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Visto el expediente iniciado por Resolución de esta Dirección nº 2.327, de 2 de agosto de 2001, para la contratación del servicio de referencia.
Resultando que, mediante Resolución nº 3.063, de 5 de octubre de 2001, se aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Gasto, así como se procedió a dar inicio al procedimiento de adjudicación del contrato.
Resultando que, concluido con fecha 27 de octubre de 2001, el plazo de presentación de ofertas por parte de los licitadores, sin que se hubiese presentado oferta alguna para participar en el procedimiento.
Resultando que, con fecha 5 de noviembre de 2001, se reunió la Mesa de Contratación designada, recogiéndose en el acta elaborada al efecto que no se presentó ninguna oferta, de acuerdo con los certificados emitidos por los Negociados de Registro del ICFEM en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, y proponiendo a esta Dirección que se declare desierto el concurso.
Considerando lo establecido en el artº. 88 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y demás normas de aplicación.
En razón de lo expuesto, el Director del ICFEM, en el uso de las facultades que le atribuye el artº. 10.2.d) de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación del ICFEM, modificada por la Ley 6/1996, de 30 de diciembre, en relación al contrato de referencia,
R E S U E L V E:
Declarar desierto el contrato del Servicio de vigilancia para las dependencias del ICFEM en Santa Cruz de Tenerife, Las Palmas de Gran Canaria, Oficinas ACE Tenerife, Oficinas ACE Gran Canaria y Centros de Formación Ocupacional Los Realejos y Lomo Apolinario, en razón de la ausencia de ofertas.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de noviembre de 2001.- El Director, Diego Miguel León Socorro.
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