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De conformidad con lo que establece la base quinta de la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión de un puesto de trabajo vacante con reserva en la Secretaría General Técnica de esta Consejería en Las Palmas de Gran Canaria, mediante contratación laboral temporal de un Conductor-Subalterno (Grupo IV), efectuada por Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial de 12 de enero de 2005 (B.O.C. nº 15, de 24.1.05), resulta procedente designar a los miembros del Tribunal Calificador de dichas pruebas según lo dispuesto en el artículo 13 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias,
R E S U E L V E:
1.- Designar miembros titulares y suplentes del Tribunal Calificador expresado, a las siguientes personas:
PRESIDENTE.
Titular: Dña. María del Carmen Pérez Expósito, funcionaria de carrera (Grupo A), Cuerpo Superior Administradores, Escala Administradores Generales, Jefa de Servicio de Contratación Administrativa de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Suplente: Dña. Blanca Rodríguez Rodríguez-Franco, funcionaria (Grupo A), Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, Escala de Gestión General, Jefa de Servicio Oficina Presupuestaria, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Vocal-Secretario.
Titular: Dña. Consuelo Fernández Otero, funcionaria de carrera (Grupo C), Cuerpo Administrativo, Jefa Sección Registro y Administración General de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en representación de la Dirección General de la Función Pública.
Suplente: D. Constantino Manuel Alonso Rodríguez, funcionario de carrera (Grupo A), Jefe de Sección Contratación Administrativa de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en representación de la Dirección General de la Función Pública.
Vocal 1º:
Titular: D. Eugenio Sicilia Brito, funcionario de carrera (Grupo C), Jefe de Sección de Medios Auxiliares, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Suplente: D. Indalecio Eugenio Domínguez Fernández-Lynch, personal laboral, Conductor-Subalterno (Grupo IV), de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Miembros designados por la representación de los trabajadores.
Vocal 2º:
Titular: Dña. Carmen Gloria Torres Estupiñán, personal laboral (Grupo I) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Suplente: Dña. Teresa González Ramos, personal laboral, Administrativo (Grupo III) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Vocal 3º:
Titular: Dña. Anastasia Hernández Alemán, personal laboral (Grupo I) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
Suplente: Dña. Catalina Molina del Toro, personal laboral, Administrativo (Grupo III), Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.
2.- Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente se podrá ejercer el derecho de recusar contra los miembros del Tribunal Calificador previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2005.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.
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