Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 103. Lunes 2 de Agosto de 1999 - 1391

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1391 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 11 de junio de 1999, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 25 de marzo de 1999, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de Arucas (Gran Canaria).

Descargar en formato pdf

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 25 de marzo de 1999, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Arucas, promovida por la Corporación Municipal, en el término municipal de Arucas, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 1999.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 25 de marzo de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias municipales de Arucas (Gran Canaria), promovida de oficio por la Corporación Local, consistente en variar el nivel de actuación de la ficha 212 del Catálogo de edificios protegidos, relativo al inmueble “Iglesia Nuestra Señora del Carmen”, en Santidad Baja, pasando de “Conservación” a “Rehabilitación Alta”, en los mismos términos en que fue aprobada provisionalmente.

Segundo.- Supeditar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, a la previa aportación de la ficha corregida en el mismo formato que la modificada, conforme deriva del artículo 133.4 del Reglamento de Planeamiento.

Tercero.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Arucas y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

© Gobierno de Canarias