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BOC Nº 015. Miércoles 3 de Febrero de 1999 - 378

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

378 - ANUNCIO de 2 de diciembre de 1998, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador en materia de caza.

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Providencia de 2 de diciembre de 1998, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de caza que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de caza:

- Órgano competente para resolver y norma que le atribuye la competencia: Consejero Delegado de Medio Ambiente. Resolución del Sr. Consejero Insular del Área de Infraestructura y Medio Ambiente de 2 de noviembre de 1995 (B.O.P. nº 13, de 29.1.96).

- Se nombra Instructor a D. Horacio Velázquez Dorta y sustituto de éste para el caso de ausencia o enfermedad a Dña. María Esther Trujillo González, y Secretaria a Dña. Candelaria Rodríguez Pérez y sustituta de ésta para el caso de ausencia o enfermedad a Dña. María del Carmen Rodríguez Felipe, que podrán ser recusados conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2º, del Reglamento del Procedimiento Sancionador en relación con lo dispuesto en el artículo 16.1 del mismo Reglamento, los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Providencia, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que en el supuesto de no presentar alegaciones la Resolución de iniciación podrá ser considerada Propuesta de Resolución, en cuyo caso dispondrán de un nuevo plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo inicialmente concedido.

Los expedientados podrán reconocer su responsabilidad, en cuyo caso se impondrá la sanción que se señala. En la sanción pecuniaria, el pago voluntario antes de la resolución podrá dar lugar a la terminación del procedimiento. De optar por el pago, deberán realizarlo mediante ingreso del total de las cantidades correspondientes a las multas, sustituciones de comiso e indemnizaciones en la cuenta corriente nº 000031114004629 de CajaCanarias, haciendo constar en el documento de ingreso el número de expediente sancionador y presentando copia justificativa del ingreso en el Departamento de Caza de este Cabildo, bien personalmente o por correo.

1) Nº EXPTE.: 106C/98; DENUNCIADO: Farrais Alonso, José Antonio; HECHO INFRACTOR: cazar en época de veda cuatro personas con veintiocho (28) perros, siendo siete (7) perros de su propiedad; FECHA INFRACCIÓN: día 28 de junio de 1998, a las 19,00 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Madre del Agua, Granadilla de Abona; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave, artículo 48 del Reglamento de Caza, apartado 1.18, por cazar en época de veda; POSIBLE SANCIÓN: multa de cinco mil (5.000) pesetas; comiso de siete mil (7.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: doce mil (12.000) pesetas.

2) Nº EXPTE.: 181/98; DENUNCIADO: Benítez Lutzardo, Maximiliano; HECHO INFRACTOR: cazar en terrenos cinegéticos especiales sin documentación (licencia de caza y tarjeta de caza controlada), con 3 perros; FECHA INFRACCIÓN: día 2 de agosto de 1998, a las 9,30 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Llano Trevejo, Vilaflor; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave, artículo 49.1 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, por cazar sin licencia; POSIBLE SANCIÓN: multa de cien mil una (100.001) pesetas; comiso de tres mil (3.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: ciento tres mil una (103.001) pesetas.

3) Nº EXPTE.: 204/98; DENUNCIADO: Ramos Padilla, José; HECHO INFRACTOR: cazar con una escopeta, cinco perros y dos hurones, en zona de seguridad a unos 25 ó 30 m en la carretera auxiliar que se encuentra entre la Autopista TF-1 y la Comarcal 822, teniendo capturado 1 conejo en el momento de la intervención; FECHA INFRACCIÓN: día 27 de agosto de 1998, a las 19,45 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Las Eras de Tierra, Fasnia; POSIBLE CALIFICACIÓN: grave, artículo 49.19 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, por cazar con escopeta en zonas de seguridad o disparar en dirección a la misma; POSIBLE SANCIÓN: multa de cien mil una (100.001) pesetas; comiso de siete mil (7.000) pesetas; indemnización de mil (1.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: ciento ocho mil una (108.001) pesetas y retirada y revocación de la licencia de caza y la inhabilitación para obtenerla durante el plazo de 2 años.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 1998.- El Instructor, Horacio Velázquez Dorta.

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