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BOC Nº 096. Lunes 15 de Julio de 2002 - 1048

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1048 - ORDEN de 10 de julio de 2002, por la que se da publicidad a los anexos de la Orden de 3 de julio de 2002, que establece las bases generales y específicas y efectúa convocatoria para la concesión de ayudas económicas y subvenciones institucionales, anuales y plurianuales, en el área de protección del menor y la familia, para 2002.

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Vista la Orden Departamental de 3 de julio de 2002, por la que se establecen las bases generales y específicas y se efectúa convocatoria para la concesión de ayudas económicas y subvenciones institucionales, anuales y plurianuales, en el área de protección del menor y la familia, para el año 2002.

Vista su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 94, de 10 de julio.

Visto que la citada Orden contempla varios anexos que, por error, no se incluyeron en la publicación de la misma.

En su virtud, el Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en uso de la competencia que le atribuye el artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, y al amparo de lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- La publicación en el Boletín Oficial de Canarias de los anexos a la Orden de 3 de julio de 2002, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 94, de 10 de julio, por la que se establecen las bases generales y específicas y se efectúa convocatoria para la concesión de ayudas económicas y subvenciones institucionales, anuales y plurianuales, en el área de protección del menor y la familia, para el año 2002.

Artículo 2.- El plazo de presentación, de quince días hábiles, que se establece en la base general quinta, apartado cinco, de la Orden de 3 de julio de 2002, empezará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, a elección del interesado, recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la referida publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que sea procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2002.

EL CONSEJERO DE EMPLEO

Y ASUNTOS SOCIALES,

Marcial Morales Martín.

Ver anexos - páginas 12234-12287

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