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Habiendo sido intentada de manera infructuosa, la notificación del requerimiento para la aportación a este Centro Directivo de documentación necesaria para la tramitación de la ayuda solicitada para la adquisición de vivienda ya construida, dirigido a Dña. Graciela Romero Madriñán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Notificar a Dña. Graciela Romero Madriñán, en ignorado paradero, lo siguiente:
"Vista la solicitud de financiación para la adquisición protegida de vivienda ya construida formulada por Ud., se le requiere de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 1.186/1998, de 12 de junio, y artículo 9 del Decreto Territorial 242/1998, de 18 de diciembre, para adjuntar a la misma certificación registral, certificado de superficie útil, certificado del catastro, declaración de la renta, fotocopia del D.N.I., declaración jurada y escritura de compraventa, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente de la notificación del presente, advirtiéndole que de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución expresa en este sentido, de conformidad con los artículos 71 y 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de abril de 2001.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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