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BOC Nº 005. Lunes 8 de Enero de 2007 - 84

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

84 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 26 de diciembre de 2006, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Dña. Reyes Peña Delgado, de la Resolución recaída en el expediente de I.M. 61/02.

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No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. Reyes Peña Delgado, de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 3085, de fecha 10 de noviembre de 2006, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Reyes Peña Delgado, la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 3085, de fecha 10 de noviembre de 2006, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, por infracción a la ordenación territorial, con referencia I.M. 61/02, y cuyo texto es el siguiente:

"Vistas las actuaciones administrativas realizadas e informes emitidos y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- En el lugar denominado Charco del Palo, del término municipal de Haría-Lanzarote se han realizado obras de amurallamiento, ubicadas en suelo clasificado como rústico de protección territorial, sin la preceptiva calificación territorial y demás títulos habilitantes, exigibles conforme a lo dispuesto en los artículos 27 y 170 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, de las que resulta ser presunta responsable en calidad de promotora Dña. Reyes Peña Delgado.

Segundo.- Mediante Resolución nº 736, de fecha 10 de abril de 2002, del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de esta Agencia, resuelve incoar procedimiento sancionador.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

El Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural es competente para dictar la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 190 y 229 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en relación con el artículo 19 del Decreto 189/2001, de 15 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

II

En virtud de lo expuesto en el artículo 191 del TRLOTC la potestad sancionadora se ejercerá observando el procedimiento establecido al efecto por la legislación general del procedimiento administrativo común, si bien el plazo máximo para dicha resolución definitiva será de 6 meses desde su incoación. En el caso que nos ocupa, el procedimiento se incoó con fecha 10 de abril de 2002 por tanto, han transcurrido ampliamente los plazos legalmente establecidos y procede declarar la caducidad del mismo.

Visto, el expediente administrativo, informes emitidos, disposiciones citadas y demás normas de general y concordante aplicación, y, habiéndose observado todas las prescripciones legales. En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento sancionador incoado el día 10 de abril de 2002 a Dña. Reyes Peña Delgado por la realización de obras de amurallamiento.

Segundo.- Notificar la presente Resolución a cuantos interesados aparezcan en el expediente, así como al Ayuntamiento de Haría.

Contra el presente acto que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de diciembre de 2006.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.

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