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BOC Nº 057. Miércoles 22 de Marzo de 2006 - 367

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía y Hacienda

367 - ORDEN de 28 de febrero de 2006, por la que se modifican los modelos 415 de declaración anual de operaciones económicas con terceras personas, 416 de declaración anual de operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, y 452 de declaración de entregas de combustibles exentas del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.

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A fin de realizar diversas adaptaciones es necesario modificar los modelos 415 de declaración anual de operaciones económicas con terceras personas, 416 de declaración anual de operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, y 452 de declaración de entregas de combustibles exentas del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.

En su virtud y conforme a lo establecido en el artículo 5.2 del Decreto 192/2000, de 20 de septiembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones económicas con terceras personas, el artículo 5.2 del Decreto 81/2004, de 22 de junio, por el que se regula la declaración anual de operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio y se modifica el Decreto 192/2000, de 20 de septiembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones económicas con terceras persona, y el artículo 5 del Decreto 34/2002, de 8 de abril, por el que se aprueban las normas de desarrollo del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, en la redacción dada por el artículo 2.Uno del Decreto 34/2003, de 10 de marzo,

D I S P O N G O:

Uno.- Se modifica la Orden de 17 de abril de 2001, por la que se aprueba el modelo 415 de declaración anual de operaciones con terceras personas en pesetas y euros, así como las condiciones y los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador, en los siguientes términos:

1. El modelo 415 "Declaración anual de operaciones con terceras personas en pesetas y euros" contenido en el anexo II de la citada Orden quedará como figura en el anexo I de la presente Orden.

2. El diseño físico y lógico que figura en el anexo III de la citada Orden, al que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador para su presentación en sustitución de las hojas interiores de personas o entidades relacionadas, correspondientes al modelo 415 quedará como figura en el anexo II de la presente Orden.

Dos. Se modifica la Orden de 10 de noviembre de 2004, por la que se aprueba el modelo 416 de declaración anual de operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, se determina su lugar de presentación, los diseños físicos y lógicos a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador y se modifica la Orden de 17 de abril de 2001, por la que se aprueba el modelo 415 de declaración anual de operaciones con terceras personas en pesetas y euros, así como las condiciones y los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador, en los siguientes términos:

1. El dispositivo sexto quedará redactado del modo siguiente:

"Sexto. Los obligados tributarios o presentadores podrán presentar declaraciones complementarias o sustitutivas, haciendo constar si se trata de una u otra modalidad, con la finalidad de completar o reemplazar las presentadas con anterioridad."

2. El modelo 416 de declaración anual de operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, contenido en el anexo I de la citada Orden quedará como figura en el anexo III de la presente Orden.

3. El diseño físico y lógico que figura en el anexo II de la citada Orden, al que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador para su presentación en sustitución de las hojas interiores de personas o entidades relacionadas, correspondientes al modelo 416 quedará como figura en el anexo IV de la presente Orden.

Tres. Se modifica el modelo 452 de declaración de entregas de combustibles exentas del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias contenido en el anexo de la Orden de 20 de octubre de 2003, que quedará como figura en el anexo V de la presente Orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única.- En uso de la atribución contenida en la Disposición Final Primera del Decreto 192/2000, de 20 de septiembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones económicas con terceras personas, la remisión a la Administración Tributaria Canaria de la información a que se refiere dicho Decreto, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus organismos autónomos de carácter administrativo, se podrá efectuar por procedimientos electrónicos y telemáticos.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- Durante el año 2006 el modelo 415 de declaración anual de operaciones con terceras personas también se podrá presentar en el formato vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.

Segunda.- Aquellas agencias de viajes que marquen las claves F o G en el apartado de Resumen del modelo 415 declaración anual de operaciones con terceras personas y que tengan la obligación de relacionar a más de veinticinco personas, podrán presentar dicha declaración, correspondiente al año 2005, en soporte papel.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Ello no obstante, los modelos 416 y 452 aprobados mediante la presente Orden afectarán por primera vez a las declaraciones referidas a la información correspondiente al año 2006, presentándose las correspondientes al año 2005 en los modelos vigentes con anterioridad a la presente Orden y, caso de ser necesario elaborar durante el año 2006 ejemplares de estos modelos 416 y 452, se confeccionarán ajustados a la nueva imagen corporativa de la Administración Tributaria Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de febrero de 2006.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Carlos Mauricio Rodríguez.

Ver anexos - páginas 5460-5503

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