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Visto el Texto Refundido del Plan Especial de Reforma Interior del Porís de Abona, Arico.
Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 4 de junio de 1998, acordó suspender su aprobación definitiva a fin de que se procediese a subsanar los reparos que en el propio acuerdo constan.
Resultando que el Servicio de Ordenación Urbanística de la Dirección General de Urbanismo informa que el Texto Refundido ha subsanado los reparos que fueron señalados.
Considerando que la Comisión en su acuerdo facultó a este Departamento para la toma de conocimiento del documento rectificado.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Tomar conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Reforma Interior del Porís de Abona, Arico, declarando su aprobación definitiva.
Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de septiembre de 1998.
LA CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, María Eugenia Márquez Rodríguez.
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