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BOC Nº 147. Lunes 4 de Noviembre de 2002 - 3552

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

3552 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 1 de octubre de 2002, relativa al Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias para la introducción en el Convenio de una Disposición Transitoria Quinta.

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Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias para la introducción en el Convenio de una Disposición Transitoria Quinta, y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero y 1.033/1984, de 1 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre depósito y registro de Convenios Colectivos y el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95), modificado por el Decreto 138/2000, de 10 de julio (B.O.C. nº 108, de 7.8.00), esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro Oficial de Pactos, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer asimismo su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2002.- El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA LA INTRODUCCIÓN EN EL CONVENIO DE UNA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.

En Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2002, se reúnen las personas abajo firmantes, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, al objeto de estudiar una propuesta de inclusión en el Convenio Colectivo de una Disposición Transitoria relativa al personal Celador Guardamuelles y Oficiales de Puertos afectado por la creación de Puertos Canarios aprobándose la propuesta y quedando la redacción definitiva de la disposición transitoria quinta en los términos siguientes:

"El celador Guardamuelles y los Oficiales de Puertos que en el momento de la constitución del Organismo Autónomo Puertos Canarios, sean personal laboral de la Comunidad Autónoma Canaria podrán reingresar a esta Administración con preferencia sobre el excedente voluntario y sin la obligación de participar en concursos de traslados a las siguientes categorías profesionales del Grupo III: Auxiliar de Inspección pesquera, Encargado y Técnico Especialista.

También podrán acceder a aquellas categorías del Grupo III para cuyo desempeño se exija una titulación específica y los referidos trabajadores estén en posesión de la misma."

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2002.- La Administración: Viceconsejero de Administración Pública, Directora General de la Función Pública. Comité Intercentros.

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