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BOC Nº 111. Viernes 9 de Junio de 2006 - 1951

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1951 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 22 de mayo de 2006, relativo a la renovación del mandato del Colegio de Árbitros de Elección Sindical de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Vista la notificación de U.G.T. y CC.OO. sobre renovación del mandato del Colegio de Árbitros de Elección Sindical de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Resultando: que el 28 de abril y 9 de mayo de 2006 los representantes de las referidas organizaciones sindicales comunican a la Autoridad Laboral la adopción de acuerdo de los sindicatos sobre composición del Colegio Arbitral de elecciones sindicales en los términos siguientes:

"Por el presente, en nombre y representación de la Unión General de Trabajadores de Canarias (U.G.T.), de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.), de acuerdo con lo que se establece en la Ley 9/1997 y demás normas que lo regulan y desarrollan, le notificamos que por acuerdo unánime de los Sindicatos comparecientes, se modifica la composición del Colegio Arbitral de Elecciones Sindicales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los siguientes términos:

Se designan como nuevos Árbitros para la provincia de Las Palmas a: D. José Luis Berna Márquez, D. Francisco Ortega Pérez, Dña. Teresa Báez Martín, D. Manuel Carlos Martel Revuelta y para la provincia de Santa Cruz de Tenerife a: D. Vicente Navarro Marchante, D. Gregorio Albardía García-Portillo, D. Carlos Garbanzo García Ibarolla, Dña. Dulce Cairos Barreto.

La designación de estos nuevos Árbitros contemplada en el apartado c) se realiza dado el carácter de mínimos que establece el artículo 32 del Real Decreto 184/1994 y a la vista de la situación de saturación y acumulación de conflictos electorales.

De todo lo cual, se comunica a esa Consejería de Empleo para que en cumplimiento de las competencias que tiene atribuidas en materia de elecciones sindicales, se proceda a formalizar reglamentariamente y a publicar la designación de los Árbitros designados por los Sindicados capacitados para ello."

Resultando: que del análisis de la información disponible en los programas de elecciones sindicales del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC) referido a órganos de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas regulado en la Ley 9/1987, se pone de manifiesto que desde el 28 de abril y 9 de mayo, fechas de los escritos de notificación sindical de los acuerdos sobre árbitros U.G.T.-CC.OO. han obtenido los porcentajes mínimos para acceder a la capacidad representativa.

Considerando: que esta Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre (B.O.C. de 15.12.95), modificado por Decreto 138/2000, de 10 de julio.

Visto los textos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución en materia de árbitros en el proceso electoral para representantes del personal al servicio de las Administraciones Públicas para el Colegio Electoral de Las Palmas de Gran Canaria: D. José Luis Berna Márquez, D. Francisco Ortega Pérez, Dña. Teresa Báez Martín, D. Manuel Carlos Martel Revuelta, y para el de Santa Cruz de Tenerife a D. Vicente Navarro Marchante, D. Gregorio Albardía García-Portillo, D. Carlos Garbanzo García Ibarolla, Dña. Dulce Cairos Barreto.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber el derecho que les asiste a interponer recurso de alzada ante la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, por conductos de esta Dirección General de Trabajo, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de mayo de 2006.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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