BOC - 2002/035. Lunes 18 de Marzo de 2002 - 320

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad y Consumo

320 - Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Humanos.- Resolución de 7 de marzo de 2002, por la que se acuerda la suspensión de los procesos selectivos para la cobertura de plazas básicas vacantes de Auxiliar Administrativo convocados por diversas Resoluciones de 26 de abril de 2000 (B.O.C. nº 55, de 4 de mayo), de las Direcciones Gerencias de Hospitales, Gerencias de Servicios Sanitarios y Gerencias de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud.

Descargar en formato pdf

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 14 de abril de 2000 (B.O.C. nº 51, de 26 de abril), la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud autoriza la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas básicas de diversas categorías de personal estatutario, vacantes en los niveles de Atención Primaria y de Atención Especializada de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial y orgánico de dichos órganos, y se aprueban las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias.

Segundo.- De conformidad con la autorización conferida por la Resolución citada en el antecedente anterior, por Resoluciones de 26 de abril de 2000 (B.O.C. nº 55, de 4 de mayo), de las Direcciones Gerencias de Hospitales, Gerencias de Servicios Sanitarios y Gerencias de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud, se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas básicas vacantes de diversas categorías de personal estatutario (entre las que se encuentra la de Auxiliar Administrativo) adscritas a dichos órganos, a celebrar en el ámbito de las citadas Gerencias.

Tercero.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas, el 28 de abril de 2001 se celebró de forma simultánea para todas las Direcciones Gerencias de Hospitales, Gerencias de Servicios Sanitarios y Gerencias de Atención Primaria, el segundo ejercicio de la fase de oposición, de contenido idéntico para todos los aspirantes con independencia de la Gerencia por la que concurrieran.

Cuarto.- El 25 de enero de 2002 se publicaron en los tablones de anuncios de cada una de las Direcciones Gerencias y Gerencias convocantes Acuerdos de los respectivos tribunales calificadores, en los que se contenían las calificaciones del citado ejercicio.

Quinto.- Contra los actos de los tribunales calificadores identificados en el antecedente de hecho anterior, interponen recurso de alzada los siguientes interesados:

Contra las calificaciones del Tribunal de la Dirección Gerencia del Hospital de Gran Canaria Doctor Negrín:

Acosta Sánchez, Miguel A.; Alberto Delgado, José B.; Alvarado Montesdeoca, Isabel María; Alvarado Quintana, Estrella; Arencibia Galindo, Lourdes; Arencibia Galindo, Lourdes; Benítez Armas, Encarnación; Brito Rodríguez, María del Carmen; Cabrera Dámaso, Emma T.; Cabrera Gonzáez, Ángel; Casmas Santos, María Patrocinio; Castillo Suárez, Ángela Isabel; Ceballos Santana, Manuel; Curbelo Marrero, María Pilar; Duchement González, Agustín; Estupiñán Ramírez, Brígida; Fernández de la Reguera Muñoz, María Auxiliadora; García Cabrera, María Isabel; García Domínguez, Sandra; García Mateo, Monserrat; García Vega, Jesús; Gil Bolaños, Lucía; González Díaz, María Luisa; González González, Eduardo; González Vega, Lidia; González Vera, Juan; Guillén Sosa, Cristina; Gutiérrez Reyes, María del Pilar; Hernández Díaz, Carmen; Hernández Jorge, América R.; Herrera Domínguez, Encarnación; Higueras Contreras, Virginia; Jiménez Fleitas, Isolina; King Tray, Sonia María; Lorenzo Cardoso, Carmen; Manzano Santiago, María del Pino; Marrero Santana, Lucía; Martín García, Juan; Martín Pérez, Nieves; Martín Vega, María; Matas Gutiérrez, Beatriz; Mateo Rodríguez, Encarnación; Medina García, Rosa Delia; Miranda Saavedra, Luisa; Molina Pérez, Jerónimo; Monzón Hoyos, María Ángeles; Moreno Díaz, Carmen Rosa; Moreno Henríquez, Ana María; Navarro García, María Dolores; Ojeda Segura, Josefa María del Carmen; Ortega González, Rosa Delia; Paredes Morín, Alberto; Paz Medina, Rafaela de la; Quevedo Jiménez, María Isabel; Quevedo Toledo, Esperanza; Quintana Abino, Catalina; Quintana González, María Isabel; Rodríguez Díaz, Yolanda; Rodríguez Ramírez, Mercedes; Rodríguez Vega, Fabiola; Roncacio Medina, Tatiana; Sánchez Torres, Ángela; Santana Ponce, Rosa María; Santana Rivero, Esther; Santana Sánchez, Jerónimo; Santana Suárez, Teresa; Santos Báez, José Francisco; Silva Cabrera, Inmaculada; Silvente Iniesta, Encarnación; Suárez Suárez, Juana de Dios; Torrejón Gutiérrez, Raquel; Viera Vega, Gregorio.

Contra las calificaciones del Tribunal de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Materno-Infantil Insular:

Abad Dorta, Josefina; Armas Lorenzo, María Socorro; Castellano Falcón, Carmen Delia; González González, Josefa; González Grueso, Alejandro; León Santana, Sergio; Machín Trujillo, María Rosario; Martel Rodríguez, Begoña; Medina Cruz, María Luisa; Perera Vega, Jesús; Pestana Rodríguez, Juana Isabel; Ramírez Granados, Pureza; Rodríguez Curbelo, Carmen Rosa; Sánchez Santana, Rosario; Santana Galván, Ángeles Naira; Santana González, Encarnación.

Contra las calificaciones del Tribunal de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Nuestra Señora de la Candelaria-Ofra:

Abreu Hernández, Benito; Abreu Polo, Juan Tomás; Acosta Hernández, Rosa Esther; Alonso Fariña, María Nieves; Alonso Pérez, Urbelio; Ayala Galán, María Anunciación; Barreto Rodríguez, Rosa E.; Cabrera Concepción, Socorro; Cabrera Rodríguez, Marina; Castro Torres, Ana Isabel; Climent Fernández, Amparo; Concepción Díaz, María Milagros; Correa Álvarez, Cristina Celia; Cosano Abad, Milagros; Cuadrado González, María Soledad; Díaz Díaz, María Jesús; Díaz Martín, Mercedes; Dorta Canino, Carmen Dolores; Dorta Canino, Carmen Dolores; Elías Pérez, Dolores; Felipe Pérez, María de las Nieves; Fernández Rodríguez, Ana Rosa; Galván García, Balbina; García Delgado, María Regla; García Hernández, Ana Adelaida; García Sosa, Rosa María; García Vera, Francisco; Gómez Armas, María Lourdes; Gómez Sánchez, María Isabel; González Duarte, Carmen Rosa; González Flores, Mercedes; González González, Ángeles; González Lugo, Gloria María; González Ramos, Eugenia; González Rosado, María Arabia; González Sánchez, Silvia; Gorrín Hernández, Rosa María; Guillén Martín, María del Carmen; Gutiérrez Padilla, Laurencia; Gutiérrez Santana, María del Pino; Gutiérrez Tejera, José Luis; Hernández González, Mercedes Ana; Hernández Hernández, María del Cristo; Hernández Matesanz, Nieves Rosa; Hernández Pérez, Juan; Hernández Pérez, María del Carmen; Hernández Plasencia, María del Pilar; Hernández Urrutia, Carlos E.; Herrera Barreto, José Domingo; Herrera Hernández, Isabel; Hormiga Concepción, Celestino M.; Jiménez Cámara, Raquel Iwoni; Jiménez García, Marta; Lorenzo Triana, Eugenio; Luis Siverio, Isabel; Madico Quesada, Eloísa; Marrero Alonso, María Soledad; Marrero Benítez, Elvia; Martín Cárdenes, Juana María; Martín Dorta, María Socorro; Martín Pérez, Rosa María; Martín Ruiz, Nuria Esther, Medina Suárez, Encarnación Mayka; Méndez Correa, Elsa Dolores; Méndez Correa, María Ángeles; Mendoza González, María Jesús; Montelongo Dorta, María del Carmen; Morón Hernández, Vicente Manuel; Moujir Moujir, Hiam; Navarro Arzola, Rosa María; Negrín Plasencia, María Antonia; Núñez Yanes, María Dolores; Orihuela Martínez, Juan Ramón; Padrón Armas, Juana; Paz Rodríguez, Carmen; Peraza Sanz, María del Pilar; Peraza Sanz, Rosa María; Perera Melián, Petra; Pérez Castellano, Carmen T.; Pérez Pérez, Pura Concepción; Quintero López, María del Mar; Ramos Delgado, Carmen; Ramos González, Cristina D.; Ravelo Rodríguez, María Candelaria; Rodríguez Bencomo, María Germana; Rodríguez Brito, María Nieves; Rodríguez Daroca, María Mercedes; Rodríguez Expósito, María Ángeles; Rodríguez Hernández, María Elena; Rodríguez Peña, Sandra; Rodríguez Pérez, María Elena; Rodríguez Rodríguez, María del Cristo; Rosa Expósito, María Concepción de la; Rosa Melián, María del Rosario de la; San Blas Camacho, Aurora Violeta; San Juan Brito, Ana María; Santana González, Mercedes; Santiago Hernández, María Ángeles; Torres Torres, María Teresa; Tudela Alonso, Juana María; Valladares Negrín, Rosalina; Vera Bacallado, Mercedes; Yumar González, Rosa María.

Contra las calificaciones del Tribunal de la Gerencia de Atención Primaria de Tenerife:

Afonso Rodríguez, Ana Rosa; Álamo Yanes, Griselda; Alonso Delgado, María Fermina; Alonso Gordillo, Otilia Pilar; Arbelo Seguro, Marina; Arteaga Estrada, Rosa María; Barreto López, Ana María; Batista González, Francisco Javier; Bautista Yanes, Carmen Dolores; Bencomo Luis, Guadalupe; Bencomo Luis, Guadalupe; Betancort Brito, Carmen; Betancort Brito, Carmen G.; Borges Rivero, Dolores; Castellano Leandro, Marianela; Castellano Leandro, Marucela; Castilla Padilla, Antonia; Cervós Delgado, Carlos; Correa Armas, Josefa; Cruz Concepción, Carmen; Delgado Díaz, Candelaria; Delgado Díaz, María Candelaria; Delgado Pérez, Jorge A.; Díaz Bencomo, Luz Marina; Díaz Casañas, Alberto; Díaz Díaz, Felipa Juana; Díaz Díaz, María Candelaria; Díaz Fernández, Pilar; Díaz Manzano, María Dolores; Díaz Rodríguez, Ana María; Díaz Rodríguez, María Yolanda; Díaz Rodríguez, Yolanda; Díaz Ruiz, Elisa; Domínguez Hernández, Rosa I.; Domínguez Rocha, María Gloria; Domínguez Rodríguez, Manuel; Dorta Hernández, María Concepción; Dorta Velázquez, Ana Rosa; Escobar Sánchez, María Dolores; Flores González, Camen María; Flores González, Carmen María; Fuentes de Armas, María del Buenviaje; Fuentes Fernández, Candelaria M.; Fuentes Hernández, Candelaria M.; Galván Gabina, María Goretti; Galván Gabino, María Goretti; García Jerónimo, María Teresa; García Pérez, Juana Olga; Gaspar Medina, María del Carmen; Geara Méndez, Mercedes; Gómez Gómez, Juana; Gómez Gómez, Juana Ordorica; Gómez González, María Concepción; Gómez López, Rosa María; Gómez Sánchez, María Isabel; González Alonso, Leonor; González de la Cruz, María Esther; González Fajardo, Trinidad; González González, María Asunción; González Morales, María Jesús; González Perera, María del Carmen; González Pérez, Ángela María; González Ramblado, María Mercedes; González Rodríguez, María Candelaria; González Zarza, María Carmen; Gorrín Aguiar, Juan Antonio; Gorrín Aguilar, Francisco; Guillermo García, María Marta; Hernández García, Dominga; Hernández Gutiérrez, Filomena; Hernández Gutiérrez, María Candelaria; Hernández Martín, Juan Ciro; Hernández Martín, Rosario; Hernández Montañez, Ana; Hernández Rodríguez, Ana María; Hernández Rodríguez, Juan Jesús; Hernández Suárez, Nieves; Herrera Toledo, María Jacquelín; Jorge Rodríguez, Santiago; Labrador Díaz, Ana María; Lechado Delgado, Eduardo Francisco; Lechado Pérez, Teresa; León Álvarez, Felicia de; León García, María del Cristo; León Pereira, Ana Margarita; Llanos Domínguez, Eladia Nieves; López Cairós, Belén; Lorenzo Rodríguez, María Candelaria; Luis Cruz, María Miriam; Luis Felipe, Amelia Rosa; Machín Ramos, Carmen Delia; Marrero Acosta, María de los Ángeles; Marrero Lugo, María Eugenia; Marrero Pérez, Beatriz Elena; Martín Cruz, Cristina; Martín Martín, María Jesús; Martín Rodríguez, Carmen María; Martínez López, Mercedes Mayra; Martínez López, Mercedes Mayra; Medina Izquierdo, Emma Olga; Medina Izquierdo, Emma Olga; Medina Pérez, María Ángeles; Miranda López, María Virtudes; Molina López, Carmen Rosa; Palacios López, María Isabel; Palenzuela Ramos, Cristina; Palmero Perera, Juan; Paz Coello, Paulina; Peraza Goya, María Candelaria; Pérez Bastida, Pilar; Pérez Díaz, María José; Pérez González, María Rosa; Pérez Hernández, Yolanda; Pérez Mesa, Carlos; Pérez Pérez, Elena; Pérez Rodríguez, Isabel M.; Pérez Rodríguez, María Sandra; Pérez Rodríguez, María Teresa; Rama Iglesias, Amalia; Ramallo Piña, E. Pilar; Ramallo Piña, Pilar; Ramos García, Ana María; Ramos Guanche, Constanza; Reyes Jorge, Andrea Milagros; Rivera Rodríguez, Dolores; Rivera Rodríguez, María Dolores; Rodríguez Gorrín, María Esther; Rodríguez Hernández, María Agustina; Rodríguez Rivero, Lourdes; Rodríguez Toledo, Carmen María; Romero Rosa, María Auxiliadora; Rosa Barreto, María Lourdes de la; Rosa Reyes, Carmen Luisa; Rosa Trujillo, Juana de la; Rosado Rodríguez, Gladys; Santana Robayna, Jorge; Socas Hernández, Begoña del Carmen; Sosa González, María de los Ángeles; Suárez Gutiérrez, María Nieves; Tavaret Perdomo, Cristina; Thovar Gómez de Agüero, Rosalía; Torres Robles, María Salomé; Yanes Yanes, Matilde.

Contra las calificaciones del Tribunal de la Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria:

Báez Suárez, María Josefa; Benito Moreno, María Teresa; Brito Pérez, Manuel David; Burgos Sánchez, María Isabel; Castro Hernández, Rosa Inmaculada; Déniz Hernández, Escolástica; Díaz Hernández, Araceli E.; Espino Sánchez, Ana María; Estupiñán Sánchez, Isabel; Fleitas Sosa, María Catalina; García Díaz, Dolores; González González, María Carmen; González González, María Jesús; Hidalgo Torres, Josefa D.; Jerez Domínguez, Eugenia; Junquera Brito, Irene; Lorenzo Vega, Magnolia; Ojeda Santana, Laura; Padrón Nóbrega, Antonio M.; Ramírez Castro, Antonia; Rivero Travieso, Olivia; Rodríguez del Valle, José Canino; Rodríguez Santana, Eduvigis; Salom González, Rosa María; Sánchez Méndez, Víctor M.; Sánchez Silvera, María Victoria; Santos Vega, Soraya; Thirlavay Aparicio, Rosa María; Torres Cruz, María E.

Contra las calificaciones del Tribunal de la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma:

Alonso Hernández, Rosario; Cabrera Cabrera, José Ángel; Cabrera Hernández, María Victoria; Cabrera Hernández, María Victoria; Castañeda Pérez, Víctor M.; Concepción Barreto, María Teresa; Concepción Barreto, María Teresa; Cordovez Camacho, Fátima; Cordovez Camacho, María Fátima; Díaz Bethencourt, María Carmen; Díaz Bethencourt, María Carmen; Díaz Morera, Nieves; Díaz Morera, Nieves; Felipe Lorenzo, Nieves María; Fernández Guerra, Concepción María; Fernández Pérez, María Ángeles; Fernández Pérez, María Ángeles; Ferraz Hernández, Olga Irene; Ferrer Galeote, Pilar; Ferraz Hernández, Olga Irene; Francisco Peña, Nieves María; García León, Ana Rosa; García Martín, Nieves María; García Montero, Emilia Sofía; García Montero, Emilia Sofía; González Hernández, Silvia María; Guerra Hernández, María Ángeles; Guzmán Reyes, Ana Isabel; Hernández Acosta, María Ángeles; Hernández González, María Ilma; Hernández Pérez, Magdalena; Hernández Ventura, María del Pilar; Herrera Barreto, M. Nolia; Herrera Barreto, María Nolia; Leal Henríquez, M. Inmaculada; Leal Heríquez, María Inmaculada; Lorenzo Bethencourth, María Mercedes; Lorenzo Expósito, María Jesús; Lorenzo Francisco, María del Mar; Lorenzo Lorenzo, Ana Lourdes; Lorenzo Lorenzo, Ana Lourdes; Lorenzo Machín, Nieves María; Lugo Acosta, Álvaro; Lugo Acosta, Álvaro José; Luis Pérez, Isabel María; Luis Pérez, Isabel María; Mantas Cervera, Ángeles; Marante Pérez, María Verónica; Marante Pérez, María Verónica; Martín Gómez, Elena; Martín González, María Dolores; Martín Marichal, Nicasia N.; Martín Marichal, Nicasia Nicanora; Martín Paulino, María Zeneida; Medina Pérez, María Teresa; Medina Sangil, Carmen Dolores; Miranda Pérez, Nieves Rosa; Miranda Pérez, Nieves Rosa; Molina Reyes, Alba; Núñez Fernaud, María José; Paz Expósito, Laurencia Elsa; Paz Expósito, Laurencia Elsa; Pérez Concepción, Carmen Asunción; Pérez González, María Angustias; Pérez González, María Angustias; Pérez Lorenzo, Jesús María; Pérez Lorenzo, María Jesús; Pérez Rodríguez, Concepción María; Pérez Rodríguez, Concepción María; Pérez Rodríguez, María Fructuosa; Pérez Rodríguez, María Ofelia; Pino Granado, María Gloria; Remedios Martín, Ángeles Rosa; Remedios Martín, Ángeles Rosa; Reyes Pérez, María Ángeles; Rodríguez Expósito, Juana Esther; Rodríguez González, Carmen Nieves; Rodríguez Hernández, Carlos Jesús; Rodríguez Hernández, María Nieves; Rodríguez Pérez, Carlos; Rodríguez Pérez, Carlos; Rodríguez Rodríguez, María Teresa; Sánchez Pérez, María Sagrario; Sanjuan Rodríguez, Lourdes; Sanjuan Rodríguez, Lourdes; Sanjuan Rodríguez, Teresa; Sanjuan Rodríguez, Teresa de Jesús; Toledo Sangil, Pilar María; Vargas Díaz, María Nieves; Vargas Pérez, Luz Irene; Vargas Pérez, Luz Irene; Vargas Pérez, M. Margarita; Vargas Pérez, María Margarita; Yanes González, Rosalía.

Contra las calificaciones del tribunal de la Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote:

Cabrera Betancort, Laura; García Corujo, Inmaculada; Guadalupe Cabrera, Dunia Esther; Hernández Hernández, Ginés; León Bermúdez, María Goretti de; Perdomo Perdomo, Teresa.

Contra las calificaciones del tribunal de la Gerencia de Servicios Sanitarios de El Hierro:

Fleitas González, María Aleida; Mora Hernández, Araceli; Morales Gutiérrez, Juana Reyes; Padrón Morales, Lucrecia Ana; Pérez Rodríguez, María Reyes; Quintero Padrón, María Candelaria; Saavedra Rodríguez, Francisco Agustín.

Contra las calificaciones del tribunal de la Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura:

Martín Soto, Guadalupe; Moracos Rodríguez, María Ángeles; Morales Sánchez, Yolanda N.

Contra las calificaciones del tribunal de la Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera:

Padilla Cubas, Manuela; Ramos Melián, Lidia; Rodríguez Herrera, Blanca N.

En todos los recursos citados anteriormente, se solicita la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artº. 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que "El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión", lo que ocurre en el presente caso, por lo que se ha procedido a acumular los recursos interpuestos por los recurrentes mencionados en el antecedente de hecho Quinto de esta Resolución.

Segundo.- El artº. 107.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece que "Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición."

Por su parte, el artº. 114.1 del mismo texto legal dispone que "Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 107.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó."

Continúa el citado precepto señalando que "A estos efectos, los tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones Públicas y cualesquiera otros que, en el seno de éstas, actúen con autonomía funcional, se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o, en su defecto, del que haya nombrado al presidente de los mismos."

En este caso, si bien los distintos tribunales calificadores actúan en el ámbito de cada una de las Gerencias convocantes, los miembros de aquéllos han sido designados por la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, por lo que es este último el órgano competente para resolver los recursos de alzada que se interpongan contra actos de los tribunales calificadores, siendo competente además para resolver sobre las solicitudes de suspensión de la ejecución de los actos recurridos.

Dicha competencia aparece recogida de forma expresa en el apartado 4 de la base decimoséptima de las bases generales comunes, al establecer que "Contra los actos de los Tribunales Calificadores que reúnan los requisitos señalados en el apartado 1 de esta base, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos, a interponer en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente."

Tercero.- En esta Resolución se decide únicamente acerca de la suspensión de la ejecución de la resolución impugnada solicitada por los recurrentes, estando pendiente de cumplimiento el trámite de audiencia a otros posibles interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artº. 112 de la LRJPAC.

La posibilidad de suspender la validez y eficacia del acto administrativo viene definida en el apartado 2 del artículo 111 de la Ley 30/1992, que indica lo siguiente:

"El órgano a quien compete resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causa al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto impugnado, podrá suspender la ejecución del acto impugnado, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación;

b) Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 62.1 de esta Ley".

Cuarto.- Respecto de la exigencia de ponderación entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causaría a los recurrentes como consecuencia de la eficacia inmediata del acto impugnado, el Tribunal Supremo, en sendos Autos de 19 y 23 de febrero de 1987, vino a declarar lo siguiente:

"El ejercicio de la facultad de suspensión se enfrenta siempre con un conflicto de intereses que debe ser resuelto con la decisión que la meditada y racional valoración de dichos intereses contrapuestos revela ser la de menos efectos perjudiciales, onerosos y perturbadores dentro del contexto global de la situación jurídica creada por el acto administrativo cuya ejecución se solicita sea suspendido; y en este planteamiento concreto en los presentes autos resulta indudable que en la alternativa de autorizar un acuerdo aprobatorio de un procedimiento selectivo de concurso-oposición que caso de ser declarado nulo daría lugar a dejar sin efecto alguno de los resultados del mismo con los graves perjuicios que de ello se derivarían para las personas seleccionadas en el mismo tras pasar los diversos ejercicios de que consta; o en la de retrasar ese procedimiento selectivo hasta el momento en que se declare la legalidad del acto administrativo que lo constituye, esta segunda solución se manifiesta más prudente y equilibrada en cuanto se supone una simple demora, y además comporta una situación menos violenta y más soportable para los propios futuros interesados en el concurso oposición y también para el propio Ayuntamiento convocante, que la de someter a ambos al riesgo de las anulaciones a que antes hemos hecho referencia con sus derivaciones económicas de toda índole. Esta es además la doctrina que viene manteniendo el Tribunal Supremo en análogas cuestiones, de la que puede ser exponente el Auto de su Sala IV del pasado mes de junio."

Quinto.- En cuanto a las circunstancias a las que se refiere el artículo 111.2 de la Ley 30/1992, cuya concurrencia se debe dar para poder acordar la suspensión de la ejecutividad del acto recurrido, cabe señalar que con fecha de 3 de diciembre de 2001 se emitió informe por el Servicio de Régimen Jurídico de Personal y Relaciones con las Organizaciones Sindicales de esta Dirección General, en relación con los recursos de alzada interpuestos en su día contra el citado ejercicio, recursos que fueron inadmitidos por resolución de este Órgano, basada en un informe de la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, que entendió que la celebración de la prueba no es más que la concreción material en que se traduce una previsión en las bases de la convocatoria, y que por tanto, sólo aparecería el acto administrativo susceptible de impugnación cuando se valorara y se hiciera público su resultado.

No obstante, en el informe emitido por la mencionada Unidad se apreciaba un motivo de nulidad de la prueba celebrada, por vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad. Como quiera que nos encontramos ante recursos que son consecuencia de la misma actuación de los tribunales calificadores, y dado que en algunos de ellos se alega el mismo motivo de nulidad tenido en cuenta en su día en el citado informe, es por lo que se puede entender, sin entrar en la cuestión de fondo, que existe un motivo de nulidad lo suficientemente evidente como para proceder a la suspensión del acto recurrido.

Sexto.- En sentencias de los titulares de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo números 1 y 2 de Las Palmas de Gran Canaria, de 24 y 30 de abril de 2001 respectivamente, se señala lo siguiente:

"Tanto en vía de recurso administrativo, como en sede jurisdiccional, la suspensión de la ejecutividad del acto administrativo recurrido, es una medida provisional y precautoria que se inserta dentro de la facultad suspensiva que concede la Administración el artº. 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo y que no puede calificarse de acto resolutorio definitivo porque su propia naturaleza y finalidad cautelar y accesoria limita su duración a la que tenga el expediente principal del cual trae causa.

Por tal razón no es posible separar la solicitud de medida cautelar del proceso principal de forma tal que la suspensión de los actos administrativos, tanto en vía administrativa como jurisdiccional sólo puede adoptarse en el mismo recurso en que se examina la legalidad del acto principal cuya suspensión se solicita, dado que si no, pudiera producirse el contrasentido de que en un proceso se dictara una sentencia estimatoria de la suspensión y en otro la legalidad del acto recurrido, teniendo como hemos dicho aquella primera sentencia una vigencia temporal limitada, posibilidad extraña a nuestras normas procesales y de consecuencias imprevisibles por la posibilidad de contradictorios e irreconciliables pronunciamientos."

En consonancia con lo establecido en las citadas sentencias se entiende que contra la resolución dictada acordando la suspensión de un acto administrativo recurrido no cabe la interposición de recurso alguno.

Séptimo.- El artículo 11.5 de la citada Ley 30/1992 establece que "Cuando el recurso tenga por objeto la impugnación de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, la suspensión de su eficacia habrá de ser publicada en el periódico oficial en que aquél se insertó."

En virtud de lo expuesto de forma razonada y motivada,

R E S U E L V O:

Primero.- Acumular los recursos de alzada interpuestos por los recurrentes a los que se refiere el antecedente de hecho quinto de esta Resolución, a los únicos efectos de resolver sobre la solicitud de suspensión formulada por aquéllos.

Segundo.- Estimar la solicitud de suspensión de los actos recurridos, identificados en el antecedente de hecho cuarto, y, en consecuencia, acordar la suspensión de los procesos selectivos en curso convocados por las Resoluciones referidas en el antecedente de hecho segundo.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en los tablones de anuncios de los órganos convocantes.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de marzo de 2002.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.



© Gobierno de Canarias