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BOC Nº 076. Miércoles 20 de Junio de 2001 - 901

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

901 - ORDEN de 7 de junio de 2001, por la que se distribuye el Fondo de Compensación contemplado en el artículo 8.3 del Decreto 287/1997, de 10 de diciembre, que establece los criterios de distribución de las dotaciones presupuestarias destinadas a cofinanciar las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales a gestionar por los Ayuntamientos de Canarias.

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El artículo 8 del Decreto 287/1997, de 10 de diciembre, por el que se establecen los criterios de distribución de las dotaciones presupuestarias destinadas a cofinanciar las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales gestionadas por los Ayuntamientos de Canarias, determina los criterios para la valoración y selección de los distintos proyectos elaborados por los Ayuntamientos.

El punto 3 del citado artículo 8 establece que los remanentes en poder de los Ayuntamientos, al finalizar cada ejercicio económico, serán compensables, en el siguiente ejercicio, a través de un Fondo de Compensación cuya distribución y asignación serán efectuadas por el Consejero competente en materia de servicios sociales.

En su virtud, de conformidad con la referida normativa y con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- El Fondo de Compensación instituido en el Decreto 287/1997, de 10 de diciembre, se distribuye y asigna, con los criterios determinados en su artículo 8, a los Ayuntamientos que no dispongan de remanentes del pasado ejercicio económico, en la forma que figura en el anexo a la presente Orden.

Artículo 2.- Las asignaciones del Fondo de Compensación serán incluidas en las resoluciones de concesión de las dotaciones presupuestarias destinadas a cofinanciar las prestaciones básicas.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de junio de 2001.

EL CONSEJERO DE EMPLEO

Y ASUNTOS SOCIALES,

Marcial Morales Martín.

Ver anexos - páginas 7784-7786

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