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BOC Nº 146. Miércoles 3 de Noviembre de 1999 - 1849

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1849 - Dirección General de Deportes.- Resolución de 20 de septiembre de 1999, por la que se delegan determinadas competencias en el Comité Canario de Disciplina Deportiva.

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Con esta fecha, esta Dirección General de Deportes ha dictado la siguiente Resolución:

I.- La Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (B.O.C. de 18 de julio de 1997), dispone en su artículo 51 que los actos y resoluciones dictados por los órganos competentes de las federaciones deportivas canarias que hayan agotado la vía federativa, en el ejercicio de funciones públicas de carácter administrativo no relativas a la materia disciplinaria y electoral, serán recurribles ante el órgano competente de la Consejería de la Comunidad Autónoma de Canarias con atribuciones en materia deportiva, en la forma y plazos establecidos en la legislación vigente para el recurso administrativo ordinario.

II.- De entre las referidas funciones públicas de carácter administrativo, relacionadas en el artículo 43 de la citada Ley, la relativa a la calificación y organización de las actividades y competiciones deportivas oficiales ha generado conflictos de naturaleza eminentemente jurídico-deportiva, lo que aconseja atribuir dicha competencia a un órgano especializado.

III.- Sin perjuicio de promover el desarrollo reglamentario de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte en orden a atribuir definitivamente dicha competencia al Comité Canario de Disciplina Deportiva, procede delegar interinamente tal competencia revisora en el referido Comité Canario de Disciplina Deportiva, órgano creado por el Decreto 278/1990, de 27 de diciembre.

En su virtud, en aplicación del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de acuerdo con el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, haciendo uso de las facultades que me son propias,

R E S U E L V O:

1º) Delegar en el Comité Canario de Disciplina Deportiva la competencia para resolver los recursos que se interpongan contra los actos y resoluciones dictados por los órganos competentes de las federaciones deportivas canarias que hayan agotado la vía federativa, en el ejercicio de la función pública de carácter administrativo relativa a la calificación y organización de las actividades y competiciones deportivas oficiales cuyo ámbito no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2º) A los procedimientos iniciados y no resueltos con anterioridad a la publicación de la presente Resolución les será de aplicación la misma, debiéndose dar traslado inmediato de los mismos por el órgano que los tramita al Comité Canario de Disciplina Deportiva.

3º) Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias a los efectos oportunos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 1999.- El Director General de Deportes, José Manuel Betancort Álvarez.

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