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BOC Nº 003. Jueves 4 de Enero de 2007 - 44

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

44 - ANUNCIO de 1 de diciembre de 2006, relativo a notificación de iniciación de procedimiento sancionador en materia de transportes.

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Providencia de 1 de diciembre de 2006, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se relacionan, sobre notificación de Resolución de iniciación de procedimiento sancionador.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de transportes.

Órgano competente para resolver y norma que le atribuye competencia: Ilma. Sra. Presidenta del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote según Decreto 159/1994, de 21 de julio (B.O.C. nº 92, de 28.7.94), de transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable, y artículo 34.1.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Que se ha nombrado Instructor de los expedientes sancionadores a D. Pedro M. Fraile Bonafonte que podrá ser recusado conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artº. 210 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, y en el artículo 13, apartado 2º, del Reglamento del procedimiento sancionador, en relación con lo dispuesto en el artículo 16.1 del mismo Reglamento, los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente providencia, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que en el supuesto de no presentar alegaciones la Resolución de iniciación podrá ser considerada Propuesta de Resolución con los efectos que le atribuyen los artículos 18 y 19 del citado texto normativo. Asimismo, tal y como establece el artículo 146.2, párrafo 3º, de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), se informa de que el plazo máximo de tramitación y resolución del expediente sancionador es de un año desde la iniciación del procedimiento. Puede el denunciado reconocer voluntariamente su responsabilidad y hacer efectivo el importe de la sanción en el plazo de quince días siguientes a la notificación del expediente sancionador, en cuyo caso la cuantía pecuniaria de la sanción inicialmente propuesta se reducirá en un 25%, todo ello de conformidad con lo establecido en el artº. 146.3 de la Ley 16/1987, sobre Ordenamiento de los Transportes Terrestres, tras la modificación operada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre.

El plazo máximo de tramitación y resolución del expediente sancionador es de un año desde la iniciación del procedimiento, tal y como establece el artículo 146.2, párrafo 3º de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre). Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido dictada, se entenderá caducado el procedimiento y se procederá al archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar de nuevo el procedimiento, en tanto no haya prescrito la acción de la Administración. Lo que se pone en su conocimiento a los efectos de interrupción del plazo de prescripción y del ejercicio, en su caso, de la facultad de recusación, sin perjuicio de que los nombrados Instructor y Secretario deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento y comunicarlo a su superior jerárquico, de concurrir alguno de los motivos de abstención señalados en el artº. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 132.2 y 29 de la misma.

1) TITULAR: Jorge Hugo Rojas; Nº EXPTE.: GC/30415/0/2006; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: M-0966-NM; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400 euros; HECHO INFRACTOR: carece de tarjeta de transporte. El citado vehículo realiza transporte de un número aproximado de 70 latas de pintura con itinerario según propietario desde la obra Parque Triana (Arrecife) a una obra en Las Coloradas (Playa Blanca). El vehículo es particular y lo usa para trabajar con la empresa Pinturas Decopal (en Valencia).

2) TITULAR: José Lago Pazos; Nº EXPTE.: GC/30376/O/06; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-3771-BY; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400 euros; HECHO INFRACTOR: circular en vehículo ligero, con un furgón, transportando bloques careciendo de la tarjeta de transporte.

3) TITULAR: Josué Sánchez Cordero; Nº EXPTE.: GC/30634/O/06; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: 9616-DHJ; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400 euros; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte privado en vehículo ligero careciendo de autorización. Autónomo-transporta herramientas para reformas, mantenimiento y albañilería-cemento.

4) TITULAR: Juan Cabrera Cabrera; Nº EXPTE.: GC/30590/O/06; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-1892-BZ; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.6, artº. 102 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artº. 157 ROTT; CUANTÍA: 1.501 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías -productos alimenticios con albarán nº 2859-, al amparo de una autorización de mercancías privada complementaria.

5) TITULAR: Juan Cabrera Cabrera; Nº EXPTE.: GC/30591/O/06; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-1892-BZ; INFRACCIÓN artº. 140.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); CUANTÍA: 4.600 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías -productos alimenticios con albarán nº 2859-, con un exceso de peso del 50% (siendo su p.m.a. 3.500 kg y el peso real transportado 5.250 kg).

6) TITULAR: Construmapeca, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30703/P/06; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: 4668-DVF; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400 euros; HECHO INFRACTOR: carecer de tarjeta de transporte, en vehículo ligero, encontrándose el vehículo cargado. No se entrega copia por carecer de boletín. Se le informa de que va a ser denunciado.

7) TITULAR: Lanzarote Espectáculos, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30651/P/2006; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2070-CL; INFRACCIÓN: artº. 141.13, artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 1.001 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte x.p.c. -mixto privado complementario- en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa correspondiente. Transporta material (musical y tres personas con el conductor sin justificar TC-1 y TC-2 con la empresa).

8) TITULAR: José Manuel Antelo Silva; Nº EXPTE.: GC/30462/O/06; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: GR-0219-AK; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte de mercancías, en vehículo ligero, desde Teguise hasta Arrecife, transportando un cargamento de escombros, careciendo de la autorización administrativa correspondiente.

9) TITULAR: Serv. y Ccio. de Lanzarote, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30734/I/06; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-4705-AY; INFRACCIÓN: artº. 141.4 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); CUANTÍA: 1.851 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías -productos de alimentación-, en vehículo ligero, con exceso de peso (4.300 kg; 22,86%, siendo el p.m.a. de 3.500 kg).

10) TITULAR: John Arthur W., Sheriston; Nº EXPTE.: GC/30632/P/06; POBLACIÓN: Yaiza (Lanzarote); MATRÍCULA: 8726-CYV; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.9, artículos 47 y 90 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41, 109 y 123 ROTT; CUANTÍA: 1.501 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público discrecional de 4 viajeros -cuyos datos aparecen en la denuncia que se adjunta- desde el aeropuerto a Playa Blanca: Las Margaritas, 15, B, en vehículo de hasta 9 plazas, careciendo de autorización administrativa para ello.

11) TITULAR: Altagracia Fomento de Obras, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30547/O/06; POBLACIÓN: Puerto del Rosario (Fuerteventura); MATRÍCULA: 4466-DHF; INFRACCIÓN: artº. 142.8, artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 201 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte de puertas de madera, en vehículo ligero, careciendo de la correspondiente tarjeta de transporte, presenta solicitud del Cabildo Insular de Fuerteventura de fecha 17 de mayo de 2005; siempre que la misma se hubiese solicitado, acreditando el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su otorgamiento.

12) TITULAR: Colegas, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30547/O/06; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-1140-BZ; INFRACCIÓN: artº. 142.8, artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 201 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte de mercancías, desde Arrecife hasta Playa Blanca, en vehículo pesado, transportando un cargamento de comestibles (fruta y congelados) careciendo de la autorización administrativa correspondiente siempre que la misma se hubiese solicitado, acreditando el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su otorgamiento -solicita rehabilitación de la mpc caducada desde el mes de julio de 2005 en el Cabildo de Gran Canaria el 28 de julio de 2006, autorizada el 1 de septiembre de 2006-.

13) TITULAR: Maxorata Recreativa, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30584/I/06; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: 4903-CWS; INFRACCIÓN: artº. 141.10, artº. 33.3 y 4 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artº. 19 ROTT; CUANTÍA: 1.501 euros; HECHO INFRACTOR: obstrucción a la labor inspectora al no facilitar a la inspección la documentación requerida -mediante requerimiento notificado al conductor D. Clemente José García García el día 15 de junio de 2006 que recoge y firma y se adjunta a esta incoación-.

14) TITULAR: Colegas, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30604/O/06; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-1140-BZ; INFRACCIÓN: artº. 141.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artº. 1, O. FOM 399/2002, de 20.12 (B.O.E. de 9.1.03); CUANTÍA: 1.001 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte de mercancías, desde Arrecife hasta Playa Blanca, en vehículo pesado, transportando un cargamento de congelados y frutas, con un vehículo conducido por un conductor de un país tercero (no de la U.E.), careciendo del correspondiente certificado.

15) TITULAR: Galacanaria, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30732/I/06; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: 8698-CWB; INFRACCIÓN: artº. 140.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); CUANTÍA: 3.691 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías -botellas de vino-, en vehículo ligero, con exceso de peso (4.500 kg; 28,57%, siendo el p.m.a. de 3.500 kg).

16) TITULAR: Cororasa Servicios, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30521/O/06; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-1306-CC; INFRACCIÓN: artº. 141.24.8 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artº. 34.8 del Real Decreto 2.115/1998, de 2.10 (B.O.E. de 16.10); Capítulo 8.1.5.c) ADR 2005; CUANTÍA: 1.001 euros; HECHO INFRACTOR: circular transportando 29.350 kg de un-3257, líquido transportado a temperatura elevada N.E.P. (betún asfáltico), 9, Ge Iii, desde el Puerto de los Mármoles hasta La Caleta, careciendo del equipo o material indicado en la ficha de seguridad. Carece de aparato de respiración autónomo, indicado en las instrucciones escritas o ficha de seguridad por el conductor.

17) TITULAR: Antonio Brito Santos, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30726/I/06; POBLACIÓN: Telde (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-5074-AW; INFRACCIÓN: artº. 142.2 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); CUANTÍA: 381 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado de mercancías -frutas y verduras- en vehículo pesado, con exceso de peso (10.550 kg; 14,67%, siendo el p.m.a. de 9.200 kg).

18) TITULAR: Direct Group of Companies, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30505/O/06; POBLACIÓN: Mijas (Málaga); MATRÍCULA: 4862-CXK; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.9, artículos 47 y 90 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 109 ROTT; CUANTÍA: 1.501 euros; HECHO INFRACTOR: circular furgón transportando material para instalar aires acondicionados, en vehículo ligero, desde Playa Honda hasta Tinajo. Carece de tarjeta de transporte. El conductor no presenta relación laboral con el titular del vehículo. Transporta material para aire acondicionado (5 cajas para aislar; herramienta, escaleras, etc.).

19) TITULAR: Gueye Abdou; Nº EXPTE.: GC/30057/O/2006; POBLACIÓN: Sevilla (Sevilla); MATRÍCULA: SE-8937-CJ; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte de mercancías desde Teguise hasta Playa Blanca transportando un cargamento de efectos para la venta en el mercadillo careciendo de la autorización administrativa correspondiente.

Arrecife, a 1 de diciembre de 2006.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.

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