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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y en el artº. 4 de la Ley Orgánica 11/1985, y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación sindical que se detalla:
DENOMINACIÓN: Unión Sindical Canaria, U.S.C. ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias. DOMICILIO: calle Párroco Villar Reina, 120, 35011-Las Palmas de Gran Canaria. Ámbito funcional: todos los afiliados que según sus estatutos lo sean de pleno derecho. Los trabajadores por cuenta ajena, los que estén sujetos a una relación laboral como los que tengan relación de carácter administrativo o estatutario al servicio de las Administraciones Públicas, ya sea estatal, regional, insular y municipal. Igualmente los trabajadores por cuenta propia sin trabajadores a su servicio, los trabajadores en paro, los que hayan cesado en su actividad laboral por incapacidad y jubilación, los emigrantes y estudiantes. Firmantes del acta de la sesión: Dña. Concepción Cáceres Suárez, Dña. M. Begoña Rodríguez Hernández, D. Isaac Velázquez Román, Dña. Dolores León Gómez y D. Eugenio Cáceres Suárez.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de enero de 1999.- El Director General de Trabajo, Francisco José Tejera Jordán.
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