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BOC Nº 039. Miércoles 31 de Marzo de 1999 - 1063

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria)

1063 - ANUNCIO de 24 de marzo de 1999, por el que se somete a información pública la aprobación inicial de la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arucas y el Plan Parcial de Suelo Apto para Urbanizar Sector 3 ubicado en Bañaderos.

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Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 1999, la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arucas y el Plan Parcial de Suelo Apto para Urbanizar Sector 3 ubicado en Bañaderos con las siguientes ordenanzas:

BAÑADEROS SECTOR-3.

ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN Y USO DEL SUELO.

Ordenanza General:

Superficie: 62.155,57 m2. Densidad máx.: 50 viv./ha. Nº máximo de viviendas: 300. Ordenanzas Particulares:

PARCELA A:

Sup. = 2.262 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,55 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 28. Nº de plantas s/r = 3 (comercial + 2 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA B:

Sup. = 1.683 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,55 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 22. Nº de plantas s/r = 3 (comercial + 2 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA C:

Sup. = 550 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,35 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 5. Nº de plantas s/r = 3 (comercial + 2 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA D:

Sup. = 550 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,35 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 5. Nº de plantas s/r = 3 (comercial + 2 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA E:

Sup. = 630 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,35 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 5. Nº de plantas s/r = 3 (comercial + 2 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA F:

Sup. = 630 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,35 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 5. Nº de plantas s/r = 3 (comercial + 2 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja. PARCELA G:

Sup. = 450 m2. Edificabilidad neta máx. = 3 m2/m2. Nº de plantas s/r = 3. Uso permitido = social/cultural. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA H:

Sup. = 550 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 2,2 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 8. Nº de plantas s/r = 3. Uso permitido = residencial.

PARCELA I:

Sup. = 1.068 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 4 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 33. Nº de plantas s/r = 5. Uso permitido = residencial.

PARCELA J:

Sup. = 1.260 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 4 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 32. Nº de plantas s/r = 5 (comercial + 4 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELA K:

Sup. = 1.040 m2. Tipología = edificación en bloque. Edificabilidad neta máx. = 4 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 25. Nº de plantas s/r = 5 (comercial + 4 plantas). Uso permitido = residencial. Uso tolerado = comercial en planta baja.

PARCELAS L:

Sup. total de parcelas = 19.853 m2. Tipología = vivienda unifamiliar pareada. Parcela mínima = 120 m2. Edificabilidad neta máx. por parcela = 1,25 m2/m2. Nº máx. de viviendas = 132. Nº de plantas s/r = 2. Uso permitido = residencial.

PARCELA M:

Sup. = 5.684 m2. Uso = espacios libres. Edificabilidad neta máx. = 0,005 m2/m2. Nº de plantas s/r = 1. PARCELA N:

Sup. = 1.801 m2. Uso = deportivo. Edificabilidad neta máx. = 0,05 m2/m2. Nº de plantas s/r = 1.

PARCELA O:

Sup. = 3.608 m2. Uso = escolar. Edificabilidad neta máx. = 0,6 m2/m2. Nº de plantas s/r = 2.

Quedan suspendidos los otorgamientos de licencias de parcelación de terrenos y edificación y demolición, y ello por suponer la nueva determinación modificación del régimen urbanístico vigente. La suspensión se extinguirá con la aprobación definitiva de la Modificación y del Plan Parcial y, en todo caso, por el transcurso del plazo de dos años desde la aprobación inicial, todo ello sin perjuicio de que se puedan conceder licencias basadas en el régimen vigente siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento, de conformidad con lo dispuesto por el artº. 120.1 del Reglamento de Planeamiento.

Se somete a información pública por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último de los anuncios, en los Boletines Oficiales de Canarias y de la Provincia y, en uno de los diarios de mayor circulación, durante el cual podrá ser examinado en la Oficina Técnica Municipal, ubicada en la calle Alcalde Suárez Franchy, 11, de lunes a viernes y en horas de 11,00 a 13,00, para deducir las alegaciones que estimen pertinentes.

Arucas, a 24 de marzo de 1999.- El Alcalde-Presidente, Froilán Rodríguez Díaz.

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