Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 083. Miércoles 19 de Junio de 2002 - 906

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

906 - Viceconsejería de Pesca.- Resolución de 20 de mayo de 2002, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de subvenciones a conceder a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar para sus gastos corrientes.

Descargar en formato pdf

Por Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 15 de marzo de 2002 (B.O.C. nº 38, de 25.3.02), se convocaron subvenciones para gastos corrientes de las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar.

El punto segundo de la base sexta establece, entre otros aspectos, que en su caso se requerirá al interesado, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, para que, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde la publicación del requerimiento, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por lo anterior, esta Viceconsejería de Pesca, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo que se acompaña, para que en el plazo de diez días, contados a partir del día de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que se dictará en los términos del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.- Proceder a publicar la presente Resolución y anexo en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de 2002.- El Viceconsejero de Pesca, Manuel Fajardo Feo.

Ver anexos - página 10597

ota: documentación solicitada, según la numeración de los párrafos en la base 4 de la Orden de 15 de marzo de 2002 (B.O.C. nº 38, de 25.3.02).

A) Documentación general: (puntos del 1 al 6).

A.1. Cédula de Identificación Fiscal (C.I.F.) de la/s entidad/es solicitante/s.

A.2. Documento Nacional de Identidad (D.N.I./N.I.F.) del representante que actúa en nombre de la entidad solicitante.

A.3. Certificado expedido por la entidad que acredite la adopción del acuerdo por el órgano competente.

A.4. Balance económico de ingresos y gastos del año 2001.

A.5. Relación de miembros de la entidad, según anexo II.

A.6. Relación de capturas del ejercicio anterior, desglosadas por especies según anexo III.

B) Documentación específica:

B.1) Gastos de funcionamiento: (puntos del 1 al 2).

B.1.1. Relación de facturas desglosadas, cuantificadas en número e importe por concepto según se dispone en el anexo IV.

B.1.2. Facturas originales de los gastos subvencionables, según lo establecido por la normativa vigente.

B.2) Gastos derivados de la gestión técnica y administrativa: (puntos del 1 al 7).

B.2.1. Relación del personal contratado y sus funciones en el año 2001.

B.2.2. Impreso debidamente cumplimentado, según anexo V.

B.2.3. Documentación identificativa (D.N.I./N.I.F., C.I.F., dirección, etc.) del profesional o empresa contratada.

B.2.4. Contrato laboral o prestación de servicios suscrito entre ambas partes, en el que se deben fijar las contraprestaciones del mismo.

B.2.5. Nóminas del ejercicio 2001 o facturas expedidas por el prestatario del servicio, con la acreditación bancaria de su pago.

B.2.6. Certificado de la Seguridad Social, o documentos TC-1 y TC-2 de la empresa del ejercicio 2001.

B.2.7. Certificación de la Agencia Tributaria, o modelo 110 de la Agencia.

B.3) Mejora de la profesionalización de las Entidades asociativas pesqueras: (puntos del 1 al 3).

B.3.1. Memoria explicativa y justificativa de la acción subvencionada, importe total del coste, financiación prevista y plazo de su ejecución.

B.3.2. Relación de facturas desglosadas, cuantificadas en número e importe por concepto, según anexo IV.

B.3.3. Facturas.

© Gobierno de Canarias