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BOC Nº 070. Lunes 8 de Junio de 1998 - 1633

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1633 - RESOLUCIÓN de 15 de abril de 1998, de la Dirección General de Urbanismo, sobre notificación a Dña. Ángeles del Carmen Martel López, de escrito relativo al expediente de referencia S.R. 1072/96.

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No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. Ángeles del Carmen Martel López, referente al expediente de vallado, en el lugar denominado Lomo de la Caldera, en el término municipal de Telde, del escrito de la Dirección General de Urbanismo, de 8 de abril de 1997, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Ángeles del Carmen Martel López el escrito de esta Dirección General de Urbanismo, cuyo texto es el siguiente:

Visto el expediente administrativo nº 1072/96, sobre autorización en suelo rústico para vallado, en Lomo de la Caldera, término municipal de Telde, solicitado por Dña. Ángeles del Carmen Martel López.

ANTECEDENTES

1. El informe de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación es favorable.

Vistos los informes técnicos y jurídicos, emitidos por los Servicios de esta Dirección General.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. El artº. 341 del Plan General de Ordenación Urbana sólo permite, en suelo rústico de especial protección ecológica, el vallado mediante setos vegetales o malla metálica. Por tanto no resulta admisible el vallado propuesto sobre muro de bloques de 0,5 metros de altura.

2. El artº. 9 de la Ley 5/1987, de 7 de abril.

En cuanto a competencias, la ostenta este órgano en virtud del artº. 11 de la citada Ley 5/1987, de 7 de abril, y el artº. 16.1 del Decreto 107/1995.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Denegar el vallado, en Lomo de la Caldera, término municipal de Telde, solicitado por Dña. Ángeles del Carmen Martel López.

Dar traslado de la presente a la Dirección General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, a los efectos oportunos.

Notifíquese esta Resolución al interesado y al Ayuntamiento. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Política Territorial y Medio Ambiente en el plazo de un mes contado a partir de su notificación, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que se estime oportuno.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de abril de 1998.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

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