Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 133. Miércoles 21 de Octubre de 1998 - 1535

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Economía y Hacienda

1535 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 15 de septiembre de 1998, por la que se convoca concurso-oposición para la constitución de una lista de reserva en la categoría de Operador de Ordenador a fin de cubrir, mediante contratación laboral temporal, posibles vacantes en este Departamento localizadas en la isla de Gran Canaria.

Descargar en formato pdf

El artículo 9 del Decreto 99/1992, de 11 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece la necesidad de realizar por convocatoria pública la selección del personal laboral temporal, con arreglo a los principios de igualdad, publicidad, libre concurrencia, mérito y capacidad.

Vistos los informes de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General del Servicio Jurídico.

De conformidad con el artículo 7 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, visto el informe del Comité de Empresa de la provincia de Las Palmas. En uso de las atribuciones conferidas a la Secretaría General Técnica por el artículo 18.2 del Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar concurso-oposición para la constitución de una lista de reserva en la categoría de Operador de Ordenador a fin de cubrir, mediante contratación laboral temporal, posibles vacantes en este Departamento de urgente provisión, que se produzcan en la isla de Gran Canaria.

En lo no previsto en la presente Resolución, que tendrá la consideración de bases de la convocatoria, se aplicarán la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Decreto 63/1985, de 15 de marzo y el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Las personas que se contraten quedarán sometidas al período de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no hayan prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedan exentas del citado período de prueba (artº. 14.1, párrafo 3º del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). Asimismo estarán sujetas a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia. Tercero.- Contra esta Resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, previa comunicación a esta Consejería de la interposición, según lo prevé el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que se estime interponer.

BASES

Primera.- Requisitos de los participantes.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado ni despedido por expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas.

d) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

e) Disponer, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de la titulación de Graduado Escolar o equivalente.

Segunda.- Acreditación de requisitos. Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán al momento de presentación de la solicitud para participar en las pruebas selectivas de la forma que se indica a continuación, y de no hacerlo, se perderán todos los derechos derivados de la selección:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I.

c) y d) Declaración responsable.

e) Fotocopia de titulación académica (original o fotocopia compulsada).

Los méritos deberán acreditarse mediante originales o fotocopias compulsadas de las titulaciones, cursos, contratos de trabajo y certificados de las Administraciones Públicas.

Tercera.- Presentación de instancias.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo I de la presente Resolución y currículum vitae según modelo que se inserta como anexo II, acompañada de los documentos acreditativos de reunir los requisitos a que se refiere el apartado primero de esta Resolución y los méritos alegados.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación de las instancias se podrá realizar en el Registro Auxiliar del Servicio de Medios de Personal de la Consejería de Economía y Hacienda, calle Tomás Miller, 38, 4ª planta, en Las Palmas de Gran Canaria y en el Registro del Departamento en la Plaza Santo Domingo, s/n, en Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarta.- Lista provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

En el plazo de veinte días hábiles siguientes a la fecha máxima de recepción de instancias se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría General Técnica de este Departamento la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se expresará la causa de la exclusión de estos últimos, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos. Dentro del plazo de quince días siguientes al de la finalización de este último se publicará en el tablón de anuncios antes señalado la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la indicación de lugar, fecha y hora en que tendrán lugar las pruebas, debiendo comparecer los aspirantes provistos de su D.N.I.

Quinta.- Tribunal Calificador.

Se constituirá un Tribunal Calificador que estará compuesto por los siguientes miembros: • Presidente:

- Titular: Ilmo. Sr. D. José Rafael Díaz Martínez, Secretario General Técnico de la Consejería de Economía y Hacienda.

- Suplente: Ilmo. Sr. D. Alberto Amorós Mustafá, Director General del Tesoro y Política Financiera.

• Vocal-Secretario:

- Titular: D. Francisco J. Hurtado Rodríguez, Jefe de Servicio de Medios de Personal.

- Suplente: Dña. María del Pino Hernández Navarro, Jefe de Servicio de Coordinación General y Régimen Interior.

• Vocales en representación de la Dirección General de la Función Pública:

- Titular: D. Juan Manuel González Jáber, Director del Servicio de Informática.

- Suplente: Dña. Carmen Juan Rijo, Analista.

• Vocales en representación del Comité de Empresa:

- Titular: D. Francisco Jiménez García.

- Suplente: D. Gonzalo de Pablo Dueñas.

- Titular: D. Juan Pedro Reyes Molina.

- Suplente: D. Agustín González-Cutre Domínguez.

Para la válida constitución del órgano de selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan según la normativa vigente en el momento de celebración del proceso selectivo. El máximo de asistencias será de diez, de conformidad con la redacción dada al artº. 40.3 del Reglamento de indemnizaciones por razón del servicio, aprobado por el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre.

La Secretaría General Técnica del Departamento podrá designar el personal necesario para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo precisas para el desarrollo del proceso selectivo, quienes percibirán las indemnizaciones por razón de servicio que les correspondan cuando sus tareas se realicen fuera de la jornada de trabajo. Contra las resoluciones y actos del Tribunal y los actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso ordinario ante esta Secretaría General Técnica.

Sexta.- Desarrollo del sistema selectivo.

Constará de dos fases:

1ª) Fase de oposición:

a) Prueba teórica:

Realización de un cuestionario tipo test relativo a:

- Informática básica.

- Lenguajes de JCL de sistemas MSP, MVS y compatibles.

- Instalación y configuración de productos de Ofimática.

- Conocimientos básicos de redes, preferentemente Red Novell Netware 3.1X y 4.X en MSDOS y Windows 3.1X. Dicha prueba será acorde con las funciones de la categoría profesional a la que se pretende acceder.

Tendrá una puntuación máxima de 3 puntos, debiendo obtenerse como mínimo 1,5 puntos para superarla, siendo, por tanto, eliminados del proceso selectivo los aspirantes que obtengan una puntuación inferior.

b) Prueba práctica:

Sólo serán convocados a esta prueba los aspirantes que hayan superado la prueba teórica.

Dicha prueba consistirá en el desarrollo de un tema práctico referente a las funciones básicas de operador de ordenadores que se relacionan a continuación: - Realizar la operación de los sistemas informáticos y de las aplicaciones definidas por los Técnicos de Sistemas, Analistas y Programadores.

- Supervisar la entrada de trabajo para que se ejecute en las fechas previstas.

- Realizar las actividades de mantenimiento de los equipos y periféricos, controlando sus averías y avisando al Servicio Técnico en su caso.

- Interpretar los mensajes de salida del sistema y cadenas que se estén ejecutando de acuerdo con las instrucciones recibidas. - Realizar las operaciones de mantenimiento de los periféricos a nivel de limpieza de unidades, soportes, revisión de entintados, etc.

- Traslado de los soportes y el material fungible según normas establecidas.

- Controlar correctamente la distribución y almacenamiento.

- Supervisar y ejecutar los mensajes de consola.

- Supervisar el rendimiento de los sistemas mediante la consola maestra.

- Realizar cuantas actividades le son encomendadas en relación a la misión del puesto.

Tendrá una puntuación máxima de 3 puntos, debiendo obtenerse como mínimo 1,5 puntos para superarla, siendo, por tanto, eliminados del proceso selectivo los aspirantes que obtengan una puntuación inferior.

c) Entrevista con los candidatos que hayan superado la prueba anterior. La misma versará sobre los conocimientos de los candidatos relacionados con la estructura y organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialmente de la Consejería de Economía y Hacienda. La valoración de la entrevista será como máximo de 2 puntos.

Sólo serán convocados a esta entrevista los aspirantes que hayan superado la prueba práctica. 2ª) Fase de concurso:

Se valorará la experiencia laboral dentro de la categoría profesional: a) Experiencia profesional relacionada con los entornos informáticos de esta Consejería: S. O. MSP (MVS compatibles) y Red de área local Ethernet, Windows.

- En la Administración Pública: máximo 2 puntos. (0,056 puntos por mes completo trabajado).

- Fuera del ámbito de la Administración Pública: máximo 1 punto. (0,028 puntos por mes completo trabajado).

Para la acreditación de la experiencia laboral han de aportarse los contratos y, en su caso, sus prórrogas, así como certificado de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

La acreditación de la experiencia en determinados entornos informáticos debe efectuarse mediante certificación de la(s) empresa(s) donde haya prestado los servicios. b) Cursos de perfeccionamiento o especialización, realizados en centros oficiales de formación o reconocidos oficialmente, relacionados con las funciones del puesto a ocupar: máximo 1 punto.

Los cursos deberán ser justificados mediante la aportación de los certificados correspondientes, acompañados de la acreditación del número de horas de que constan.

La puntuación se realizará de la siguiente forma:

- 0,005 puntos por hora de duración.

- 0,025 puntos por curso, en caso de no constar el número de horas.

c) Titulaciones relevantes:

Se baremará con dos puntos la posesión de la titulación de Formación Profesional de Segundo Grado en las ramas de Informática, Electrónica o Electricidad, u otra de rango similar o superior en dichas especialidades.

En cualquier caso el máximo de puntuación posible en este apartado será de 2 puntos.

Séptima.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán los miembros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta.

Octava.- El Tribunal de Selección propondrá para su inclusión en la lista de reserva a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, quienes podrán ser contratados si terminado dicho proceso, se considera necesaria la cobertura de aquellas plazas dotadas presupuestariamente.

La puntuación total de los aspirantes, a efectos de elaborar la lista de reserva, será la suma de la puntuación de la fase de oposición y de la fase de concurso. Novena.- Publicación de listas y otras comunicaciones del Tribunal.

La relación de solicitudes admitidas, la de aspirantes que resulten seleccionados y la lista de reserva que se apruebe, así como otras comunicaciones que procedan, se publicarán en los tablones de anuncios de las dependencias de esta Consejería indicadas en la base cuarta de esta convocatoria, y servirán de citación al personal seleccionado para que presente la documentación en los plazos que se señalen.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de septiembre de 1998.- El Secretario General Técnico, José Rafael Díaz Martínez.

A N E X O I

MODELO DE INSTANCIA

Ver anexos - página 12223

XPONE:

Que habiéndose convocado, por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda, de fecha 15 de septiembre de 1998, pruebas selectivas para constitución de una lista de reserva en la categoría de Operador de Ordenador (isla de Gran Canaria).

SOLICITA:

Ser admitido/a a las pruebas selectivas de referencia.

(Lugar, fecha y firma).

ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA.

Ver anexos - páginas 12224-12225

© Gobierno de Canarias