Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 014. Viernes 19 de Enero de 2007 - 193

IV. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

193 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 8 de enero de 2007, de la Directora, relativo a notificación de Resolución de intereses de demora derivados del reintegro parcial de la subvención concedida a la entidad Panadería Isidro y Felipe, S.L.L.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución de intereses de demora en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Panadería Isidro y Felipe, S.L.L., de la Resolución nº 06-38/3114, de fecha 21 de noviembre de 2006, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución por la que se procede a la liquidación de intereses de demora derivados de reintegro parcial de la subvención concedida a la entidad Panadería Isidro y Felipe, S.L.L.

Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de D. Pantaleón Rufo Largo Arenas, en calidad de Administrador único y en representación de la entidad Panadería Isidro y Felipe, S.L.L., con C.I.F. nº B38685798, y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 02-38/7949, de fecha 23 de diciembre de 2002, se concedió una subvención a la entidad Panadería Isidro y Felipe, S.L.L., por importe de quince mil veinticinco euros con treinta céntimos (15.025,30 euros), para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, de las previstas en el programa "Desarrollo de la Economía Social", de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Órdenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99), de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), que fue abonada al beneficiario en fecha 10 de enero de 2003.

Segundo.- Que la entidad beneficiaria presentó escrito en fecha 29 de junio de 2004, registro de entrada nº 487451, comunicando que procedió al reintegro voluntario por importe de mil setecientos cincuenta y dos euros con noventa y cinco céntimos (1.752,95 euros), correspondiente a uno de los socios trabajadores subvencionados que causó baja el 24 de diciembre de 2003, lo que queda acreditado a la vista del oportuno Mandamiento de Ingreso (número de operación 2004 01 61 0012282).

Tercero.- Visto el informe favorable emitido por la Intervención Delegada en el Servicio Canario de Empleo.

A estos antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es competente para conocer y resolver la presente Resolución de cuantificación de intereses de demora derivados de reintegro de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. nº 80, de 28.4.03).

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18.11.03) procede la exigencia de los intereses de demora en los términos establecidos en el artículo 38 de la citada Ley.

Tercero.- El cálculo de la cantidad que se reclama en concepto de intereses de demora, se ha hecho conforme a lo establecido en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, modificado por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo (B.O.E. nº 74, de 28.3.95).

Cuarto.- El tipo de interés aplicado para el cálculo es el interés legal del dinero incrementado en un 25% establecido, para cada año, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, según lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18.11.03).

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar la obligación de la entidad Panadería Isidro y Felipe, S.L.L., con C.I.F. nº B38685798, de reintegrar la cantidad de ciento ocho euros con treinta y tres céntimos (108,33 euros), en concepto de intereses de demora devengados desde la fecha de abono de la subvención hasta la fecha del ingreso voluntario, calculados de acuerdo con los datos señalados en la siguiente tabla:

Ver anexos - página 1155

egundo.- Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso, que deberá ser notificado a este Organismo, en la cuenta nº 2065/0118/81/1114001822 de la Caja General de Ahorros de Canarias, a nombre del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de quince (15) días, a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, con indicación expresa del número del expediente administrativo en el justificante de ingreso.

De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva incrementado con el recargo de apremio.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que contra la misma, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente, se podrá interponer, indistinta pero no simultáneamente, recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa ante la Directora del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la notificación de la presente Resolución, según los artículos 222 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (B.O.E. de 18.12.03). En el caso de interponer la reclamación económico-administrativa, se dará traslado con el expediente al Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias para su resolución, de conformidad con lo preceptuado en la Disposición Decimotercera de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de Canarias.- La Directora del Servicio Canario de Empleo, Soledad Monzón Cabrera, propuesto por el Subdirector de Promoción de la Economía Social, David Carlos Gómez Prieto."

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de enero de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

© Gobierno de Canarias