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BOC Nº 005. Lunes 10 de Enero de 2005 - 30

III. Otras resoluciones - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

30 - Viceconsejería de Educación.- Resolución de 27 de diciembre de 2004, por la que se convoca selección de centros docentes públicos y concertados para su participación en el desarrollo de la segunda fase del Proyecto Medusa.

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El Parlamento de Canarias, en sesión plenaria de fecha 28 de marzo de 2001, aprobó la Resolución consecuencia del debate del "Plan para el desarrollo de la sociedad de la información Canarias Digital", diseñado por el Gobierno, en el que se establecen las líneas básicas para introducir y optimizar las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, en adelante TIC, en Canarias.

En el punto 5º de la citada Resolución el Parlamento hace énfasis en el importante papel del sistema educativo en el logro de los objetivos propuestos y encarece al Gobierno a aportar los recursos presupuestarios necesarios.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, ha considerado prioritario la implantación de las TIC en los centros escolares de Canarias, incorporando esta acción en el documento del Pacto por la Educación.

Este proceso de implantación está motivado, fundamentalmente, por la importancia que tienen las TIC como instrumentos de gran utilidad e impulsoras de los procesos de cambio en los centros educativos en su vertiente pedagógica, didáctica y de organización y gestión de los mismos.

El uso de TIC se debe incluir en todas las etapas educativas, considerándolas como instrumentos básicos para conseguir una educación de calidad que permita afrontar los retos del nuevo contexto educativo, procurando cambios en la metodología y en el desarrollo de contenidos de carácter instrumental, lingüístico, científico, tecnológico, estético, así como de valores que contribuyan a la formación integral del alumnado.

En los diseños de los currículos, las Tecnologías de la Información y de la Comunicación tienen un importante papel en su orientación en la utilización de estas tecnologías como instrumentos valiosos que generan situaciones creativas de comunicación, de aprendizaje y de ampliación del conocimiento en las distintas áreas curriculares.

Es en la Educación Primaria donde el alumnado deberá, dependiendo de cada ciclo, conocer las TIC, utilizarlas como recurso didáctico, dominarlas para realizar proyectos de trabajo y, en definitiva, adquirir una cultura básica digital antes finalizar la mencionada etapa, sin olvidar el importante papel de estos medios para el alumnado con necesidades educativas especiales.

Como continuación del Plan de integración de las TIC en los centros educativos de Canarias y con el fin de que todos los centros dispongan de recursos informáticos para una integración efectiva de TIC en las aulas, como recursos e instrumentos didácticos, de tal forma que faciliten la comunicación, el acceso a contenidos y recursos bibliográficos, y que permitan adaptar los procesos educativos a la era digital.

Por todo lo anteriormente expuesto y, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 305/1991 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar la selección de centros docentes públicos y concertados que impartan las enseñanzas correspondientes de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria, Centros Específicos, Enseñanzas de Régimen Especial y de Educación de Personas Adultas para su participación en el desarrollo del plan y completar la incorporación de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación en los entornos escolares.

Segundo.- Los centros que deseen acogerse a la presente convocatoria deberán presentar la siguiente documentación en formato impreso y electrónico (La documentación se relaciona en el anexo I y se específica en el apartado segundo).

A) Solicitud de participación dirigida a Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación (anexo II).

- Certificación de la Secretaría del centro acreditativa del acuerdo favorable del Claustro.

- Certificación de la Secretaría del centro acreditativa del acuerdo del Consejo Escolar del centro aprobando la participación en la presente convocatoria.

B) Documentación complementaria.

- Acreditación de la pertenencia del centro al Programa "Centro de atención preferente".

- Acreditación de que el centro ha desarrollado proyectos de innovación e investigación educativa relacionados con Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) en los últimos 4 años.

- Acreditación de que el centro participa o ha participado en otros proyectos de mejora en el resto de las diferentes modalidades en los últimos 4 años.

- Acreditación de que el centro participa en proyectos europeos.

C) Datos del Profesorado.

- Datos del Coordinador/a (anexo IV).

- Relación nominal del profesorado participante en el Proyecto donde consten los datos según modelo que se incluye en el anexo III.

D) Propuesta de uso de TIC en el centro (anexo V).

- Breve descripción de actividades educativas que se tiene previsto realizar para integrar las TIC en el desarrollo del currículo.

- Otras actividades relacionadas con las necesidades educativas especiales, biblioteca.

- Propuesta de actividades con la implicación de la comunidad escolar (padres/madres, asociaciones, ...).

E) Recursos (anexo VI).

- Infraestructura actual del centro.

- Espacios para el equipamiento.

- Formación del profesorado.

Tercero.- La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de los siguientes compromisos:

Por parte del centro educativo seleccionado:

- Participación de profesorado del centro con representación de todas las etapas ciclos en el período de ejecución del Proyecto.

- Participación y colaboración en el Plan de Seguimiento que se establezca desde la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y por el Equipo Evaluador del Proyecto Medusa.

- Difundir entre todos los miembros de la comunidad escolar las acciones llevadas a cabo en la ejecución del Proyecto.

- Asistencia por parte del profesorado implicado en el Proyecto a las actividades de formación y perfeccionamiento que se programen desde el mismo.

- Facilitar el seguimiento y evaluación de las experiencias que se lleven a cabo, así como hacer entrega de cuanta documentación le sea requerida.

- Velar por el correcto uso y mantenimiento del material con el que se dote al Centro y procurar el uso educativo de los equipamientos informáticos (incluido el acceso a Internet).

- Inventariar el material que se entregue al centro como consecuencia de la participación en el Proyecto Medusa.

- Disponer de espacios suficientes para alojar los equipamientos. Cada centro educativo deberá disponer, entre otros, de un espacio para alojar servidores y demás elementos necesarios para el correcto funcionamiento de la Red local que se instale, de un aula de recursos TIC y de otros espacios que faciliten una eficaz integración de las TIC en el centro.

- Colaborar con el Área de Infraestructuras y Equipamientos del Proyecto Medusa en todo lo relativo a la administración y gestión de la red local, de equipamientos instalados y aplicaciones instaladas, así como cumplir con los procedimientos de seguridad establecidos.

- Designar un profesor o profesora encargado de realizar las tareas de coordinación con el Proyecto Medusa. El coordinador o coordinadora deberá ser funcionario de carrera con destino definitivo en el centro y tener conocimientos en la utilización de recursos tecnológicos.

Por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes:

- Dotar a los centros seleccionados con los equipamientos e infraestructuras de comunicaciones necesarios para la instalación de una red local en el centro y los equipamientos que le correspondan.

- Ofertar al profesorado y a la comunidad educativa actividades de formación que les permitan desarrollar de forma efectiva el plan diseñado y conseguir los objetivos propuestos en el mismo, en sintonía con los también previstos en el Proyecto Medusa.

- Realizar el asesoramiento pedagógico, en colaboración con los Centros del Profesorado, que se precise para el óptimo desarrollo del Plan de integración.

- Desarrollar, promover, impulsar y apoyar el desarrollo de contenidos, así como proyectos y actuaciones de innovación e investigación educativa en los centros.

- Realizar el mantenimiento técnico de los equipamientos entregados y de aquellos, que por sus características, definan en su momento los responsables de Infraestructuras y Equipamientos del Proyecto Medusa. Dicho mantenimiento se realizará de acuerdo con las normas y procedimientos que se arbitrarán en el momento de su puesta en funcionamiento.

- Gestionar las líneas de comunicaciones con la Dirección General de Tecnologías de la Información.

Cuarto.- El plazo de presentación de solicitudes y documentación complementaria será de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación oficial de la presente convocatoria.

Las solicitudes con toda la documentación solicitada deberá presentarse en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en cualquiera de sus sedes de Las Palmas de Gran Canaria, calle León y Castillo, 57, 4ª planta, código postal 35003, o de Santa Cruz de Tenerife, calle José de Zárate y Penichet, 4, Edificio Arco Iris, Residencial Anaga, 38003-Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, se podrán entregar en las Oficinas Insulares de Educación o dependencias contempladas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiéndose comunicar en este supuesto vía fax [nº (928) 384022] la solicitud fechada y sellada por el registro de entrada correspondiente.

Quinto.- Para la selección de los centros se constituirá una Comisión de Selección presidida por el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue e integrada por los siguientes miembros:

- El Director del Proyecto Medusa.

- Un representante de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

- Un representante de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

- Un representante de la Dirección General de Promoción Educativa.

- Un representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

- Un representante de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

- Un funcionario de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa que actuará como secretario, con voz y sin voto.

La Comisión de Selección estará asistida por una Comisión Técnica de asesoramiento constituida por los siguientes miembros:

4 coordinadores del Proyecto Medusa.

2 representantes del Servicio de Informática de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

3 representantes de Centros del Profesorado.

Sexto.- Para la selección de los centros se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

- Coherencia, viabilidad y adecuación de las actividades propuesta en el uso de TIC para su desarrollo en el centro.

- Organización y funcionalidad de los espacios en los que se propone ubicar los equipamientos.

- Implicación efectiva y número de profesorado de las etapas y ciclos.

- Propuestas de participación de la comunidad escolar en el desarrollo del Proyecto.

- Haber desarrollado en los últimos cuatro años proyectos de innovación e investigación educativa relacionados con las TIC.

- Haber participado en otros proyectos de mejora en el resto de las diferentes modalidades en los últimos 4 años.

- Estar desarrollando en la actualidad Proyectos Europeos.

Tendrán preferencia en el proceso de selección y de valoración los proyectos presentados por centros educativos:

- Centros participantes en el proyecto "La enseñanza activa de las matemáticas en Educación Primaria".

- Centros participantes en el proyecto "Aprendizaje activo en lengua extranjera".

- Centros de atención preferente.

- Centros con instalación de conexión por satélite (VSAT).

- Dos Centros vinculados a las acciones de respuesta educativa experimental del Programa para la Atención Educativa al Alumnado de Altas Capacidades de Canarias.

- Centros que colaboren en el proyecto P.I.S.T.A.

Séptimo.- Una vez valorados los proyectos presentados, por la Comisión de Selección se elevará propuesta de centros seleccionados por orden de puntuación para su aprobación definitiva por el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes y su publicación oficial mediante orden departamental.

Octavo.- La incorporación de los centros seleccionados al Plan de integración de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación en los centros, se hará en función del orden de puntuación, de las disponibilidades de dotación y equipamiento y de criterios de planificación y organizativos que para una mejor ejecución del Proyecto pueda establecer esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Noveno.- El Equipo de Coordinación del Proyecto Medusa establecerá el procedimiento para llevar a cabo el seguimiento de las actividades programadas, así como de cualquier otro extremo relacionado con la integración de las TIC en los centros seleccionados.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de diciembre de 2004.- El Viceconsejero de Educación, Fernando Hernández Guarch.

Ver anexos - páginas 547-556

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