Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 032. Martes 13 de Febrero de 2007 - 204

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

204 - DECRETO 9/2007, de 5 de febrero, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución del proyecto denominado "Acondicionamiento de la carretera C-821. Tramo: Orotava-Aguamansa. Subtramo p.k. 8,300 al 10,250. Plan Mejora de la Red Viaria".

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente administrativo instruido por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda para declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución del proyecto denominado "Acondicionamiento de la carretera C-821. Tramo: Orotava-Aguamansa. Subtramo p.k. 8,300 al 10,250. Plan de Mejora de la Red Viaria", y teniendo en cuenta que se acreditan los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, que se contraen a:

1º) La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación forzosa, que resulta implícita en la aprobación del proyecto de referencia por el Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, el 14 de agosto de 2006, a tenor de lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley Territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.

2º) La urgencia, que se basa en la necesidad de ejecutar cuanto antes las obras contempladas en el citado proyecto, para dar solución a los graves problemas de seguridad vial que padece dicho tramo por su bajo nivel de servicio, que deriva de las siguientes causas:

El estado del firme es deficiente, encontrándose degradado y necesitado de refuerzo y/o reparación, con presencia de grietas, ondulaciones y baches. El trazado del citado tramo es sinuoso, con pendientes del 6% al 8% y con numerosas curvas de pequeño radio. Su plataforma es escasa, con una anchura media de menos de seis metros y la señalización vertical y horizontal precisa de ampliación y actualización. Asimismo, el tramo carece de cunetas y de alumbrado en casi toda la longitud de la vía, agravándose todo ello con la presencia de árboles muy próximos a los bordes de la carretera. El drenaje transversal es insuficiente y el mantenimiento del existente no ha sido el adecuado. Incidiendo todo ello negativamente en la seguridad de los usuarios de la vía. Al propio tiempo, existen numerosos accesos y cruces de caminos que carecen de las condiciones mínimas exigibles, así como múltiples accesos directos de vehículos y personas a edificios y fincas situados en los bordes de la carretera o próximos a ella. Además, el aparcamiento anárquico de vehículos junto a los bordes de la carretera genera situaciones de peligro por maniobras inadecuadas e invasiones de calzada en zonas sin visibilidad. Finalmente, el tránsito intenso de peatones en ambos márgenes de la carretera, sin que se disponga de los espacios adecuados para ello, comporta un gran peligro para su integridad física y la seguridad vial.

3º) Se ha tramitado expediente de información pública, según lo establecido en el artículo 18 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, publicándose anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 188, de 26 de septiembre de 2006, en cuatro diarios de la provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la Villa de La Orotava; habiéndose presentado alegaciones sobre las que la Secretaria General Técnica de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda dictó Resolución de 13 de diciembre de 2006, por la que fueron estimadas las que versaban sobre errores padecidos en la titularidad de las fincas que acreditaron lo alegado, y desestimadas las demás.

Vistos los artículos 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes del Reglamento para su desarrollo, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, a propuesta del Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 5 de febrero de 2007,

D I S P O N G O:

1.- Declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución del proyecto denominado "Acondicionamiento de la carretera C-821. Tramo: Orotava-Aguamansa. Subtramo p.k. 8,300 al 10,250. Plan de Mejora de la Red Viaria", aprobado por la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda el 14 de agosto de 2006.

Los bienes y derechos cuya urgente ocupación se declara, quedan descritos en forma individualizada, con indicación de sus titulares en el anexo del presente Decreto.

2.- Los interesados podrán formular ante la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, y hasta el momento del levantamiento de las correspondientes actas previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes y derechos afectados.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de febrero de 2007.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS,

TRANSPORTES Y VIVIENDA,

Antonio Ángel Castro Cordobez.

Ver anexos - páginas 3079-3081

© Gobierno de Canarias