración, que aprueba el baremo de indemnizaciones y contraprestaciones a percibir por la colaboración en las actividades de formación realizadas por este Instituto, se procede a su corrección en el sentido que se indica a continuación:

Donde dice:

“ACUERDO:

Se aprueba el baremo de indemnizaciones y contraprestaciones ...” hasta donde dice “La Secretaria del Consejo de Administración del I.C.A.P., Margarita Platero Cáceres.- El Presidente del Consejo de Administración del I.C.A.P., Carlos Antero Simón Martín.”

Debe decir:

“ACUERDO:

Primero.- Se aprueba el baremo de indemnizaciones y contraprestaciones a percibir por la colaboración en las actividades de formación realizadas por el Instituto Canario de Administración Pública, que figura como anexo.

Segundo.- El citado baremo se aplicará a las personas físicas que realicen las actividades descritas en el mismo. Tercero.- El baremo aprobado entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, quedando sin efecto el aprobado por este Consejo de Administración en sesión de fecha 20 de septiembre de 1993. No obstante, este último se aplicará transitoriamente a aquellas actividades que se estén realizando con anterioridad a la entrada en vigor del presente baremo, y para las que se hayan dictado los correspondientes actos de nombramiento/designación o suscrito los oportunos convenios. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde su publicación, previa comunicación al Instituto Canario de Administración Pública conforme a lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de enero de 1998.- El Presidente del Consejo de Administración del I.C.A.P., Carlos Antero Simón Martín.- La Secretaria del Consejo de Administración del I.C.A.P., Margarita Platero Cáceres.”

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de febrero de 1998.- El Director, Carlos Antero Simón Martín.

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