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BOC Nº 023. Miércoles 23 de Febrero de 2000 - 229

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

229 - DECRETO 20/2000, de 15 de febrero, de aceptación de la cesión gratuita, por el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, de una parcela de 1.306,24 m2 de superficie, sita en ese término municipal, lugar denominado “La Gallarda”, para la construcción de viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública-III Plan Canario de Vivienda.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, para la aceptación de la cesión gratuita, acordada por el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, de una parcela de 1.306,24 m2 de superficie, sita en ese término municipal, lugar denominado “La Gallarda”, para la construcción de viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública-III Plan Canario de Vivienda.

Visto que el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, por Acuerdo Plenario adoptado en sesión ordinaria, celebrada el día 31 de julio de 1997, ratificado por Acuerdo Plenario adoptado en sesión ordinaria, celebrada el día 29 de abril de 1999, ha cedido a la Comunidad Autónoma de Canarias la parcela que se describe a continuación:

- Urbana: número 2.2.- Parcela resultante de la Unidad de Actuación número 16, con una extensión superficial de 1.306,24 m2, en la cual existen dos superficies edificables de 534,65 m2 y 629,91 m2 de superficie, aproximadamente, y que linda: al Norte, con parcela resultante número 4 de su misma unidad; al Sur, con peatonal de nueva creación; al Este, con viario en proyecto; y, al Oeste, con peatonal que la separa de la Barriada de La Gallarda.

Visto que la titularidad de la parcela descrita la ostenta el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera-Inscripción: Tomo 270, Libro 60 del Ayuntamiento, Folios 24 y 25, Finca número: 6.553, inscripción segunda.- Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera.

Visto que en el referido expediente ha quedado acreditado por parte de la Corporación Local cedente, Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, el cumplimiento de los requisitos que impone el artículo 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1.372/1986, de 13 de junio.

Considerando la conveniencia de aceptar la cesión referenciada en función del destino que ésta tiene como es la de proporcionar a la Comunidad Autónoma de Canarias de suficiente superficie de suelo residencial para la promoción pública de viviendas.

Visto el artículo 29 y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, y los artículos 77 y 78 del Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo de la misma y demás normas de aplicación.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8.2.f) del Decreto 161/1996, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 15 de febrero de 2000,

D I S P O N G O:

Primero.- Aceptar la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Canarias realizada por el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera del siguiente inmueble:

- Urbana: número 2.2.- Parcela resultante de la Unidad de Actuación número 16, con una extensión superficial de 1.306,24 m2, en la cual existen dos superficies edificables de 534,65 m2 y 629,91 m2, aproximadamente, y que linda: al Norte, con parcela resultante número 4 de su misma unidad; al Sur, con peatonal de nueva creación; al Este, con viario en proyecto; y, al Oeste, con peatonal que la separa de la Barriada de La Gallarda.

Segundo.- La aceptación de la cesión gratuita de la parcela se realiza con sujeción a las siguientes condiciones:

a) Los terrenos cedidos serán destinados a la edificación de viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública-III Plan Canario de Vivienda.

b) Las viviendas edificadas en la parcela cedida serán adjudicadas en régimen de alquiler por la Dirección General de Vivienda a las personas que reúnan los requisitos que fije la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas.

c) Las obras de urbanización de los terrenos cedidos serán efectuadas por el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, conforme al proyecto de urbanización que a tal efecto realice, siendo el coste de las referidas actuaciones, incluidos los gastos devengados con motivo de la elaboración del proyecto de urbanización, de cuenta de la referida Corporación cedente.

Tercero.- El inmueble que se acepta deberá ser incorporado al Inventario de Bienes y Derechos del Patrimonio de Vivienda y Suelo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, debiendo darse cuenta de este acto a la Consejería de Economía y Hacienda a efecto de su inclusión en el Inventario de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Canarias y se inscriba a nombre de la misma en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera. Cuarto.- Por la Dirección General de Vivienda se llevarán a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto y en especial para el otorgamiento de la pertinente escritura de cesión gratuita.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2000.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Román Rodríguez Rodríguez.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Antonio Ángel Castro Cordobez.

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