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BOC Nº 097. Miércoles 1 de Agosto de 2001 - 1113

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

1113 - ORDEN de 17 de julio de 2001, por la que se aprueba la integración provisional de Dña. Carmen Dolores Padrón Peña en el Cuerpo Auxiliar (Grupo D), de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Examinado el expediente administrativo tramitado en la Dirección General de la Función Pública para la integración en el Cuerpo Auxiliar de la Comunidad Autónoma de Canarias de los funcionarios que hayan accedido a desempeñar puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias (B.O.C. nº 94, de 28.7.00).

Visto el informe-propuesta remitido por la Consejería de Turismo y Transportes referido a la integración en el Cuerpo Auxiliar de la Comunidad Autónoma de Canarias de Dña. Carmen Dolores Padrón Peña.

Vista la Orden del Consejero de Sanidad y Consumo de 28 de marzo de 2000 (B.O.C. nº 41, de 3.4.00), por la que se resuelve parcialmente la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación de puestos de trabajo en la Consejería de Sanidad y Consumo efectuada por Orden de la Consejería de Presidencia de 19 de enero de 2000, en la que se designa a la funcionaria Dña. Carmen Dolores Padrón Peña para desempeñar el puesto número de R.P.T. 140201001 denominado Secretaria de Alto Cargo, localizado en Las Palmas de Gran Canaria.

Vista la Orden de 13 de junio de 1989 (B.O.C. de 23 de junio de 1989), por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de funcionarios en los Cuerpos y Escalas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias (B.O.C. nº 94, de 28.7.00), establece que los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, de otras Comunidades Autónomas y de las corporaciones locales de Canarias que hayan accedido a desempeñar puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma, mediante los sistemas de provisión de puestos legalmente establecidos, quedarán integrados en la Función Pública Canaria, y de acuerdo con las normas establecidas en la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley.

Segunda.- De acuerdo con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, quedarán integrados en la función pública de la Administración autonómica y en alguno de los Cuerpos o Escalas creados en la Disposición Adicional Primera, todos los funcionarios transferidos y asumidos por ésta o que pudiesen serlo en el futuro.

Tercera.- Según esta Disposición Transitoria Primera, apartado Uno D): "En el Cuerpo Auxiliar se integran los funcionarios pertenecientes al Cuerpo Auxiliar de la Administración del Estado y todos aquellos funcionarios a los que les fue exigido, para su ingreso en el Cuerpo o Escala de origen, la titulación académica requerida en esta Ley para el ingreso en el Grupo D y desempeñan funciones previstas para este Cuerpo en la Disposición Adicional Segunda".

Cuarta.- Dña. Carmen Dolores Padrón Peña tiene la condición de funcionaria de carrera, perteneciente al Cuerpo General Auxiliar de la Administración Civil del Estado, nombrada por Orden de la Presidencia del Gobierno el 26 de julio de 1979.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica,

R E S U E L V O:

Uno.- Aprobar la integración provisional de la funcionaria de carrera Dña. Carmen Dolores Padrón Peña, en el Cuerpo Auxiliar de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dos.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que la interesada pueda formular reclamaciones durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, aportando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (punto 5º de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 13 de junio de 1989, B.O.C. de 23 de junio, por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por ésta, en los Cuerpos y Escalas de la misma, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria).

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de julio de 2001.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

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