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BOC Nº 160. Lunes 2 de Diciembre de 2002 - 3920

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

3920 - EDICTO de 8 de noviembre de 2002, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de desahucio nº 0000114/2000.

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Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de desahucio, bajo el número 0000114/2000, seguidos a instancias de D./Dña. Visocan, representado por el Procurador Dña. Elena Rodríguez Azero, y dirigido por el Letrado D./Dña. Desconocido, contra D./Dña. Cristino Febles González, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: 1º) Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A. contra Juan Cristo Febles González.

2º) Se declara resuelto, por falta de pago de las rentas, el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en esta ciudad, calle Zumaya, portal 2, 1ºC (actualmente calle la Grulla) y de la plaza de garaje identificada como G:12 que le corresponde a la mencionada vivienda como anexo vinculado.

3º) Se condena al demandado a dejar la referida finca libre, vacua y expedita a disposición de la actora, con apercibimiento de que se procederá a su lanzamiento si no lo verifica en el plazo legalmente establecido.

4º) Las costas procesales se imponen al demandado.

Contra esta resolución se puede interponer recurso de apelación que deberá prepararse por escrito ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 2002.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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