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BOC Nº 143. Martes 25 de Julio de 2006 - 2648

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2648 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 10 de julio de 2006, de la Directora, relativo a notificación de resolución teniendo por desistida de su petición de subvención de contratación indefinida I+E a la entidad Leoncio José Navarro Florez.- Expte. nº 25/04 I+E.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de resolución teniendo por desistido de su petición de subvención de contratación indefinida a D. Leoncio José Navarro Florez, de fecha 30 de agosto de 2005, nº 05-38/2031, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: notificación de la Resolución nº 05-38/2031, de 30 de agosto de 2005, de la Directora del S.C.E.

La Ilma. Sra. Directora del Servicio Canario de Empleo (S.C.E.), mediante Resolución nº 05-38/2031, de 30 de agosto de 2005, ha dispuesto lo siguiente:

Propuesta de Resolución por la que se deniega la solicitud de subvención a la entidad Leoncio José Navarro Florez.

Visto el expediente nº 25/04, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante escrito de fecha 10 de junio de 2004, con número de registro de entrada 432628/21114, D. Leoncio José Navarro Florez, provisto del N.I.F. 33960812-R solicita una subvención por contratación indefinida de las previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E.

Segundo.- Este organismo notificó a la entidad interesada Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 05-38/0930 de 12 de mayo de 2005, por la que se resuelve dejar sin efecto la Resolución del Director del citado organismo por la que se procede a la calificación como I+E del proyecto empresarial "Ageem 2000 Interactiva, S.L.", significándole a la entidad que podría interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación de la Resolución.

Tercero.- Consta en el referido expediente la recepción de la citada Resolución, mediante notificación del Servicio de Correos de fecha 25 de mayo de 2005, sin que hasta la fecha se tenga constancia de la presentación de documento alguno.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Es competente para conocer el presente procedimiento la Directora del Servicio Canario de Empleo según recoge el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del S.C.E. (B.O.C. nº 80, de 28.4.03).

Segundo.- Resulta de aplicación a la presente solicitud de subvención, lo previsto en la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999 (B.O.E. de 31.7.99), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28.4.03), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 25 de julio), que modifica los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y establece normas procedimentales, modificado a su vez por los Decretos 172/2001, de 30 de julio y 155/2002, de 24 de octubre.

Tercero.- El artículo 21.1 de la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E, según la corrección de errores de la citada Orden (B.O.E. nº 239, de 6.10.99), establece que los proyectos empresariales y empresas calificadas como I+E son los que podrán solicitar las subvenciones que se recogen en este artículo.

Por cuanto antecede,

PROPONGO:

Primero.- Denegar la solicitud formulada por la entidad D. Leoncio José Navarro Florez, provista del N.I.F. 33960812-R de subvención por contratación indefinida para proyectos y empresas calificados como I+E, por los motivos expuestos en los antecedentes y fundamentos jurídicos.

Segundo.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a la previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Esta es la propuesta que tengo a bien emitir, sin perjuicio de cualquier otra mejor fundada en derecho.- Santa Cruz de Tenerife, a 9 de agosto de 2005.- La Subdirectora de Empleo, María Teresa Covisa Rubio.

Vista la normativa aplicable y en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del S.C.E., conforme se propone, resuelvo, la Directora, Soledad Monzón Cabrera.

Lo que notifico a Vd., en cumplimiento de los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), con la indicación de que se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, sin perjuicio de que la interesada puede ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- Santa Cruz de Tenerife, a 31 de agosto de 2005.- El Jefe de Negociado de Empleo IV, José Juan Expósito Bethencourt."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2006.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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