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BOC Nº 102. Viernes 26 de Mayo de 2006 - 1786

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1786 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 5 de mayo de 2006, por el que se hace pública la notificación a D. José González Rodríguez, de la Resolución que deniega la ayuda destinada al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar, por encontrarse en ignorado paradero.

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La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales ha resuelto con fecha 4 de enero de 2006 lo que textualmente se dice:

"Visto el expediente PMD2005TF00220 de solicitud de concesión de ayuda destinada al cuidado de las personas mayores dependientes en su hogar, iniciado por D. José González Rodríguez y en atención a los siguientes

HECHOS

Primero.- Que con fecha 11 de julio de 2005, D. José González Rodríguez presenta solicitud de concesión de ayuda económica con destino al cuidado de la persona mayor dependiente en su hogar D. José González Rodríguez.

Segundo.- La solicitud se presenta al amparo de lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales de 27 de mayo de 2005 por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de ayudas destinadas al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar y se efectúa la convocatoria para el 2005.

Tercero.- Examinada la solicitud y la documentación acompañante aportada por D. José González Rodríguez, se acredita que la petición de ayuda no puede ser atendida, al no cumplir en su totalidad la/s condición/es o requisito/s necesario/s exigido/s en la Orden reguladora, según se detalla a continuación: base 12ª, punto dos, en relación con la base segunda: el efecto estimatorio de la ayuda está condicionado a las disponibilidades presupuestarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La denegación de la ayuda está fundamentada en lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales de 27 de mayo de 2005 (B.O.C. nº 112, de 9 de junio), por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de ayudas destinadas al cuidado de las personas mayores dependientes en su hogar y se efectúa la convocatoria para el 2005.

Segundo.- Es competencia de la titular de la Dirección General de Servicios Sociales la Resolución de denegación de la ayuda, en virtud de delegación expresa de la titular de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales efectuada en el apartado tres de la base duodécima contenida en la citada Orden de 27 de mayo de 2005.

Por todo cuanto antecede,

R E S U E L V O:

Denegar la solicitud de ayuda destinada al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar solicitada por D. José González Rodríguez, por no cumplir el/los requisito/s o condiciones establecidos a tal fin en la Orden de 27 de mayo de 2005 de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, y que se detalla en el hecho tercero de la presente Resolución.

Notifíquese la presente Resolución al interesado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses; ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, sin perjuicio del ejercicio, por parte del/de la interesado/a, de cualquier otra acción que estime conveniente a su derecho.

De optarse por la interposición del recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo."

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de mayo de 2006.- La Directora General de Servicios Sociales,p.d., el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228), Jesús M. Coello Gil.

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