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BOC Nº 114. Lunes 26 de Agosto de 2002 - 1253

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

1253 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 9 de agosto de 2002, que da publicidad a las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención, clase 1ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención, clase 1ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 1 de agosto de 2002, se convoca concurso para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención, actualmente vacante por jubilación de su anterior titular, y se aprueban las bases que regirán dicho proceso.

2º) Mediante Resolución de esta Dirección General, de 3 de noviembre de 2000, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 151, de 17 de noviembre de 2000, se clasificó el puesto objeto de la presente convocatoria como puesto a proveer por el sistema de libre designación.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 28.2 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que la convocatoria de puestos para su provisión por libre designación corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y remisión a la Dirección General de la Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en que ha sido publicada. El citado Centro Directivo dispondrá la publicación, cada mes y con carácter regular, del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Segunda.- Corresponde a esta Dirección General el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, número 2, letra f), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto 116/2001, de 14 de mayo (B.O.C. nº 64), modificado parcialmente por el Decreto 15/2002, de 25 de febrero (B.O.C. nº 32, de 11.3.02).

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Único.- Dar publicidad a la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención, clase 1ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, cuyas bases, aprobadas por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 1 de agosto de 2002, se transcriben a continuación:

"1.- Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para cubrir por el sistema previsto en el artículo 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el puesto de Interventor, Subescala de Intervención-Tesorería, Clase Primera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

2.- Características del puesto.

2.1. El puesto a cubrir se encuentra incluido en la plantilla de puestos de trabajo aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 30 de novimebre de 2001.

2.2. El complemento de destino asignado a este puesto es el correspondiente al nivel 30 y su sistema de provisión el de libre designación.

2.3. El complemento específico mensual fijado para este puesto en el presupuesto para el año 2002 es de 2.857,14 euros.

3.- Requisitos.

3.1. Serán requisitos indispensables para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto en caso de ser nombrado:

3.1.1. Estar integrado en la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior y no encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Estar inhabilitado o suspendido en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, sin haber transcurrido el tiempo señalado en ella.

b) Estar destituido en virtud del artículo 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

c) Estar en situación de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a la misma.

4.- Convocatoria.

4.1. La convocatoria será remitida por la Alcaldía a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de la Comunidad Autónoma Canaria, al objeto de que proceda a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

4.2. Asimismo se dispondrá su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

5.- Solicitudes.

5.1. Las solicitudes en las que los interesados deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas para participar en el concurso, se dirigirán al Ilustrísimo señor Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General de la Corporación, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La presentación de instancias podrá realizarse igualmente en la forma que determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

5.2. Junto con las solicitudes, los aspirantes acompañarán su currículum vitae en el que constarán los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto y su acreditación documental.

6.- Resolución.

El Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación procederá en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo del mes siguiente a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de la Función Pública para su anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

7.- Plazo posesorio.

El plazo posesorio y la toma de posesión del puesto se ajustará a lo establecido en los artículos 23 y 24 del Real Decreto 1.732/1994.

8.- Norma supletoria.

Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y demás disposiciones concordantes.

9.- Impugnación.

Contra las presentes bases podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de las mismas, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada. Todo ello de conformidad con el vigente tenor de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que pueda ejecutarse otro recurso que se estime pertinente."

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de agosto de 2002.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

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