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El/la Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 5.
HACE SABER: que en los autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:
El Ilmo. Sr./a. D./Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de esta capital y su Partido, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente:
SENTENCIA
En los presentes autos de juicio incidental sobre menor cuantía, registrado bajo el nº 0000541/2000, en virtud de demanda formulada por D./Dña. Fervik, S.A., representado por el Procurador/a Dña. Pilar Fernández de Misa Cabrera, contra D. Raúl Enrique Schultzki Muñoz, Julia Clemente Barrera y Gran Hogar, S.L., declarado/a judicialmente en rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de Fervik, S.A. contra Gran Hogar, S.L. y D. Raúl Enrique Schultzki Muñoz, debo condenar y condeno a éstos a abonar solidariamente a la entidad actora la suma de ochocientas cinco mil ocho (805.008) pesetas, más el interés legal de dicha suma desde la interposición de la demanda y 2/3 de las costas causadas a la actora.
Se desestima la demanda dirigida contra Dña. Julia Clemente Barrera, absolviéndola de todas las pretensiones contra ella deducidas, debiendo alzarse de forma inmediata el embargo trabado sobre sus bienes y condenando a la entidad actora a abonar las costas que se le hubieren causado.
Notifíquese esta resolución que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación en ambos efectos para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días a partir de la notificación, mediante escrito que se presentará ante este Juzgado para su admisión previa.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y expido el presente para que sirva de notificación a la parte demandada cuyo último domicilio se desconoce.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2001.- El/la Secretario/a.
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