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Habiendo sido intentada de manera infructuosa, la notificación del requerimiento para la aportación a este Centro Directivo de documentación necesaria para la tramitación de la ayuda solicitada para la adquisición de vivienda ya construida sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, dirigido a D. Marco Antonio Gutiérrez Cárdenas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General,
R E S U E L V E:
Notificar a D. Marco Antonio Gutiérrez Cárdenas, en ignorado paradero, lo siguiente:
"Vista la solicitud de financiación para la adquisición protegida de vivienda ya construida formulada por Ud., se le requiere de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 1.186/1998, de 12 de junio (B.O.E. nº 152, de 26.6.98), sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001 y artículo 9 del Decreto Territorial 242/1998, de 18 de diciembre (B.O.C. nº 6, de 13.1.99), por el que se regula la gestión de las medidas de financiación protegida en materia de vivienda y suelo para el Plan 1998-2001, para adjuntar a la misma certificación registral, certificado de superficie útil de vivienda y garaje, certificado del catastro, declaración de la renta, declaración jurada, desglose del precio de venta de la vivienda y el lavadero, fotocopia del D.N.I. y libro de familia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente de la notificación del presente, advirtiéndole que de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución expresa en este sentido, de conformidad con los artículos 71 y 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 2002.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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