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BOC Nº 082. Lunes 6 de Julio de 1998 - 964

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

964 - RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 1998, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 28 y 29 de abril de 1998, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Santa María de Guía, en La Atalaya, promovida por la Corporación municipal, en el término municipal de Santa María de Guía (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 28 y 29 de abril de 1998, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Santa María de Guía, en La Atalaya, promovida por la Corporación municipal, en el término municipal de Santa María de Guía, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 1998.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 28 y 29 de abril de 1998, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Santa María de Guía (Gran Canaria), en La Atalaya, promovida de oficio por la Corporación municipal, al haberse subsanado la totalidad de los condicionantes impuestos por esta Comisión en sesión celebrada el 26 de febrero de 1998.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Santa María de Guía y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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