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BOC Nº 083. Miércoles 19 de Junio de 2002 - 1956

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1956 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 22 de abril de 2002, del Director, relativo a notificación de requerimiento de documentación a Administraciones Cofer, S.L.L.- Expte. nº 47/98.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Administraciones Cofer, S.L.L. del requerimiento nº 42653, de fecha 18 de febrero de 2002, cuyo tenor literal es el siguiente:

"En relación con la subvención concedida a la entidad Administraciones Cofer, S.L.L., en virtud de la Resolución nº 2311 del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo de fecha 2 de diciembre de 1998, de las previstas en las bases 30ª y siguientes, Subprograma B: Subvenciones para inversión en capital fijo, de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), cúmpleme comunicarle lo siguiente:

Teniendo en cuenta que lo establecido en el resuelvo cuarto, apartados 3 y 4, de la citada Resolución de concesión, se especifica que la entidad beneficiaria vendrá obligada:

1.- A no enajenar o ceder los bienes objeto de subvención durante un plazo no inferior a cinco años, salvo que se trate de bienes amortizables en un período inferior, en cuyo caso la obligación comprenderá como mínimo dicho plazo de amortización.

2.- Asimismo, deberá presentar certificado acreditativo del mantenimiento de los bienes en el inventario de la entidad cuando se cumpla el tercer y quinto año desde la fecha de alta en éste.

Que a la fecha del presente requerimiento no se ha aportado la documentación justificativa en relación al tercer año, y a la que hacen referencia los preceptos anteriormente indicados.

Por todo ello se le requiere para que en plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remitan a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente:

- Certificado de la empresa del alta de la inversión objeto de subvención en el inventario de la misma, según modelo que puede recabar a estos efectos del Instituto Canario de Formación y Empleo.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Mediante este documento se notifica a D. Fernando Luis Bonilla Cabrera, en representación de la entidad Administraciones Cofer, S.L.L., el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99).- Santa Cruz de Tenerife, a 18 de febrero de 2002.- El Jefe de Servicio de Promoción a la Economía Social, Adolfo Faleh Pérez."

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de abril de 2002.- El Director, p.d., el Subdirector de Promoción de la Economía Social (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), Antonio Pérez Acosta.

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