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La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, prevé en su artículo 38.6 que toda Administración Pública establezca los días y el horario de funcionamiento de las oficinas de registro; además el punto 8 del propio artículo dispone la obligación de dar publicidad y mantener actualizada la relación de sus oficinas propias y concertadas.
Por otra parte, el artículo 1.2 de la Orden de la Consejería de Presidencia de 2 de noviembre de 2000 (B.O.C. nº 145, de 3.11.00) atribuye a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia la publicación de la indicada relación actualizada de registros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus entidades de derecho público y organismos autónomos y demás entidades con las que se tenga convenio, antes del 31 de diciembre de 2000.
Por ello, en ejecución de tales previsiones,
R E S U E L V O:
Hacer pública la relación anexa de los registros propios de la Administración Pública de esta Comunidad Autónoma de Canarias y los concertados con las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco suscrito por la Administración General del Estado y la Administración Autonómica de Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 84, de 7 de julio de 2000.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Antonio Lazcano Acedo.
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