Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 138. Miércoles 16 de Octubre de 2002 - 3312

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

3312 - Dirección General de Ganadería.- Anuncio de 2 de octubre de 2002, relativo a notificación de la Resolución de 23 de septiembre de 2002, de este Centro Directivo, que modifica parcialmente el anexo I (Expedientes Estimados) de la Resolución de 26 de junio de 2002, por la que se resuelve la convocatoria para este ejercicio, de las subvenciones destinadas a la Modernización de Explotaciones Ganaderas de Canarias, previstas en la Orden de 14 de marzo de 2002.

Descargar en formato pdf

Vista la Resolución de fecha 26 de junio de 2002 de la Dirección General de Ganadería que resuelve el procedimiento correspondiente a la convocatoria de las subvenciones para el ejercicio 2002, destinadas a la Modernización de Explotaciones Ganaderas de Canarias y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En la citada Resolución que pone fin a la vía administrativa, en su anexo I (Expedientes Estimados), se detalla junto a los beneficiarios de dicha subvención, la inversión aprobada, descripción de la inversión, el porcentaje de subvención aplicado y el importe de subvención directa.

Segundo.- En los casos de D. Felipe Valladares Díaz y D. José Manuel Guerra Pérez, se ha detectado que el importe total de la inversión aprobada no coincide con la suma real de los conceptos subvencionados, viéndose también afectado el importe de subvención directa.

Tercero.- en el caso de Dña. María Guayedra Brito Morales, no fue contemplado entre las inversiones subvencionables un almacén para material apícola, el acceso al mismo y un aljibe, siendo estas inversiones subvencionables por esta línea de actuación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que corresponde a la Dirección General de Ganadería la competencia para resolver la referida convocatoria, así como la competencia para llevar a cabo las modificaciones necesarias, acordes con lo establecido en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Que teniendo en cuenta los hechos anteriormente enunciados y que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 26 del citado Decreto 337/1997, procede la modificación de la Resolución nº 209, de fecha 26 de junio de 2002, por la que se resuelve la convocatoria para este ejercicio, de las subvenciones previstas en la Orden de 14 de marzo de 2002.

Por todo lo anteriormente expuesto, vistas las disponibilidades presupuestarias existentes y en virtud de las atribuciones que me han sido legalmente conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar parcialmente el anexo I de la Resolución nº 209, de fecha 26 de junio de 2002, correspondiente a Expedientes Estimados, en los Puntos 93, 192 y 214 y conceder a estos beneficiarios, que ascienden a un total de tres, las subvenciones por el importe y para las actuaciones previstas en el mismo, correspondientes al porcentaje sobre el presupuesto aprobado.

Segundo.- Ampliar el crédito inicialmente retenido para esta convocatoria, que se detraerá de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2002, conforme al siguiente desglose:

- Aplicación Presupuestaria 13.11.714L.770.21, P.I.L.A. 02713L01: 8509,84 euros.

Tercero.- Los beneficiarios citados en el anexo I, parcialmente modificado, deberán comunicar la aceptación expresa de la subvención concedida y aportar la documentación señalada en el apartado 1.b) de la base 7, a lo cual está condicionada la efectividad de la citada subvención, en el plazo máximo de 30 días a contar desde el día siguiente de la notificación de la presente. En caso de que no se aporte dicha documentación en el referido plazo, quedará sin efecto la subvención concedida.

Que se notifique a los interesados que esta Resolución, en caso de proceder, pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición, ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2002.- El Director General de Ganadería, Juan Gabriel de la Fuente Perdomo.

Ver anexos - página 17036

© Gobierno de Canarias