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Habiendo sido intentada de manera infructuosa la notificación del requerimiento para la aportación a este Centro Directivo de documentación necesaria para la tramitación de la ayuda solicitada para la adquisición de vivienda ya construida, sita en el término municipal de Adeje, Urbanización San Eugenio, Palmeras del Sur, letra N, nº 4, planta 3ª, dirigido a D. Ignacio Vicente Cano Barreto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Notificar a D. Ignacio Vicente Cano Barreto, en ignorado paradero, lo siguiente:
"Vista la solicitud de financiación para la adquisición protegida de vivienda ya construida formulada por Ud., se le requiere de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 1.186/1998, de 12 de junio (B.O.E. nº 152, de 26.6.98) sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001, y artículo 9 del Decreto Territorial 242/1998, de 18 de diciembre (B.O.C. nº 6, de 13.1.99) por el que se regula la gestión de las medidas de financiación protegida en materia de vivienda y suelo para el Plan 1998-2001, para adjuntar a la misma certificación registral, certificado del catastro, declaración de la renta del año 1997, desglose del precio de la vivienda, trastero y garaje, declaración jurada y libro de familia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente de la notificación del presente, advirtiéndole que de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa en este sentido, de conformidad con los artículos 71 y 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 2001.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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